D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220909-31)
Convenio –  Convenio de colaboración de 27 de agosto de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y la Mancomunidad de La Encina para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S46) Modelo de Atención Social Primaria
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE SEPTIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 215

2. Certificación del órgano competente de la entidad local, donde se recoja el gasto
desglosado por cada uno de los conceptos financiados
3. Así como la información relativa a la ejecución del proyecto, de acuerdo con los
modelos que establezca la Comunidad de Madrid (Informes de gestión, Memorias de ejecución, u otros).
4. Documento acreditativo del cumplimiento de las obligaciones señaladas en la
cláusula quinta, apartado 2.1, firmado por el técnico responsable y el representante de la entidad local.
En cualquier caso, la entidad local se obliga a facilitar cuanta información le sea requerida por la Consejería competente en materia de servicios sociales, por la Intervención
General de la Comunidad de Madrid, Tribunal de Cuentas, Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid u otros organismos competentes y, en particular, en lo que se refiere a lo
dispuesto en el apartado cuarto, del artículo decimosegundo, de la Ley 2/1995, de 8 de
mayo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Undécima
Modificación del convenio
La propuesta de modificación del convenio deberá estar motivada y presentarse cuando concurran las circunstancias que obliguen a la modificación.
Cualquiera de las partes, o ambas de mutuo acuerdo, podrán proponer la modificación
del convenio durante su vigencia, que deberá producirse de mutuo acuerdo y por escrito,
suscribiendo la adenda de modificación correspondiente. Todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
En su caso, en las adendas de modificación que se suscriban de acuerdo con la posible
reprogramación de fondos y/o reajuste del convenio, se deberán fijar las correspondientes
condiciones de financiación y cuantías aportadas por la Comunidad de Madrid, de acuerdo
con las disponibilidades presupuestarias, así como con el subproyecto y cuantías que correspondan a ese año.
En cualquier caso, el presente convenio podrá ser objeto de modificación para la incorporación de nuevos requisitos no previstos para la gestión de los fondos del Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia, propuestos por las autoridades competentes de su gestión.
Duodécima
Coordinación y apoyo técnico
Para la consecución de los fines objeto del presente convenio, la Consejería de Familia, Juventud y Política Social prestará el apoyo técnico necesario que permita el diseño,
puesta en marcha y el desarrollo y seguimiento del subproyecto objeto de este convenio.
Decimotercera
La entidad local firmante y la Consejería de Familia, Juventud y Política Social podrán
desarrollar campañas de difusión de la línea de acción contemplada en este convenio para
informar a los ciudadanos de los recursos que las Administraciones ponen a su disposición
y eligiendo para ello los medios que se consideren más idóneos.
La entidad local se obliga a ejecutar las indicaciones de la Comunidad de Madrid en
todos aquellos aspectos relacionados con los signos de identidad corporativa o institucional
y en la documentación y divulgación de las actuaciones que se realicen en el marco de este
convenio.
En la publicidad que, a través de cualquier medio, se realice sobre actuaciones derivadas de la aplicación del presente convenio, así como en toda la documentación utilizada por
las entidades locales se hará constar expresamente que este se lleva a cabo en virtud de la
financiación establecida con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y el Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, según lo establecido en el artículo 9 de la
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

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