San Sebastián de los Reyes (BOCM-20220926-50)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

LUNES 26 DE SEPTIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 229

Este supuesto práctico o proyecto profesional, tendrá una puntuación entre 0 a 10
puntos, siendo necesario un mínimo de 5 puntos para superarlo. La puntuación final de cada aspirante en esta prueba será igual al cociente resultante de dividir el
total de la suma de las calificaciones emitidas por cada miembro del órgano de selección entre el número de miembros de este.
7.2.3. Calificación final de la fase de oposición: La calificación final de la fase de
oposición será la suma de las calificaciones obtenidas en las pruebas de naturaleza puntuable (2), quedando eliminadas las personas aspirantes que no hayan superado cada una de las
tres pruebas.
7.2.4. Sistema de determinación de personas aprobadas de la fase concurso-oposición:
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación final de la fase de
oposición. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de
oposición.
Octava. Calificación definitiva de la fase de concurso-oposición y orden de colocación
de los/as aspirantes
La calificación definitiva estará determinada por la calificación de la fase de oposición, más la puntuación obtenida en la fase de concurso.
El orden de colocación de los/as aspirantes en la lista definitiva de personas aprobadas
se establecerán de mayor a menor puntuación.
En caso de empate este se dirimirá atendiendo a la mejor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la fase de oposición referido al temario que figura como Anexo II a las presentes bases, después en la mejor puntuación obtenida en el tercer ejercicio de la fase de
oposición (Supuesto práctico o proyecto profesional.), posteriormente la mejor puntuación
en la fase de concurso. En caso de persistir el empate, se resolverá por orden alfabético del
primer apellido de las personas aspirantes empatadas, conforme a la letra que determine el
sorteo anual realizado por la Secretaría General para la Administración Pública vigente en
la fecha límite de la presentación de las solicitudes.
Novena. Lista de personas aprobadas y propuesta del Órgano de Selección
9.1. Publicación de la lista de personas aprobadas. Finalizado la fase de concurso
oposición, el órgano de selección publicará la relación de personas aprobadas, por el orden
de puntuación alcanzado, así como con las notas parciales de todas y cada una de las fases
del proceso selectivo, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de San Sebastián de los
Reyes y la web municipal.
El órgano de selección no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
No obstante lo anterior, siempre que el órgano de selección haya propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas y con el fin de asegurar
la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de personas aspirantes seleccionadas o cuando de la documentación aportada por aspirantes se deduzca que no cumplen
los requisitos exigidos, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano de selección podrá aprobar la relación complementaria de personas aspirantes que sigan a las propuestas para su posible nombramiento como funcionarias o funcionarios en prácticas.
Décima. Presentación de documentos y contratación
10.1. Documentación. El/la aspirante propuesto/a presentará en el Registro del
Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes los siguientes documentos acreditativos de
que posee las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria:
a) Fotocopia compulsada del DNI o autorización para la consulta de plataforma SVD.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sufrido separación mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por
resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionariado en el que hubiese producido la separación o inhabilitación.

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