B) Autoridades y Personal - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20220908-2)
Convocatoria curso selectivo –  Resolución de 2 de septiembre de 2022, del Director General de Emergencias, por la que se da publicidad al calendario, programa y regulación del curso selectivo, elaborado por el Servicio de Formación del Cuerpo de Bomberos, en cumplimiento de lo establecido en la Orden 1515/2019, de 16 de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

JUEVES 8 DE SEPTIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 214

d) Utilizar telefonía móvil o cualquier otro dispositivo electrónico no autorizado
durante las clases y exámenes.
e) Realizar filmaciones de video/audio o tomar fotografías salvo autorización
expresa.
f) Utilizar el uniforme fuera de las actividades propuestas a lo largo del período
de formación. No podrá vestirse en los desplazamientos salvo autorización
expresa del Servicio de Formación.
g) Los adornos, complementos externos y similares que supongan o puedan suponer algún riesgo para la integridad física del alumno. Será el Servicio de
Formación de Bomberos el que en cada caso lo determine.
SANCIONES
El incumplimiento de cualquiera de los deberes y obligaciones del alumno supondrá
la emisión de un apercibimiento escrito si es que se trata de una primera vez y no puede entenderse como una acción u omisión de gravedad.
A partir de la consecución de un segundo incumplimiento que se produzca durante el
curso, sea/n de la misma o distinta naturaleza, se aplicará la penalización de puntuación que
corresponda de acuerdo con el siguiente baremo:
— 10 por 100 de penalización en el parcial por cada incumplimiento.
— 20 por 100 de penalización en el parcial por cada incumplimiento, cuando se trate
de una falsificación del control de asistencia o cualquier forma de suplantación de
identidad, o cuando se justifique por parte del Servicio de Formación la gravedad
del suceso con perjuicio igualmente grave para el proceso, el personal, las instalaciones o los equipos.
APTITUD Y CAPACIDAD FUNCIONAL
Ante la detección en cualquier momento del curso, por parte de los responsables del
mismo, de una falta de aptitud, capacidad funcional o incorrecta adaptación del aspirante a
las situaciones planteadas, el Servicio de Formación podrá realizar cuantas pruebas se estimen oportunas a fin de comprobar que el alumno las ha adquirido, aun cuando el alumno
hubiera superado hasta ese momento todas las materias y actividades impartidas.
Estas pruebas también tendrán carácter de evaluación y, en caso de no ser superadas,
se emitirá en un plazo máximo de 10 días informe del Servicio de Formación a la Dirección
General de Emergencias para que, a su vez, esta lo remita al Tribunal Calificador a efectos
de que se valore su exclusión del proceso selectivo.
FUERZA MAYOR
En relación al punto 8.5 de las bases de la convocatoria, aprobadas mediante Orden 1515/2019, de 16 de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, los aspirantes que no pudieran realizar el curso por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo, previa
solicitud, en la convocatoria siguiente intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
En Las Rozas, a 2 de septiembre de 2022.—El Director General de Emergencias, Pedro Antonio Ruiz Escobar.

BOCM-20220908-2

Pág. 14

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID