Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales del Este de Madrid (MISSEM) (BOCM-20220914-68)
Régmen económico. Ordenanza fiscal ayudas familias impacto COVID-19
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 219

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE SEPTIEMBRE DE 2022

Pág. 191

en las actividades cofinanciadas por el FSE y el FEDER en los Programas Operativos de la
Comunidad de Madrid, período de programación 2014-2020.
El personal técnico y administrativo de la mancomunidad velará por el cumplimiento
de estas medidas de información y comunicación.
Normas de publicidad: en la publicidad que, a través de cualquier medio, haga la Mancomunidad sobre actuaciones derivadas de la aplicación del presente Anexo, se hará constar expresamente que aquellas se realizan en virtud del Convenio con la Consejería competente en materia de Políticas Sociales y deberá figurar el logotipo de dicha Consejería y que
éste se lleva a cabo en virtud de la financiación al 100 por 100 establecida por el P. O. de
la Comunidad de Madrid REACT-Unión EU, “El FSE invierte en tu futuro” mediante la inclusión de la siguiente referencia: “Financiado como parte de la respuesta de la Unión a la
pandemia COVID-19”.
Logotipos y referencias: se utilizarán los logotipos en la publicidad realizada de las actividades desarrolladas en el marco de este anexo.

UNIÓN EUROPEA
Fondo Social Europeo
El FSE invierte en tu futuro
“Financiado como parte de la
respuesta de la Unión a la
pandemia COVID- 19”

Base documental
Los documentos utilizados por la Mancomunidad para la gestión de esta Ayuda serán
los indicados por las autoridades competentes, que se facilitarán al personal implicado en
las distintas fases del procedimiento. Estos deberán respetar las normas de información y
publicidad.

En la regulación de la ayuda de emergencia a las que hace alusión el presente Anexo,
y en lo no dispuesto en él, será de aplicación supletoria el resto del contenido de la presente ordenanza.
En su defecto y en cumplimiento de las normas de control y verificación del Fondo
Social Europeo se atenderá a las instrucciones dictadas por este órgano, al Manual de ayudas de emergencia a familias en situación de vulnerabilidad por el impacto del COVID-19
para Entidades Locales de la Dirección General de Servicios Sociales de la Consejería de
Familia, Juventud y Política Social y al Convenio interadministrativo entre la Comunidad
de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social y la MISSEM
para la concesión de Ayudas de Emergencia a familias vulnerables por el impacto COVID.
Contra el presente acuerdo se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Campo Real, a 20 de abril de 2022.—El presidente, Jorge González Martínez.
(03/17.337/22)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20220914-68

Régimen supletorio