Mancomunidad de Servicios Sociales Las Cañadas (BOCM-20220915-70)
Régimen económico. Bases subvenciones adaptación viviendas
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
JUEVES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 220
pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, según lo dispuesto en los artículos 25 y 26 del RGS y 13 de la LGS.
— Declaración de no haber recibido, ni tener concedida otros tipos de ayudas con el
mismo objeto que superen el coste real de lo subvencionado. En el caso de haber
solicitado otras subvenciones, siempre que no supere el coste real del proyecto, en
la declaración responsable se hará expresa mención de la cuantía, así como del órgano o entidad ante la que se han presentado, sin perjuicio de su acreditación con
anterioridad a la propuesta de resolución de concesión de la subvención.
— Declaración de no tener pendiente de justificación fuera de plazo subvenciones
otorgadas por la Mancomunidad de Servicios Sociales Las Cañadas. Esta declaración se presentará únicamente en el caso de que haya sido beneficiario de subvenciones de convocatorias anteriores (año 2022).
3. La “Descripción de las actuaciones” deberá estar debidamente formalizada y firmada, siguiendo el modelo que figura en el Anexo III de la solicitud de subvención adjunto a esta convocatoria. Este impreso es necesario cumplimentarlo en todos los casos, incluso cuando se presenta proyecto completo de las obras a realizar.
13. Documentación que debe acompañarse a la solicitud de subvención
Deberá acompañar a la solicitud de subvención la documentación siguiente:
— Anexo I solicitud.
— Anexo II declaración responsable.
— Anexo III descripción de las actuaciones:
Los diferentes documentos técnicos que se aporten deberán corresponderse con
las mismas actuaciones para las que se solicita ayuda, de forma que sean coherentes entre sí y los datos técnicos que se aporten sean coincidentes, en especial el
presupuesto de proyecto y el que resulte de la realidad de la actuación.
— DNI de la persona solicitante y en su caso del representante legal.
— Certificado o volante de empadronamiento de la unidad familiar.
— Resolución de situación de dependencia y PIA o autorización de consulta.
— Datos Bancarios de la persona solicitante.
— Memoria técnica, planos descriptivos de la actuación acotados del estado actual y
reformado y fotografías del lugar, suscrito por técnico competente. En el caso de
que se requiera proyecto de acuerdo con la Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación, se podrá aportar el Proyecto técnico, en lugar de la Memoria.
— Presupuesto de la empresa o empresas que realizarán la ejecución de las actuaciones, desglosado por partidas con precios unitarios y totales con el Impuesto sobre
el Valor Añadido (en adelante, IVA) correspondiente, incluyendo presupuesto de
honorarios y de costes indirectos. Este presupuesto aceptado por la propiedad
debe estar debidamente firmado y/o sellado por la empresa que lo presenta.
— Solicitud de Licencia de obra o concesión de la licencia (si procede).
— Certificados de encontrase al corriente de pago con la agencia tributaria y con la
Seguridad Social.
14. Tramitación de las solicitudes y procedimiento
La Mancomunidad de Servicios Sociales Las Cañadas que comprobará que las solicitudes presentadas se ajustan a los requisitos establecidos en las presentes bases.
Si la solicitud no cumple los requisitos previstos se requerirá al interesado (a través del
medio que haya designado) para que en el plazo de diez días subsane la misma o complete la
documentación aportada, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, indicándole que se le entenderá
desistido de su petición si no lo hiciese.
Sin perjuicio de lo anterior, en cualquier momento a lo largo del procedimiento, podrá
instarse a la persona solicitante para que cumplimente cualquier otro requisito o trámite
omitido, de acuerdo con lo previsto en el artículo 73 de la Ley 39/2015, concediéndole a tal
efecto diez hábiles del día siguiente a la notificación, con expreso apercibimiento de que,
de no hacerlo así, se continuará la tramitación sin la documentación requerida.
Instrucción del Procedimiento.—El órgano instructor, estudiado el expediente, formulará propuesta de resolución favorable o denegación que se elevará a la presidencia.
Resolución y Recursos.—La resolución de concesión o denegación de la subvención
corresponde a la Presidencia de la Mancomunidad.
