Madrid (BOCM-20220920-43)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía. Delegación de funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 224

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE SEPTIEMBRE DE 2022

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Acuerdo de 1 de septiembre de 2022, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid,
por el que se avocan las competencias para la redacción del proyecto y posterior ejecución
de obras de acometida eléctrica para alumbrado especial en tres espacios públicos del Distrito de Fuencarral-El Pardo, y se delegan en su concejal-presidente.
Desde el Distrito de Fuencarral-El Pardo se tiene previsto llevar a cabo las obras de
acometida eléctrica para alumbrado especial en tres espacios públicos del Distrito que actualmente carecen de aquella:
a) Plaza de Torcuato Fernández Miranda, sin número.
b) Zona ajardinada en la intersección entre la calle Monasterio de Suso y Yuso con
avenida Montecarmelo.
c) Zona ajardinada en la intersección entre la calle Valcarlos y la avenida Santo Domingo de la Calzada.
Las actuaciones indicadas se realizan con objeto de ajustarse a la normativa actualmente vigente, así como para dotar de alumbrado especial en dichas zonas, y comprenden
la canalización subterránea y su correspondiente instalación eléctrica para dotar de alumbrado especial en dichos espacios.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 8.o 1.2.c) y 1.4 del Acuerdo de 27 de junio
de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias
del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, la Dirección General de Conservación de
Vías Públicas es competente, por una parte, para renovar, reparar y conservar el alumbrado público exterior, el de monumentos, el Centro de Control de Telegestión y otras instalaciones eléctricas municipales, así como controlar y supervisar el consumo de energía del
mismo, excepto el de las infraestructuras de carácter supramunicipal y las integradas en los
grandes parques; y por otra parte, para redactar, planificar y ejecutar los proyectos de adecuación y reforma de las vías públicas y obras de paso, así como la ejecución de obras de remodelación y urbanización de vías y espacios públicos, en coordinación con los Distritos.
No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 10.1 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, existen razones de índole social,
técnica y económica que aconsejan que, de forma puntual, las actuaciones proyectadas se
realicen por el propio Distrito.
Dichas razones se derivan, desde la perspectiva de las razones de índole social, de la
mayor cercanía del Distrito con sus vecinos y, especialmente, con la comunidad educativa
implantada en su territorio, lo que le permite un conocimiento más certero de las necesidades reales. Desde el punto de vista técnico, se justifica la avocación en una mayor celeridad
en la adjudicación de esta obra, que puede llevarse a través del vigente Acuerdo Marco de
las Obras de Reforma, Reparación y Conservación del Conjunto de Edificios y Espacios
Públicos, Lote 4, que tiene suscrito el Distrito, que posibilita la ejecución de este tipo de actuaciones mediante la tramitación de un contrato basado, procedimiento que acorta sensiblemente los plazos de tramitación, favoreciendo la eficacia y eficiencia administrativa.
Finalmente, desde el punto de vista económico, el Distrito de Fuencarral-El Pardo dispone, dentro del presupuesto ordinario, de financiación para poder ejecutar las obras de
adecuación del espacio público indicado, cuyo coste asciende a un importe de importe total de 33.264,67 euros, IVA incluido.
Para ello, resulta preciso que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme
a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, avoque las competencias previamente delegadas en la Dirección General de
Conservación de Vías Públicas en el apartado 8.o 1.2.c) y 1.4 del Acuerdo de 27 de junio
de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias
del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos; y que tales competencias sean posterior-

BOCM-20220920-43

Área de Gobierno de Vicealcaldía