C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220927-8)
Convenio colectivo –  Resolución de 9 de septiembre de 2022, de la Dirección General de trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial 2021 del convenio colectivo del Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra (personal laboral), suscrito por la Comisión Negociadora (código número 28011402012001)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 230

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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RESOLUCIÓN de 9 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo
de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y
publicación de la revisión salarial 2021 del convenio colectivo del Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra (personal laboral), suscrito por la Comisión Negociadora (código número 28011402012001).

Examinado el Acta de la Revisión Salarial 2021 del convenio colectivo del Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra (personal laboral), suscrito por la Comisión Negociadora el día 21 de junio de 2021, completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del
Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos,
Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de Igualdad, y de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto; en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de
octubre, y con el artículo 1 del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de
la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 28.1.h) del Decreto 234/2021, de 10 de
noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Dirección General
RESUELVE

BOCM-20220927-8

1. Inscribir dicha revisión salarial del convenio colectivo en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de Igualdad de esta Dirección y
proceder al correspondiente depósito en este Organismo.
2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Empleo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de
Madrid, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en
el plazo de un mes, y contándose desde el día siguiente de esta notificación, prorrogándose
al primer día hábil siguiente cuando el último sea inhábil.
Madrid, a 9 de septiembre de 2022.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina
Parra Rudilla.