San Martín de Valdeiglesias (BOCM-20220926-49)
Organización y funcionamiento. Delegación de funciones
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 229

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE SEPTIEMBRE DE 2022

Pág. 223

BOCM-20220926-49

Por todo lo expuesto, en ejercicio de las facultades que me conceden las normas en vigor, dispongo:
Primero.—Avocar las competencias delegadas a favor de la concejala Esther Blázquez
González mediante el Decreto referido durante su período de ausencia.
Segundo.—Esta resolución será efectiva desde el día de su firma y será hecha pública
mediante la inserción de un edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
en cumplimiento de lo que disponen los artículos 44 y 46 del Real Decreto 2568/1986.
Tercero.—De esta resolución se dará cuenta al Pleno de la Corporación en la primera
sesión que celebre.
Cuarto.—Notificar la presente resolución a los interesados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, en relación con el artículo 194 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, haciendo saber que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases de Régimen Local, pone fin a la vía administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, puede ser recurrida, potestativamente, en reposición o impugnada, directamente, ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, en su caso, se interpondrá ante el órgano que ha dictado la
resolución en el plazo de un mes a partir del día siguiente al del recibo de la presente notificación, y se entenderá desestimado si, transcurrido otro mes desde su interposición, no hubiera recibido notificación de la resolución del mismo.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante lo anterior, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, no se
podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que el recurso de reposición
sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo
San Martín de Valdeiglesias, a 14 de septiembre de 2022.—La alcaldesa, Mercedes
Zarzalejo Carbajo.
(03/17.976/22)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791