C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN (BOCM-20220922-22)
Plan estratégico subvenciones – Orden 381/2022, de 13 de septiembre, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se modifica la Orden 54/2022, de 9 de marzo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Administración Local y Digitalización para los años 2022-2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 226
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 71
C) Plazo:
Sin perjuicio de que el presente Plan Estratégico tiene alcance para los años 2022 y 2023,
los objetivos de esta línea de subvenciones se plantean con carácter indefinido en el tiempo.
D) Costes previsibles y fuente de financiación:
La financiación se realizará con cargo al programa presupuestario 928M, subconcepto 79000, Modernización, dinamización y difusión tecnológica, procedentes del programa
UNICO-Industria y Empresas, financiado con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 12 de febrero de 2021, al estar incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
El crédito propuesto será de 7.342.500 euros, conforme a las siguientes anualidades
del citado MRR:
AÑO 2022
AÑO 2023
4.450.000 euros
2.892.500 euros
I.7. Subvenciones dirigidas a la mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones
en edificios, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
A) Área competencial y sectores a los que se dirige:
El Decreto 198/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Digitalización. incluye, entre las competencias de la Dirección General de Política Digital, favorecer la implantación de infraestructuras claves para el desarrollo digital de la Comunidad de Madrid y
garantizar la conectividad digital a ciudadanos.
BOCM-20220922-22
E) Plan de acción:
Estas subvenciones se regularán por las bases reguladoras vigentes en el momento de
su convocatoria.
La resolución del procedimiento corresponde al Consejero de Administración Local y
Digitalización. El órgano instructor será la Dirección General de Política Digital de la Consejería de Administración Local y Digitalización.
El procedimiento de concesión para las ayudas correspondientes a la línea de actuación subvencionable 1 y al supuesto previsto en el apartado i) de la línea de actuación subvencionable 2 será el de concurrencia competitiva, conforme a los principios de publicidad,
transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
En el caso de la línea 3, y en el supuesto previsto en el apartado ii) de la línea de actuación subvencionable 2, el procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia
no competitiva, mediante la concesión de las ayudas por riguroso orden de presentación de las
solicitudes hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado en la convocatoria correspondiente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 62.1 del Real Decreto-Ley 36/2020,
de 30 de diciembre, y tal y como establece el artículo 19.3 del Real Decreto 988/2021 de 16 de
noviembre.
Se considerará agotado el presupuesto cuando se efectúe el registro de la última solicitud de ayuda que totalice el importe asignado. En caso de que se agote el presupuesto asignado, y siempre que no hubiera expirado la vigencia del programa, podrán seguir registrándose solicitudes en lista de reserva provisional que serán atendidas por riguroso orden de
entrada, y estarán supeditadas a que se produzcan desestimaciones o revocaciones de las solicitudes de ayuda previas que pudieran liberar presupuesto, o bien se incorpore nuevo presupuesto a la convocatoria.
F) Seguimiento y evaluación:
Los indicadores que permitirán verificar el grado de cumplimiento de este Plan serán
el número de actuaciones subvencionadas y el grado de ejecución presupuestaria.
Según el Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, el objetivo a cumplir establecido para la Comunidad de Madrid es la ejecución de al menos 118 actuaciones, teniendo
como horizonte temporal para su consecución el cuarto trimestre de 2023.
El cumplimiento de esta exigencia se utilizará como indicador en el seguimiento y evaluación de la actuación.
B.O.C.M. Núm. 226
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 71
C) Plazo:
Sin perjuicio de que el presente Plan Estratégico tiene alcance para los años 2022 y 2023,
los objetivos de esta línea de subvenciones se plantean con carácter indefinido en el tiempo.
D) Costes previsibles y fuente de financiación:
La financiación se realizará con cargo al programa presupuestario 928M, subconcepto 79000, Modernización, dinamización y difusión tecnológica, procedentes del programa
UNICO-Industria y Empresas, financiado con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 12 de febrero de 2021, al estar incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
El crédito propuesto será de 7.342.500 euros, conforme a las siguientes anualidades
del citado MRR:
AÑO 2022
AÑO 2023
4.450.000 euros
2.892.500 euros
I.7. Subvenciones dirigidas a la mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones
en edificios, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
A) Área competencial y sectores a los que se dirige:
El Decreto 198/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Digitalización. incluye, entre las competencias de la Dirección General de Política Digital, favorecer la implantación de infraestructuras claves para el desarrollo digital de la Comunidad de Madrid y
garantizar la conectividad digital a ciudadanos.
BOCM-20220922-22
E) Plan de acción:
Estas subvenciones se regularán por las bases reguladoras vigentes en el momento de
su convocatoria.
La resolución del procedimiento corresponde al Consejero de Administración Local y
Digitalización. El órgano instructor será la Dirección General de Política Digital de la Consejería de Administración Local y Digitalización.
El procedimiento de concesión para las ayudas correspondientes a la línea de actuación subvencionable 1 y al supuesto previsto en el apartado i) de la línea de actuación subvencionable 2 será el de concurrencia competitiva, conforme a los principios de publicidad,
transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
En el caso de la línea 3, y en el supuesto previsto en el apartado ii) de la línea de actuación subvencionable 2, el procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia
no competitiva, mediante la concesión de las ayudas por riguroso orden de presentación de las
solicitudes hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado en la convocatoria correspondiente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 62.1 del Real Decreto-Ley 36/2020,
de 30 de diciembre, y tal y como establece el artículo 19.3 del Real Decreto 988/2021 de 16 de
noviembre.
Se considerará agotado el presupuesto cuando se efectúe el registro de la última solicitud de ayuda que totalice el importe asignado. En caso de que se agote el presupuesto asignado, y siempre que no hubiera expirado la vigencia del programa, podrán seguir registrándose solicitudes en lista de reserva provisional que serán atendidas por riguroso orden de
entrada, y estarán supeditadas a que se produzcan desestimaciones o revocaciones de las solicitudes de ayuda previas que pudieran liberar presupuesto, o bien se incorpore nuevo presupuesto a la convocatoria.
F) Seguimiento y evaluación:
Los indicadores que permitirán verificar el grado de cumplimiento de este Plan serán
el número de actuaciones subvencionadas y el grado de ejecución presupuestaria.
Según el Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, el objetivo a cumplir establecido para la Comunidad de Madrid es la ejecución de al menos 118 actuaciones, teniendo
como horizonte temporal para su consecución el cuarto trimestre de 2023.
El cumplimiento de esta exigencia se utilizará como indicador en el seguimiento y evaluación de la actuación.