San Sebastián de los Reyes (BOCM-20220926-50)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 229

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE SEPTIEMBRE DE 2022

Pág. 229

Las mujeres embarazadas que prevean que, por las circunstancias derivadas de su
avanzado estado de gestación y previsión de parto, o eventualmente primeros días
del puerperio, su coincidencia con las fechas de realización de cualquiera de los
exámenes o pruebas previstos en el proceso selectivo podrán ponerlo en conocimiento del Tribunal, uniendo a la comunicación el correspondiente informe médico oficial. La comunicación deberá realizarse con el tiempo suficiente y el tribunal determinará con base en la información de que disponga, si procede o no
realizar la prueba en un lugar alternativo o bien un aplazamiento de la prueba, o
bien ambas medidas conjuntamente.
Realización consecutiva de los ejercicios:
El tribunal podrá acordar en función del número de aspirantes u otras circunstancias
debidamente motivadas y en aras de la agilización del proceso selectivo, la realización los
ejercicios segundo y tercero de forma consecutiva en el mismo día sin pausa entre ellos.
El tribunal corregirá en primer lugar el segundo ejercicio con los criterios establecidos
anteriormente y solo corregirá el tercer ejercicio de las personas aspirantes que hayan superado el segundo ejercicio.
6.1.3. Curso selectivo de formación: Será requisito indispensable para todas las personas aspirantes superar el Curso específico en el Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid, con una carga lectiva de 300 horas o su equivalente en créditos ECTS.
Séptima. Calificación del proceso selectivo
7.1. Calificación de la fase del concurso. La fase de concurso consistirá en la calificación de los siguientes méritos alegados y acreditados documentalmente por las y los aspirantes, y que se posean antes de la finalización del plazo de admisión de instancias.
Solo podrán ser valorados los méritos de los aspirantes que hayan superado las pruebas de oposición, obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias de la correspondiente convocatoria, y sean acreditados documentalmente.
En el concurso puntuarán los siguientes méritos.
a) Carrera profesional, con una puntuación máxima de 5 puntos:
1.o Servicios prestados, con una puntuación máxima de 4 puntos:
— En la categoría inmediata inferior a la que se promocione: 0,20 puntos
por año o fracción superior a 6 meses.
— En las demás categorías inferiores, de manera gradual, en cada una de
ellas, con una puntuación decreciente en 0,05 puntos respecto a la prevista en el párrafo anterior.
d Por cada año, o fracción superior a seis meses, de servicios prestados
en el Cuerpo de Policía Local en la categoría de Subinspector/Sargento, se otorgará la puntuación de 0,20 puntos.
d Por cada año, o fracción superior a seis meses, de servicios prestados
en el Cuerpo de Policía Local en la categoría de Oficial/Cabo, se otorgará la puntuación de 0,15 puntos.
d Por cada año, o fracción superior a seis meses, de servicios prestados
en el Cuerpo de Policía Local en la categoría de Policía, se otorgará la
puntuación de 0,10 puntos.

— Medalla al Mérito de la Policía Local otorgada por la Comunidad de
Madrid: 0,30 puntos.
— Condecoración otorgada por cualquier otra administración, organismo o
institución de carácter público: 0,25 puntos.
— Felicitación individualizada del Pleno del ayuntamiento: 0,20 puntos.
— Felicitación individualizada del alcalde, concejal de seguridad o de la
Junta de Gobierno Local: 0,10 puntos.
— Felicitación individualizada de otras administraciones, organismos o instituciones de carácter público: 0,10 puntos.

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2.o Reconocimientos y condecoraciones policiales, con una puntuación máxima
de 1 punto: