D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20220927-12)
Convenio –  Convenio de 12 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación para la Prevención Reinserción y Atención de la Mujer Prostituida (APRAMP), para el desarrollo del programa de acompañamiento en los Centros de Atención Primaria
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 230

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Sanidad
12

CONVENIO de 12 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación
para la Prevención Reinserción y Atención de la Mujer Prostituida (APRAMP),
para el desarrollo del programa de acompañamiento en los Centros de Atención
Primaria.
REUNIDOS

De una parte, D. Enrique Ruiz Escudero, Consejero de Sanidad, nombrado mediante
el Decreto 49/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en ejercicio de sus competencias y en representación de la Consejería de Sanidad conforme a los artículos 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación de la Normativa
de la Comunidad de Madrid a la Ley estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de
junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Antonio Zapatero Gaviria, Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y
Salud Pública, nombrado mediante el Decreto 170/2021, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno, y Director General de Asistencia Sanitaria, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en virtud de las competencias que les otorga el artículo 4.3.b) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, y el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de
abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud, en redacción dada por la disposición final primera del Decreto 66/2022,
de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
De conformidad, asimismo, con el Acuerdo de 9 de mayo de 2008, del Consejo de
Administración del Servicio Madrileño de Salud, por el que se delegan en el titular de la
Viceconsejería de Asistencia Sanitaria determinadas competencias, ratificado en su reunión
de 17 de junio de 2020.
Y, de otra parte, D.a María del Rocío Nieto Rubio, en nombre y representación de la
Asociación para la Prevención, Reinserción y Atención de la Mujer Prostituida (en adelante APRAMP), con NIF G-7914082 y domicilio social en la plaza del Ángel, número 14, 1.o
izquierda, 28012 Madrid, en calidad de presidenta y en virtud de las facultades que le otorga el artículo 10 de sus estatutos.
Las partes intervienen en nombre y representación de las entidades señaladas y se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio,
MANIFIESTAN

El artículo 2.3.l) de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la
Comunidad de Madrid, recoge entre sus principios rectores la humanización de la organización sanitaria.
Segundo
Según lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 1/2022, de 19 de enero, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, corresponde al Consejero de Sanidad la propuesta, el desarrollo, la coordinación y el control de
la ejecución de las políticas del gobierno de la Comunidad de Madrid, entre otras, en humanización sanitaria. Asimismo, le corresponden las atribuciones que, como jefe de su Depar-

BOCM-20220927-12

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