D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220923-17)
Convenio –  Convenio de 7 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y Cruz Roja Española, para la protección a la familia y atención a la pobreza infantil 2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 227

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE SEPTIEMBRE DE 2022

Pág. 65

tud y Política Social, la Intervención General de la Comunidad de Madrid, la Cámara de
Cuentas u otros órganos competentes conforme a la legislación vigente aplicable en materia de subvenciones.
Cruz Roja Española se obliga a presentar declaración responsable del representante legal
de la entidad, como responsable de los tratamientos de datos personales desarrollados como
consecuencia del desarrollo de los programas del presente Convenio, por el que asuma
cumplir con las obligaciones jurídicas, técnicas y organizativas establecidas en el Reglamento General UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, por el que se deroga la directiva 95/46/CE,
(en adelante RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales.
En la publicidad que se realice en cualquier medio de comunicación social sobre las
actuaciones derivadas de estos programas, se hará constar expresamente que éstos se llevan
a cabo en virtud de la financiación establecida entre el Ministerio de Derechos Sociales y
Agenda 2030 y la Comunidad Autónoma de Madrid.
Quinta
Importe y abono de la subvención
La Comunidad de Madrid subvencionará los gastos previstos en el presente Convenio
por importe de 200.000,00 euros, con cargo al Programa 232E, subconcepto 48099, del vigente presupuesto de gastos de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la
Comunidad de Madrid, una vez distribuidos los créditos por parte de Consejo Territorial de
Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que se
destinan a la financiación de los planes o programas sociales, para el ejercicio 2022.
El pago se realizará tras la firma del convenio con carácter previo a la justificación del
gasto, mediante su ingreso en la cuenta y entidad bancaria que Cruz Roja Española designe a tal efecto. La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, ha autorizado la exención
de constituir garantías para efectuar el anticipo a cuenta conforme a lo establecido en el artículo 10, apartado 1.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Para la realización del pago de la subvención, Cruz Roja Española deberá presentar
certificados de estar al corriente de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social y el
certificado acreditativo de que dicha entidad no tiene deudas en período ejecutivo con la
Comunidad de Madrid, o que, si las tiene, éstas, están debidamente garantizadas. Estos certificados se solicitarán de oficio por el centro gestor.
No obstante, lo anterior, para la consulta de los datos tributarios del Estado será necesaria la autorización expresa del interesado
Sexta
Gastos y período subvencionable
— Proyectos dirigidos a paliar y mejorar la situación de vulnerabilidad social de las
familias, los destinados a cubrir las necesidades básicas de alimentación, higiene,
ropa, etc. y facilitar el acceso a otros servicios como los de salud, educación (material escolar, ayudas para comedor), vivienda (alquiler y mejora de las condiciones de habitabilidad de la vivienda, suministros, etc.) y de empleo, así como el
acompañamiento y trabajo social con las familias (proyectos tipo 1).
— Proyectos de apoyo a la conciliación familiar y laboral para familias en procesos
de inserción socio-laboral con hijos a cargo, los gastos de asistencia a escuelas infantiles, la atención de niños y niñas para cubrir necesidades puntuales de conciliación, los servicios de apoyo complementarios de los servicios normalizados
educativos u otros que garanticen el derecho de los niños y niñas a una atención y
desarrollo adecuados (proyectos tipo 2).
Los proyectos a que da amparo el presente convenio son de tipología 1 en el caso de
“Atención Urgente a las Necesidades Básicas”, y tipología 3 el proyecto de “Promoción del
éxito escolar con niños y niñas en dificultad social”.

BOCM-20220923-17

Los proyectos se enmarcarán en las siguientes tipologías: