D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN - AGENCIA PARA LA ADMINISTRACIÓN DIGITAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM-20220921-50)
Formalización encargo apoyo contratación – Resolución 492/2022, de 9 de septiembre, de la Consejera-Delegada de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, por la que se rectifica la Resolución 436/2022, de 3 de agosto, de la Consejera-Delegada de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, por la que se autoriza el encargo a la empresa Tecnologías y Servicios Agrarios, S. A., S. M. E., M. P. (TRAGSATEC)
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Pág. 178
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE SEPTIEMBRE DE 2022
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
j)
B.O.C.M. Núm. 225
posición en materia de protección de datos de la Unión Europea o de los Estados
miembros, informará inmediatamente al Responsable.
Facilitar, en el momento de la recogida de los datos, la información relativa a los
tratamientos de datos que se van a realizar. La redacción y el formato en que se facilitará la información se debe consensuar con el Responsable antes del inicio de
la recogida de los datos.
Asumir la condición de Responsable del tratamiento en caso de que destine los datos a otra finalidad distinta del cumplimiento del objeto del encargo, los comunique o los utilice incumpliendo sus estipulaciones o las obligaciones de la normativa vigente, respondiendo de las infracciones en las que hubiera incurrido
personalmente.
No permitir el acceso a los datos de carácter personal responsabilidad del Responsable a ningún empleado o persona que no tenga la necesidad de conocerlos para
el desarrollo y correcto cumplimiento del objeto del encargo suscrito.
No revelar, transferir, ceder, difundir o de cualquier otra forma comunicar los datos de carácter personal responsabilidad del Responsable a ningún tercero, ya sea
verbalmente o por escrito, por medios electrónicos, papel o mediante acceso informático, ni siquiera para su conservación, salvo que exista autorización o instrucción previa del Responsable, que deberá constar, en todo caso, por escrito.
A estos efectos, el Encargado podrá comunicar los datos a otros Encargados del
tratamiento del mismo Responsable, de acuerdo con las instrucciones de dicho
Responsable. En este caso, el Responsable identificará, de forma previa y por escrito, la entidad a la que se deben comunicar los datos, los datos concretos a comunicar y las medidas de seguridad a aplicar para proceder a la comunicación.
Tratar los datos personales dentro del Espacio Económico Europeo u otro espacio
considerado por la normativa aplicable como de seguridad equivalente, no tratándolos fuera de este espacio ni directamente ni a través de subencargado/s autorizado/s conforme a lo establecido en el encargo o demás documentos convencionales que pudieran adicionarse o complementar al mismo, salvo que esté obligado
a ello en virtud del Derecho de la Unión o del Estado miembro que le resulte de
aplicación.
En el caso de que por causa de Derecho nacional o de la Unión Europea el Encargado se vea obligado a llevar a cabo alguna transferencia internacional de datos,
informará por escrito al Responsable de esa exigencia legal, con antelación suficiente a efectuar el tratamiento, y garantizará el cumplimiento de cualesquiera requisitos legales que sean aplicables al Responsable del tratamiento, salvo que el
Derecho aplicable lo prohíba por razones importantes de interés público.
Adoptar y aplicar las medidas de seguridad estipuladas en el artículo 32 del RGPD
y en el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad (ENS), que garanticen la seguridad de los datos de carácter
personal responsabilidad del Responsable y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que estén expuestos, ya provengan
de la acción humana o del medio físico o natural, así como observar y acordar las
medidas técnicas y organizativas de seguridad, necesarias o convenientes para
asegurar la confidencialidad, secreto, disponibilidad, integridad de los datos personales a los que tenga acceso.
Comunicar a Madrid Digital, de forma inmediata y a más tardar en el plazo de 72
horas, cualquier violación de la seguridad de los datos personales a su cargo de la
que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia o cualquier fallo en su sistema de
tratamiento y gestión de la información que haya tenido o pueda tener y que ponga en peligro la seguridad de los datos personales, su integridad o su disponibilidad, así como cualquier posible vulneración de la confidencialidad como consecuencia de la puesta en conocimiento de terceros de los datos e informaciones
obtenidos durante la realización del encargo, concretando incluso qué interesados
sufrieron una pérdida de confidencialidad, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.3 RGPD.
Garantizar, a lo largo de toda la vigencia del encargo, la formación necesaria en
materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar
datos personales e informarlas previamente de las medidas de seguridad correspondientes. En especial, y de conformidad con lo previsto en el artículo 28.3.b) RGPD,
BOCM-20220921-50
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE SEPTIEMBRE DE 2022
c)
d)
e)
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g)
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i)
j)
B.O.C.M. Núm. 225
posición en materia de protección de datos de la Unión Europea o de los Estados
miembros, informará inmediatamente al Responsable.
Facilitar, en el momento de la recogida de los datos, la información relativa a los
tratamientos de datos que se van a realizar. La redacción y el formato en que se facilitará la información se debe consensuar con el Responsable antes del inicio de
la recogida de los datos.
Asumir la condición de Responsable del tratamiento en caso de que destine los datos a otra finalidad distinta del cumplimiento del objeto del encargo, los comunique o los utilice incumpliendo sus estipulaciones o las obligaciones de la normativa vigente, respondiendo de las infracciones en las que hubiera incurrido
personalmente.
No permitir el acceso a los datos de carácter personal responsabilidad del Responsable a ningún empleado o persona que no tenga la necesidad de conocerlos para
el desarrollo y correcto cumplimiento del objeto del encargo suscrito.
No revelar, transferir, ceder, difundir o de cualquier otra forma comunicar los datos de carácter personal responsabilidad del Responsable a ningún tercero, ya sea
verbalmente o por escrito, por medios electrónicos, papel o mediante acceso informático, ni siquiera para su conservación, salvo que exista autorización o instrucción previa del Responsable, que deberá constar, en todo caso, por escrito.
A estos efectos, el Encargado podrá comunicar los datos a otros Encargados del
tratamiento del mismo Responsable, de acuerdo con las instrucciones de dicho
Responsable. En este caso, el Responsable identificará, de forma previa y por escrito, la entidad a la que se deben comunicar los datos, los datos concretos a comunicar y las medidas de seguridad a aplicar para proceder a la comunicación.
Tratar los datos personales dentro del Espacio Económico Europeo u otro espacio
considerado por la normativa aplicable como de seguridad equivalente, no tratándolos fuera de este espacio ni directamente ni a través de subencargado/s autorizado/s conforme a lo establecido en el encargo o demás documentos convencionales que pudieran adicionarse o complementar al mismo, salvo que esté obligado
a ello en virtud del Derecho de la Unión o del Estado miembro que le resulte de
aplicación.
En el caso de que por causa de Derecho nacional o de la Unión Europea el Encargado se vea obligado a llevar a cabo alguna transferencia internacional de datos,
informará por escrito al Responsable de esa exigencia legal, con antelación suficiente a efectuar el tratamiento, y garantizará el cumplimiento de cualesquiera requisitos legales que sean aplicables al Responsable del tratamiento, salvo que el
Derecho aplicable lo prohíba por razones importantes de interés público.
Adoptar y aplicar las medidas de seguridad estipuladas en el artículo 32 del RGPD
y en el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad (ENS), que garanticen la seguridad de los datos de carácter
personal responsabilidad del Responsable y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que estén expuestos, ya provengan
de la acción humana o del medio físico o natural, así como observar y acordar las
medidas técnicas y organizativas de seguridad, necesarias o convenientes para
asegurar la confidencialidad, secreto, disponibilidad, integridad de los datos personales a los que tenga acceso.
Comunicar a Madrid Digital, de forma inmediata y a más tardar en el plazo de 72
horas, cualquier violación de la seguridad de los datos personales a su cargo de la
que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia o cualquier fallo en su sistema de
tratamiento y gestión de la información que haya tenido o pueda tener y que ponga en peligro la seguridad de los datos personales, su integridad o su disponibilidad, así como cualquier posible vulneración de la confidencialidad como consecuencia de la puesta en conocimiento de terceros de los datos e informaciones
obtenidos durante la realización del encargo, concretando incluso qué interesados
sufrieron una pérdida de confidencialidad, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.3 RGPD.
Garantizar, a lo largo de toda la vigencia del encargo, la formación necesaria en
materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar
datos personales e informarlas previamente de las medidas de seguridad correspondientes. En especial, y de conformidad con lo previsto en el artículo 28.3.b) RGPD,
BOCM-20220921-50
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