C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN (BOCM-20220922-22)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 381/2022, de 13 de septiembre, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se modifica la Orden 54/2022, de 9 de marzo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Administración Local y Digitalización para los años 2022-2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 226

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2022

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Según el Real Decreto 990/2021, de 16 de noviembre, el objetivo a cumplir establecido para la Comunidad de Madrid es la ejecución de al menos 1.401 actuaciones, teniendo
como horizonte temporal para su consecución el cuarto trimestre de 2023.
El cumplimiento de esta exigencia se utilizará como indicador en el seguimiento y evaluación de la actuación.
I.8. Subvenciones dirigidas a Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid
con población inferior a 20.000 habitantes para financiar
la capacitación digital de sus ciudadanos
A) Área competencial y sectores a los que se dirige:
El artículo 134 de la Ley de Administración Local de la Comunidad de Madrid establece que la Comunidad de Madrid podrá otorgar subvenciones a las Entidades Locales en
los términos previstos en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
de Madrid.
El Decreto 198/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Digitalización. incluye, entre las competencias de la Dirección General de Política Digital:
— Apoyar a las Entidades Locales en todo lo referente a la modernización, innovación
y proceso de transformación digital, sin perjuicio de las competencias de otros centros directivos, impulsando el desarrollo de los servicios y gobierno digitales, fomentando el uso de plataformas comunes y la reutilización de activos digitales.
— La coordinación y ejecución de las políticas de impulso de la sociedad de la información, contribuyendo a la reducción de la brecha digital.
— Impulsar el diseño, coordinación, seguimiento y evaluación de programas de capacitación y certificación de competencias digitales como factor clave para el desarrollo socioeconómico y la empleabilidad, sin perjuicio de las competencias de
otras Consejerías.
B) Objetivos y efectos:
El objetivo de esta línea de subvenciones es financiar los gastos necesarios para el desarrollo de actividad de formación en el ámbito de las competencias digitales para los ciudadanos, para que los habitantes de pequeños municipios inferiores a 20.000 habitantes,
muchos de ellos, con un limitado presupuesto, no queden al margen del acceso al conocimiento necesario para el desempeño de la vida cotidiana en el entorno digital.
C) Plazo:
Sin perjuicio de que el presente Plan Estratégico tiene alcance para los años 2022 y 2023,
los objetivos de esta línea de subvenciones se plantean con carácter indefinido en el tiempo.
D) Costes previsibles y fuente de financiación:
El crédito propuesto para el año 2022 será de 1.000.000 euros. La financiación se realizará con cargo al programa presupuestario 928M, subconcepto 46309 “Corporaciones Locales”.
Por Orden de la Consejería de Administración Local y Digitalización se aprobará la
convocatoria.
Con esta línea de subvenciones se trata de conseguir un mayor equilibrio interterritorial, buscando igualar las posibilidades y los medios con que cuentan los vecinos de los
Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid más desfavorecidos financiando su acceso a la
capacitación digital.
El procedimiento ordinario de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante el cual la concesión de las subvenciones se realiza mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración previamente fijados en las
bases reguladoras y en la convocatoria, y adjudicar, con el límite fijado en la convocatoria
dentro del crédito disponible, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación
de los citados criterios
El órgano concedente será el Consejero de Administración Local y Digitalización
siendo el órgano instructor de los expedientes la Dirección General de Política Digital.

BOCM-20220922-22

E) Plan de acción: