D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220909-24)
Convenio –  Publicación de convenio-subvención de 8 de agosto de 2022, entre la Comunidad de Madrid y Fundación Universidad-Empresa (FUE), para reforzar las competencias digitales para el empleo, con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE SEPTIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 215

Las subvenciones reguladas en este convenio están sujetas, en todo caso, al cumplimiento, ejecución y realización de los hitos y objetivos fijados en el Plan de Recuperación,
Trasformación y Resiliencia, y estarán sometidas a la plena aplicación de los mecanismos de
gestión y control establecidos en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que
se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
así como en la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público
Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos.
Con el fin de acreditar las acciones realizadas, la Fundación Universidad-Empresa presentará documentación suficiente de cada uno de los programas de formación realizados,
con indicación del número de candidatos inscritos, la relación de personas que finalizan la
formación, con identificador único, y el tipo de formación impartida. Para ello aportará datos y evidencias documentales como hojas de firmas, certificados que acrediten haber completado la formación, ubicación del centro de formación, documentación gráfica de los
eventos realizados, referencias en prensa y redes sociales, etc.
Decimotercera
Comisión de seguimiento
Para el seguimiento del convenio se constituirá una Comisión integrada por:
— El titular de la Viceconsejería competente en materia de economía o persona en
quien delegue, que actuará como presidente de la Comisión y que contará con el
voto de calidad. En caso de ausencia, vacante, enfermedad u otra causa legal, será
sustituido por la persona titular de la Dirección General de Autónomos y Emprendimiento, o persona en quien delegue.
— Dos personas en representación de la Viceconsejería competente en materia de
economía, perteneciente a la Dirección General de Autónomos y Emprendimiento, una de ellas actuará como secretario de la comisión.
Sin perjuicio de lo recogido en este convenio, esta Comisión queda sujeta a lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Serán funciones de esta Comisión las siguientes:
a) Realizar el seguimiento técnico y económico del convenio.
b) Proponer cuantas medidas se estimen adecuadas para el mejor desarrollo y cumplimiento de los compromisos y obligaciones establecidos en el convenio.
c) Garantizar la coordinación, colaboración e intercambio de información entre las
partes firmantes del convenio.
d) Interpretar y resolver controversias previas a la vía jurisdiccional.
e) Realizar el seguimiento de los indicadores de calidad.
f) Cuantas otras se establezcan para el buen fin del convenio.
Decimocuarta
Las actuaciones subvencionadas objeto de este convenio, así como cuanta publicidad
se haga sobre el mismo deberán encontrarse debidamente identificadas de conformidad con
las obligaciones que en materia de información, comunicación y publicidad determine la
normativa interna y de la Unión Europea para el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, quedando obligadas las entidades beneficiarias de estas subvenciones a hacer mención
en su publicidad del origen de esta financiación, velando por darle visibilidad, incluido,
cuando proceda, mediante el emblema de la Unión y una declaración de financiación adecuada que indique “financiado por la Unión Europea-Next Generation EU”.
Esta visibilidad se hará en particular cuando promuevan las acciones y sus resultados,
facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida a múltiples destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público. Esta publicidad se realizará de conformidad con lo establecido en el Manual de Marca del Plan de Recuperación, disponible
en el link https:// planderecuperacion.gob.es/identidad-visual
En el Plan de Recuperación y Resiliencia resulta crucial el cumplimiento de las actuaciones de comunicación, siendo parte de las exigencias a cumplir y que, por ello, podría dar lugar
a la determinación de irregularidades en la gestión y a la exigencia de reintegro de las cantida-

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