D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220909-24)
Convenio –  Publicación de convenio-subvención de 8 de agosto de 2022, entre la Comunidad de Madrid y Fundación Universidad-Empresa (FUE), para reforzar las competencias digitales para el empleo, con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 215

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE SEPTIEMBRE DE 2022

Pág. 101

Octava
Abono de la subvención
La Dirección General de Autónomos y Emprendimiento, Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, abonará, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la firma del convenio, un anticipo por importe del 10 por 100 de la
subvención concedida.
Durante el primer trimestre de 2023 se deberá aportar una justificación anual de las actuaciones realizadas en el período 1, definido en la cláusula sexta, y una vez verificada la
documentación exigida en la cláusula décima, se procederá al pago de un segundo anticipo
a cuenta del 35 por 100 del importe concedido.
En el primer trimestre de 2024, se deberá aportar una justificación anual de las actuaciones realizadas en el período 2, definido en la cláusula sexta, y una vez verificada la documentación exigida en la cláusula décima, se procederá al pago de un tercer anticipo a
cuenta del 35 por 100 del importe concedido.
En el primer trimestre de 2025, se deberá aportar una justificación anual de las actuaciones realizadas en el período 3, definido en la cláusula sexta, y una vez verificada la documentación exigida en la cláusula décima, se procederá al pago de un cuarto anticipo a
cuenta del 10 por 100 del importe concedido.
El último pago se efectuará, en el cuarto trimestre de 2025, como abono final por el
importe restante de la subvención, 10 por 100 de la subvención, si procede y previa verificación de la justificación anual del período 4.
Los pagos, salvo el pago final, tendrán la consideración de anticipo a cuenta, como entrega de fondos con carácter previo a la justificación y financiación necesaria para poder
llevar a cabo las acciones formativas inherentes a la subvención, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de
Madrid, no siendo necesario la presentación de aval o garantía alguna.
Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente comunicada
por la entidad beneficiaria y de la esta sea titular, previa comprobación de que se encuentra al
corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y con la Hacienda de la
Comunidad de Madrid, y no es deudora por resolución de procedencia de reintegro.
Con carácter previo a los pagos deberá aportarse la siguiente documentación:
— Acreditación, en su caso, de haber realizado el plan de prevención de riesgos laborales a que se refiere el artículo 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Novena
Esta ayuda será compatible con otras, cualquiera que sea su naturaleza y la Administración o entidad que las conceda, siempre que el importe de las mismas no supere, aisladamente o en concurrencia con otras, el coste de la actividad a desarrollar.
Fundación Universidad-Empresa deberá declarar las ayudas que haya solicitado u obtenido para el mismo fin, tanto al iniciarse el expediente administrativo como en cualquier
momento del procedimiento en que ello se produzca.
De acuerdo con el artículo 17.3.I) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión y, en
todo caso, la obtención concurrente de otras subvenciones concedidas podrá dar lugar a la
modificación de la subvención otorgada.
Asimismo, de acuerdo con la Orden TES 897/2021, de 19 de agosto, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2021, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas en el ámbito laboral, créditos financiados
con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, destinados a la ejecución de proyectos de
inversión “Plan Nacional de Competencias Digitales” y “Nuevas Políticas Públicas para un
mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo” recogidos en el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, estos fondos son incompatibles con la recepción de otros fondos comunitarios para la ejecución de los mismos proyectos de inversión.

BOCM-20220909-24

Compatibilidad de las ayudas