C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20220923-13)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 2758/2022, de 15 de septiembre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se modifica el Plan Estratégico de subvenciones de carácter nominativo a favor de distintas fundaciones en el ámbito de la investigación y la innovación tecnológica para los ejercicios 2022, 2023 y 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 227

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE SEPTIEMBRE DE 2022

Pág. 53

ANEXO
1. Ámbito normativo
— Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, (“Boletín
Oficial del Estado” número 131, de 2 de junio de 2011).
— Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 117,
de 19 de mayo de 1998, “Boletín Oficial del Estado” número 194, de 14 de agosto de 1998.
— Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
— Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía.
— Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades.
2. Objetivos estratégicos que se pretende alcanzar con la ejecución del plan
La finalidad de estas líneas de subvención es permitir el desarrollo de actividades específicas de seis fundaciones imbricadas en el sistema madrileño de ciencia, tecnología e
innovación:
— Fundación Severo Ochoa.
— Fundación Universidad Empresa.
— Fundación Residencia de Estudiantes.
— Fundación COTEC para la Innovación.
— Fundación Margarita Salas.
— Fundación Parque Científico de Madrid.
3. Costes presupuestarios previsibles
El gasto destinado a estas ayudas se financiará con cargo al crédito presupuestario del
programa 466A “Investigación” de la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, por un importe total de 495.000,00 euros.
Se prevé que ese mismo importe se destine en cada uno de los ejercicios 2023 y 2024
para atender estas subvenciones nominativas, que dependerá en todo caso, de lo que establezca la normativa presupuestaria de estos ejercicios.
4. Fuentes de financiación

5. Plazo de ejecución
Las distintas actividades objeto de subvención se ejecutarán durante el ejercicio 2022,
así como para las siguientes anualidades 2023 y 2024.
6. Indicadores
Se establecen indicadores específicos para comprobar el grado de ejecución de los objetivos de estas líneas de subvención. Los indicadores establecidos se encuentran identifi-

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La financiación del desarrollo de las distintas actividades específicas objeto de subvención correrá a cargo del crédito que a tal efecto figure en el programa 466A “Investigación” (subconceptos 48102, 48123, 48140, 48146 y 48148) del Presupuesto de Gastos de
la Comunidad de Madrid para 2022, y se distribuirá del modo siguiente:
— Fundación Severo Ochoa. Subconcepto: 48123. Importe: 50.000,00 euros.
— Fundación Universidad Empresa. Subconcepto: 48140. Importe: 180.000,00 euros.
— Fundación Residencia de Estudiantes. Subconcepto: 48148. Importe: 20.000,00 euros.
— Fundación COTEC para la Innovación. Subconcepto: 48146. Importe: 60.000,00
euros.
— Fundación Margarita Salas. Subconcepto: 48102. Importe: 25.000,00 euros.
— Fundación Parque Científico de Madrid. Subconcepto: 48102. Importe: 160.000,00
euros.