D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20220919-41)
Convenio –  Convenio de 25 de agosto de 2022, entre la Comunidad de Madrid y la Provincia Eclesiástica de Madrid, en virtud del cual se formaliza la concesión directa de una subvención, por importe de 646.750,95 euros, en relación con las actuaciones de conservación y restauración del Patrimonio Histórico-Artístico de la Iglesia Católica, incluidas en el Proyecto C.24.I2.P3.1 – Medidas de conservación restauración en BICS inmuebles de titularidad de las CC. AA., entes locales y privados. financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 223

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE SEPTIEMBRE DE 2022

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rá las medidas técnicas y organizativas apropiadas a fin de garantizar y poder demostrar que
el tratamiento es conforme al citado Reglamento europeo y a la LOPDGDD.
Una vez extinguidas las obligaciones derivadas del presente convenio a las que hace
referencia el artículo 49.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procederá a la destrucción o devolución de toda la información utilizada o
que se derive de la ejecución de este convenio específico, y no se podrá conservar copia o
utilizar los datos obtenidos, incluyendo los soporte utilizados (papel, fichas, disquetes…)
con un fin distinto al que figura en el presente convenio.
En todo caso, las partes firmantes quedan obligadas al cumplimiento de los principios
relativos al tratamiento de los datos personales a los que hace referencia el artículo 5 y siguientes del citado Reglamento europeo, estando obligadas a garantizar una seguridad adecuada de los datos personales, incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o
ilícito y contra la pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiadas. Así mismo, las partes se comprometen explícitamente a formar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan.
Decimocuarta
Régimen jurídico

BOCM-20220919-41

El presente convenio tiene naturaleza jurídica de subvención, siéndole de aplicación la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid y restante normativa de desarrollo, así
como a lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del
Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de
Madrid, quedando excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre,
de Contratos del Sector Público, en virtud de lo establecido en el artículo 6.2 del referido
cuerpo legal.
La Comisión de Seguimiento resolverá los problemas de interpretación del convenio,
así como las controversias que pudieran suscitarse durante su ejecución. En ausencia de
acuerdo, se someterán a los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional contenciosoadministrativo competentes.
En la medida de que estos proyectos se enmarcan en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, será de aplicación lo establecido Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de
diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la administración pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Orden HFP/1031/2021,
de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a
proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las
medidas de los REVs del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Asimismo,
resulta aplicable lo previsto en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 12 de febrero de 2021 y en el Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo
y del Consejo de 18 de junio de 2020 y su normativa de desarrollo, así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan
de Recuperación y Resiliencia de España (Council Implementing Decision-CID).
Y para que conste, las partes suscriben el presente Convenio a un solo efecto en el lugar y fecha indicado en el encabezamiento.
Madrid, a 25 de agosto de 2022.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, Marta Rivera de la Cruz.—Por la Provincia Eclesiástica de
Madrid, el Sacerdote de la Diócesis de Alcalá, Florentino Rueda Recuero.