BOCM-20220915-70
Pág. 194
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 220
pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, según lo dispuesto en los artículos 25 y 26 del RGS y 13 de la LGS.
— Declaración de no haber recibido, ni tener concedida otros tipos de ayudas con el
mismo objeto que superen el coste real de lo subvencionado. En el caso de haber
solicitado otras subvenciones, siempre que no supere el coste real del proyecto, en
la declaración responsable se hará expresa mención de la cuantía, así como del órgano o entidad ante la que se han presentado, sin perjuicio de su acreditación con
anterioridad a la propuesta de resolución de concesión de la subvención.
— Declaración de no tener pendiente de justificación fuera de plazo subvenciones
otorgadas por la Mancomunidad de Servicios Sociales Las Cañadas. Esta declaración se presentará únicamente en el caso de que haya sido beneficiario de subvenciones de convocatorias anteriores (año 2022).
3. La “Descripción de las actuaciones” deberá estar debidamente formalizada y firmada, siguiendo el modelo que figura en el Anexo III de la solicitud de subvención adjunto a esta convocatoria. Este impreso es necesario cumplimentarlo en todos los casos, incluso cuando se presenta proyecto completo de las obras a realizar.
13. Documentación que debe acompañarse a la solicitud de subvención
Deberá acompañar a la solicitud de subvención la documentación siguiente:
— Anexo I solicitud.
— Anexo II declaración responsable.
— Anexo III descripción de las actuaciones:
Los diferentes documentos técnicos que se aporten deberán corresponderse con
las mismas actuaciones para las que se solicita ayuda, de forma que sean coherentes entre sí y los datos técnicos que se aporten sean coincidentes, en especial el
presupuesto de proyecto y el que resulte de la realidad de la actuación.
— DNI de la persona solicitante y en su caso del representante legal.
— Certificado o volante de empadronamiento de la unidad familiar.
— Resolución de situación de dependencia y PIA o autorización de consulta.
— Datos Bancarios de la persona solicitante.
— Memoria técnica, planos descriptivos de la actuación acotados del estado actual y
reformado y fotografías del lugar, suscrito por técnico competente. En el caso de
que se requiera proyecto de acuerdo con la Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación, se podrá aportar el Proyecto técnico, en lugar de la Memoria.
— Presupuesto de la empresa o empresas que realizarán la ejecución de las actuaciones, desglosado por partidas con precios unitarios y totales con el Impuesto sobre
el Valor Añadido (en adelante, IVA) correspondiente, incluyendo presupuesto de
honorarios y de costes indirectos. Este presupuesto aceptado por la propiedad
debe estar debidamente firmado y/o sellado por la empresa que lo presenta.
— Solicitud de Licencia de obra o concesión de la licencia (si procede).
— Certificados de encontrase al corriente de pago con la agencia tributaria y con la
Seguridad Social.
14. Tramitación de las solicitudes y procedimiento
La Mancomunidad de Servicios Sociales Las Cañadas que comprobará que las solicitudes presentadas se ajustan a los requisitos establecidos en las presentes bases.
Si la solicitud no cumple los requisitos previstos se requerirá al interesado (a través del
medio que haya designado) para que en el plazo de diez días subsane la misma o complete la
documentación aportada, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, indicándole que se le entenderá
desistido de su petición si no lo hiciese.
Sin perjuicio de lo anterior, en cualquier momento a lo largo del procedimiento, podrá
instarse a la persona solicitante para que cumplimente cualquier otro requisito o trámite
omitido, de acuerdo con lo previsto en el artículo 73 de la Ley 39/2015, concediéndole a tal
efecto diez hábiles del día siguiente a la notificación, con expreso apercibimiento de que,
de no hacerlo así, se continuará la tramitación sin la documentación requerida.
Instrucción del Procedimiento.—El órgano instructor, estudiado el expediente, formulará propuesta de resolución favorable o denegación que se elevará a la presidencia.
Resolución y Recursos.—La resolución de concesión o denegación de la subvención
corresponde a la Presidencia de la Mancomunidad.
BOCM-20220915-70
Pág. 194
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID