Pinilla del Valle (BOCM-20220915-63)
Urbanismo. Ordenanza instalación placas solares
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 220
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 183
BOCM-20220915-63
d Presupuesto desglosado en partidas.
d Plano de situación y emplazamiento de la obra.
d Planos descriptivos de la instalación: detalle constructivo (sistema de anclaje e
integración en la cubierta, grado de afección a los elementos de cubrición existentes), emplazamiento acotado de los paneles sobre la cubierta (inclinación
con respecto a los faldones), ubicación de los diferentes elementos que componen la instalación (inversor, etc.), así como su grado de impacto sobre la envolvente del edificio, etc.
d Justificación técnica de no generación de residuos o EGR si los generase.
d Estudio de Seguridad y Salud.
d Hoja de Dirección de obra, y de Responsabilidad de Seguridad y Salud, por
parte del técnico interviniente.
— Certificado firmado por técnico competente que acredite que la instalación de los
paneles no disminuye la seguridad estructural y no compromete la resistencia mecánica y la estabilidad del inmueble.
— Informe favorable de la Administración Autonómica competente, en caso de tratarse
de un inmueble incluido en los supuestos del artículo 8 de la presente ordenanza.
2. Documentación para la tramitación del informe previo de la Administración Autonómica competente:
Para la tramitación previa de la solicitud de informe de la Administración Autonómica competente, en el caso de inmuebles incluidos en los supuestos del artículo 8 de la presente ordenanza, se deberá presentar la siguiente documentación:
— Número y definición de las características de los paneles y su estructura de sustentación: color, si son reflectantes, potencia, y cualquier otra que sea de interés.
— Estudio de diferentes alternativas de instalación de paneles solares en la parcela
y/o en la cubierta de la edificación en la que se pretendan instalar, con el fin de
buscar la solución que menor impacto visual tenga.
— Propuesta de instalación incluyendo estudio compositivo de los paneles en relación con las características del inmueble e imagen gráfica: Planos de cubierta, alzados y sección de estado actual y estado reformado.
— Fotografías de las fachadas del inmueble y de la parcela desde la calle y desde el
entorno.
Art. 11. Régimen disciplinario y de inspección.—El Ayuntamiento de Pinilla del Valle podrá realizar inspecciones e imponer sanciones en el caso de incumplimiento de la presente ordenanza, acorde a lo establecido en la legislación de aplicación”.
Contra el presente Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Pinilla del Valle, a 6 de septiembre de 2022.—La alcaldesa-presidenta, María del Mar
Fernández García.
(03/17.454/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 220
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JUEVES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 183
BOCM-20220915-63
d Presupuesto desglosado en partidas.
d Plano de situación y emplazamiento de la obra.
d Planos descriptivos de la instalación: detalle constructivo (sistema de anclaje e
integración en la cubierta, grado de afección a los elementos de cubrición existentes), emplazamiento acotado de los paneles sobre la cubierta (inclinación
con respecto a los faldones), ubicación de los diferentes elementos que componen la instalación (inversor, etc.), así como su grado de impacto sobre la envolvente del edificio, etc.
d Justificación técnica de no generación de residuos o EGR si los generase.
d Estudio de Seguridad y Salud.
d Hoja de Dirección de obra, y de Responsabilidad de Seguridad y Salud, por
parte del técnico interviniente.
— Certificado firmado por técnico competente que acredite que la instalación de los
paneles no disminuye la seguridad estructural y no compromete la resistencia mecánica y la estabilidad del inmueble.
— Informe favorable de la Administración Autonómica competente, en caso de tratarse
de un inmueble incluido en los supuestos del artículo 8 de la presente ordenanza.
2. Documentación para la tramitación del informe previo de la Administración Autonómica competente:
Para la tramitación previa de la solicitud de informe de la Administración Autonómica competente, en el caso de inmuebles incluidos en los supuestos del artículo 8 de la presente ordenanza, se deberá presentar la siguiente documentación:
— Número y definición de las características de los paneles y su estructura de sustentación: color, si son reflectantes, potencia, y cualquier otra que sea de interés.
— Estudio de diferentes alternativas de instalación de paneles solares en la parcela
y/o en la cubierta de la edificación en la que se pretendan instalar, con el fin de
buscar la solución que menor impacto visual tenga.
— Propuesta de instalación incluyendo estudio compositivo de los paneles en relación con las características del inmueble e imagen gráfica: Planos de cubierta, alzados y sección de estado actual y estado reformado.
— Fotografías de las fachadas del inmueble y de la parcela desde la calle y desde el
entorno.
Art. 11. Régimen disciplinario y de inspección.—El Ayuntamiento de Pinilla del Valle podrá realizar inspecciones e imponer sanciones en el caso de incumplimiento de la presente ordenanza, acorde a lo establecido en la legislación de aplicación”.
Contra el presente Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Pinilla del Valle, a 6 de septiembre de 2022.—La alcaldesa-presidenta, María del Mar
Fernández García.
(03/17.454/22)
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ISSN 1989-4791