Alcalá de Henares (BOCM-20220915-49)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 220

BOCM-20220915-49

Asimismo, la propuesta de nombramiento y la resolución deberán ser motivadas atendiendo a criterios de mérito, capacidad e idoneidad para el puesto, en relación con la experiencia y capacitación de los candidatos y candidatas.
Por otra parte, la propuesta que se formule deberá justificar de forma motivada y suficiente la elección efectuada en favor de un interesado/a de entre los participantes en función
de la valoración del currículum efectuada, así como de los méritos que han sido tenidos en
cuenta a fin de determinar la propuesta y que justifican la elección de la persona aspirante
propuesta en relación con el resto de personas aspirantes.
A tal efecto, deberán tenerse en cuenta a efectos de la formulación de la propuesta de
nombramiento, y de la valoración de los méritos de los/las aspirantes, entre otros, aspectos
principalmente los siguientes:
— Formación de título universitario de Grado o Licenciatura en Derecho.
— Servicios prestados en la Administración Pública.
— Experiencia en dirección y organización de equipos y grupos de trabajo.
— Experiencia en la implantación electrónica de herramientas en el ámbito de la
Administración Pública.
8. Nombramiento.—Finalizado el proceso por las Concejalías, la Concejalía-Delegada de Recursos Humanos procederá a dictar resolución en el plazo de un mes, que podrá
consistir en:
— Nombrar al o la solicitante, que reuniendo los requisitos exigidos, haya sido propuesto.
— Declarar desierta la convocatoria, cuando así lo haya propuesto el órgano competente para efectuar el nombramiento, por no reunir ningún candidato/a la aptitud
profesional que se estime necesaria.
9. Toma de posesión.—El plazo para la toma de posesión será de tres días hábiles si
no implica cambio de residencia del/de la funcionario/a solicitante o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
Cuando el/la funcionario/a solicitante no ostentará la condición de funcionario/a de carrera del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, de acuerdo con lo establecido en el artículo 84.3 del
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, quedará respecto de su Administración de
origen en la situación administrativa de servicio en otras Administraciones Públicas.
10. Cese.—El funcionario/a adjudicatario/a podrá ser libremente cesado en cualquier
momento. En tal caso, el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, en el plazo máximo de un
mes, a contar desde el día siguiente al del cese, podrá acordar la adscripción del funcionario o la funcionaria a otro puesto de la misma Administración o le comunicará que no va a
hacer efectiva dicha adscripción. En todo caso, durante este período se entenderá que continúa a todos los efectos en servicio activo en dicha Administración.
Transcurrido el plazo citado sin que se hubiera acordado su adscripción a otro puesto,
o recibida la comunicación de que la misma no va a hacerse efectiva, el/la funcionario/a deberá solicitar en el plazo máximo de un mes el reingreso al servicio activo en su Administración de origen, la cual deberá asignarle un puesto de trabajo conforme a los sistemas de
carrera y provisión de puestos vigentes en dicha Administración, con efectos económicos y
administrativos desde la fecha en que se hubiera solicitado el reingreso.
11. Recursos.—La convocatoria y sus criterios, así como cuantos actos administrativos se deriven de aquella, podrán ser impugnados en el plazo y forma establecidos en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Alcalá de Henares, a 6 de septiembre de 2022.—La concejala-delegada de Recursos
Humanos, Rosa Alicia Gorgues Pinet.
(03/17.563/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791