San Sebastián de los Reyes (BOCM-20220926-50)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 229
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE SEPTIEMBRE DE 2022
La acreditación de los méritos correspondientes a los diferentes apartados deberá
hacerse mediante la presentación de la siguiente documentación:
— Carrera profesional: certificación de servicios prestados en la Administración
correspondiente, en la que conste la naturaleza del vínculo, categoría que se
ostente, denominación del puesto o puestos, grupo de titulación y nivel del
puesto o puestos, y fecha de toma de posesión como funcionaria o funcionario de carrera en cada categoría. Asimismo, certificación de distinciones personales.
— Formación y perfeccionamiento de interés policial. Formación policial, como
docente: Certificaciones, títulos o diplomas expedidos por el centro u organismos que impartieron los cursos, con indicación del número de horas de duración, así como la materia o contenido de estos, y la modalidad de realización (presencial/on line).
— Titulaciones oficiales: títulos oficiales expedidos u homologados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes o resguardo acreditativo de haber
abonado los derechos de expedición del correspondiente título.
— Títulos oficiales que acrediten estar en posesión de conocimientos de idiomas
extranjeros: Certificaciones, títulos o diplomas expedidos por el centro u organismos que impartieron los cursos, con indicación del número de horas de duración y si en los mismos se realizaron pruebas de evaluación, así como la materia o contenido de estos, y la modalidad de realización (presencial/on line).
7.2. Calificación de la fase de oposición.
7.2.1. Normas generales: Las pruebas serán eliminatorias y calificables hasta un
máximo de 10 puntos, salvo el reconocimiento médico que se calificarán como “apta/o” o
“no apta/o”.
El Órgano de Selección queda facultado, antes de la identificación de las personas aspirantes, para la determinación del nivel mínimo exigido como nota de corte para la obtención de la calificación mínima y de “apta/o”, de conformidad con el sistema de valoración
que se adopte en cada prueba. De este modo, las personas aspirantes que no alcancen el nivel mínimo exigido para la obtención de la calificación a superar en cada una de las pruebas calificables, o de “apta/o” en las no calificables, serán eliminadas.
Todas las calificaciones de los ejercicios deberán ser redondeadas al valor del segundo decimal.
7.2.2. Calificación de las pruebas. Las diferentes pruebas de la fase de oposición serán calificadas de la siguiente forma:
— Primera prueba: Prueba de conocimientos.
Cuestionario de 90 preguntas del temario que figura como Anexo II de las presentes bases. El sistema de valoración de ejercicio es el siguiente: Se calificará de 0
a 10 puntos, valorando positivamente cada pregunta contestada correctamente, las
preguntas no contestadas o nulas no tendrán valor y las contestadas de manera
errónea se penalizarán con el descuento equivalente a un tercio del valor de la respuesta correcta. Se considerará superada esta primera prueba siempre que el resultado “ejercicio de conocimientos”, suponga haber obtenido un mínimo de 5 puntos para poder realizar la siguiente prueba.
— Segunda prueba: Reconocimiento médico.
Para la valoración del reconocimiento médico se requerirán los servicios de personal especializado que emitirá su informe con arreglo a las condiciones de la convocatoria. A la vista de dicho informe el órgano de selección resolverá.
El reconocimiento médico se calificará como “apta/o” o “no apta/o”.
— Tercera prueba: Supuesto práctico o proyecto profesional.
Consistirá en la presentación y defensa por los/as aspirantes de un supuesto práctico o proyecto profesional, relacionado con las funciones a desarrollar por los/as
Inspectores/as de la Policía Local de San Sebastián de los Reyes, dicha Memoria
deberá ser presentada por escrito y defendida oralmente ante el tribunal calificador, según establece el artículo 55.1 del Decreto 210/2021, de 15 de septiembre,
por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, pudiendo el órgano de selección efectuar las preguntas que consideren oportunas para comprobar el nivel de conocimientos y tener así la posibilidad de efectuar una valoración óptima del supuesto.
Pág. 231
BOCM-20220926-50
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE SEPTIEMBRE DE 2022
La acreditación de los méritos correspondientes a los diferentes apartados deberá
hacerse mediante la presentación de la siguiente documentación:
— Carrera profesional: certificación de servicios prestados en la Administración
correspondiente, en la que conste la naturaleza del vínculo, categoría que se
ostente, denominación del puesto o puestos, grupo de titulación y nivel del
puesto o puestos, y fecha de toma de posesión como funcionaria o funcionario de carrera en cada categoría. Asimismo, certificación de distinciones personales.
— Formación y perfeccionamiento de interés policial. Formación policial, como
docente: Certificaciones, títulos o diplomas expedidos por el centro u organismos que impartieron los cursos, con indicación del número de horas de duración, así como la materia o contenido de estos, y la modalidad de realización (presencial/on line).
— Titulaciones oficiales: títulos oficiales expedidos u homologados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes o resguardo acreditativo de haber
abonado los derechos de expedición del correspondiente título.
— Títulos oficiales que acrediten estar en posesión de conocimientos de idiomas
extranjeros: Certificaciones, títulos o diplomas expedidos por el centro u organismos que impartieron los cursos, con indicación del número de horas de duración y si en los mismos se realizaron pruebas de evaluación, así como la materia o contenido de estos, y la modalidad de realización (presencial/on line).
7.2. Calificación de la fase de oposición.
7.2.1. Normas generales: Las pruebas serán eliminatorias y calificables hasta un
máximo de 10 puntos, salvo el reconocimiento médico que se calificarán como “apta/o” o
“no apta/o”.
El Órgano de Selección queda facultado, antes de la identificación de las personas aspirantes, para la determinación del nivel mínimo exigido como nota de corte para la obtención de la calificación mínima y de “apta/o”, de conformidad con el sistema de valoración
que se adopte en cada prueba. De este modo, las personas aspirantes que no alcancen el nivel mínimo exigido para la obtención de la calificación a superar en cada una de las pruebas calificables, o de “apta/o” en las no calificables, serán eliminadas.
Todas las calificaciones de los ejercicios deberán ser redondeadas al valor del segundo decimal.
7.2.2. Calificación de las pruebas. Las diferentes pruebas de la fase de oposición serán calificadas de la siguiente forma:
— Primera prueba: Prueba de conocimientos.
Cuestionario de 90 preguntas del temario que figura como Anexo II de las presentes bases. El sistema de valoración de ejercicio es el siguiente: Se calificará de 0
a 10 puntos, valorando positivamente cada pregunta contestada correctamente, las
preguntas no contestadas o nulas no tendrán valor y las contestadas de manera
errónea se penalizarán con el descuento equivalente a un tercio del valor de la respuesta correcta. Se considerará superada esta primera prueba siempre que el resultado “ejercicio de conocimientos”, suponga haber obtenido un mínimo de 5 puntos para poder realizar la siguiente prueba.
— Segunda prueba: Reconocimiento médico.
Para la valoración del reconocimiento médico se requerirán los servicios de personal especializado que emitirá su informe con arreglo a las condiciones de la convocatoria. A la vista de dicho informe el órgano de selección resolverá.
El reconocimiento médico se calificará como “apta/o” o “no apta/o”.
— Tercera prueba: Supuesto práctico o proyecto profesional.
Consistirá en la presentación y defensa por los/as aspirantes de un supuesto práctico o proyecto profesional, relacionado con las funciones a desarrollar por los/as
Inspectores/as de la Policía Local de San Sebastián de los Reyes, dicha Memoria
deberá ser presentada por escrito y defendida oralmente ante el tribunal calificador, según establece el artículo 55.1 del Decreto 210/2021, de 15 de septiembre,
por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, pudiendo el órgano de selección efectuar las preguntas que consideren oportunas para comprobar el nivel de conocimientos y tener así la posibilidad de efectuar una valoración óptima del supuesto.
Pág. 231
BOCM-20220926-50
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