Móstoles (BOCM-20220921-69)
Ofertas de empleo. Patronato Municipal de Escuelas Infantiles. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 225

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE SEPTIEMBRE DE 2022

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Solo se valorará la formación impartida por instituciones, organizaciones sindicales,
Federación Española de Municipios y Provincias, o su equivalencia autonómica, que hayan
formado parte de los planes de formación continua de las Administraciones Públicas, y de
Universidades o Colegios Profesionales, que se acrediten mediante título, certificado o diploma, hasta el máximo de puntuación que se establezca en las bases.
Se atenderá a la duración, contenido, al centro de impartición de la misma y al tipo de
certificación o titulación expedida, valorándose del siguiente modo:
— Para las plazas pertenecientes al Grupo A:
d Por haber realizado cursos de menos de 20 horas, 0,15 puntos por curso.
d Por haber realizado cursos de entre 20 horas y 100 horas, 0,30 puntos por curso.
d Por haber realizado cursos de entre 101 a 300 horas, 0,60 puntos por curso.
d Por haber realizado cursos de más de 300 horas, 1 punto por curso.
— Para las plazas pertenecientes al Grupo C:
d Por haber realizado cursos de menos de 20 horas, 0,30 puntos por curso.
d Por haber realizado cursos de entre 20 horas y 50 horas, 0,40 puntos por curso.
d Por haber realizado cursos de entre 51 horas a 100 horas, 0,70 puntos por curso.
d Por haber realizado cursos de más de 100 horas, 1 punto por curso.
— Las actividades formativas respecto de las que no se acredite el número de horas,
se valorarán con 0,10 puntos.
— Aquellos cursos de formación cuya duración venga expresada en días, se considerará una equivalencia de 5 horas por día.
— Aquellos cursos de formación cuya duración venga expresada en créditos, deberán
acompañar documento aclaratorio o certificado de la institución formativa que expidió el título, con su equivalencia en horas, en caso contrario no se valorará.
— A efectos de la equivalencia de los estudios de máster oficiales universitarios, y
para aquellos en los que no se establezca el número de horas o créditos realizados, se establece una equivalencia de 25 horas por cada crédito ECTS reconocido y de 10 horas para el resto de créditos reconocidos.
— No se valorará poseer una titulación superior a la exigida ni tampoco los títulos
que se exijan como requisito para el acceso a cada convocatoria.

BOCM-20220921-69

Se alegará por la persona interesada en el documento de autovaloración y se acreditará, de oficio, por el propio Patronato Municipal de Escuelas Infantiles del
Ayuntamiento de Móstoles.
b) Los servicios prestados en la misma categoría o equivalente de otras Administraciones Públicas a la plaza que se convoca, a razón de 0,40 puntos por cada año de
servicio completo o fracción superior a seis meses.
Se acreditará mediante certificado de la administración en la que se hayan prestado los servicios, con indicación del cuerpo, escala, subescala y categoría para el
personal funcionario, y la categoría desempeñada para el personal laboral.
c) Los servicios prestados en otras plazas de carácter educativo del Patronato Municipal de Escuelas Infantiles del Ayuntamiento de Móstoles, a razón de 0,30 puntos por cada año de servicio completo o fracción superior a seis meses, hasta un
máximo de 3 puntos.
Se alegará por la persona interesada en el documento de autovaloración y se acreditará, de oficio, por el propio Patronato Municipal de Escuelas Infantiles del Ayuntamiento de
Móstoles.
A los efectos de computar los períodos establecidos en los anteriores apartados, se contabilizan los días en alta en Seguridad Social y se dividen entre 360 días para obtener el número de años y sus fracciones.
Un mismo período de servicios no podrá ser objeto de puntuación simultánea en los
dos apartados anteriores, teniendo, por ese orden, carácter preferente y excluyente.
6.1.2. Formación: se valorará la formación del siguiente modo, hasta el máximo de 2
puntos:
Cursos de formación y perfeccionamiento: únicamente se valorarán acciones formativas, directamente relacionadas con las funciones propias de la subescala, clase o categoría
a la que se opta. Así como, la formación de carácter transversal en prevención de riesgos
laborales y en materia de igualdad entre mujeres y hombres, lucha contra la violencia de género, derechos LGTBI y no discriminación por razón del origen étnico o racial.