B) Autoridades y Personal - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20220908-2)
Convocatoria curso selectivo – Resolución de 2 de septiembre de 2022, del Director General de Emergencias, por la que se da publicidad al calendario, programa y regulación del curso selectivo, elaborado por el Servicio de Formación del Cuerpo de Bomberos, en cumplimiento de lo establecido en la Orden 1515/2019, de 16 de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 214
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 13
de equipo, que será la misma para cada uno de los componentes del mismo, salvo manifiesta incapacidad de alguno de sus miembros.
La nota de una recuperación superada será de 5 puntos o del mínimo establecido para
el aprobado.
La nota final del curso selectivo podrá verse afectada por la reducción porcentual que
pudiera corresponder, en aplicación del régimen de sanciones previsto en la presente resolución. Si, por aplicación de las reducciones que correspondan, el aspirante obtiene una nota
inferior al aprobado, el Servicio de Formación emitirá a esta Dirección General informe inmediato en el que se constate la no superación del curso selectivo y se obre de acuerdo a lo
previsto en la base 8.3 de la Orden 1515/2018, de 16 de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno.
Sin perjuicio de las normas establecidas en el punto 8.3 de la Orden 1515/2019, de 16
de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, se
aplicarán las siguientes normas de obligado cumplimiento:
1. La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del curso
selectivo es obligatoria:
— Cualquier ausencia deberá estar justificada, preavisada y autorizada por el coordinador del curso o persona/s en quien/es este hubiera podido delegar.
— Todas las causas justificadas serán documentadas y remitidas al Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid para su valoración.
— El retraso a la incorporación a una clase teórica supondrá la ausencia completa a
dicha clase, y se deberá esperar a que comience la clase siguiente, para no interrumpir su desarrollo. Si se trata de una clase práctica, deberá esperar en las proximidades a la autorización del instructor para incorporarse a la misma.
— Sobrepasar el 20 por 100 del tiempo de un módulo formativo en ausencias, aunque estuvieran debidamente justificadas, supondrá la emisión inmediata de informe de no superación del curso por parte del Servicio de Formación a esta Dirección General.
— La ausencia a una prueba de evaluación, examen o recuperación, ya fuera ordinario o extraordinario, supondrá el suspenso del mismo, siempre que no se haya previsto alternativa por parte del Servicio de Formación.
2. El perfecto comportamiento del aspirante es una cuestión capital de cara a la superación del curso selectivo. A tal efecto, deben considerarse como deberes y obligaciones,
entre otros, los siguientes:
— Mostrar la debida consideración y respeto tanto a los superiores, instructores,
compañeros como al personal de las instalaciones.
— Mantener en todo momento una compostura digna y apropiada con el régimen docente, debiendo evitar el inicio o participación en altercados, riñas, etcétera.
— Cuidar el material, instalaciones, uniforme, etc., evitando que se deteriore o dañe
de forma innecesaria.
— Acatar las medidas colectivas de prevención de riesgos laborales establecidas para
el ejercicio de las diferentes actividades prácticas y de los espacios en los que se
desarrollen.
— Hacer uso puntual y al inicio de cada actividad de la uniformidad y EPI que en
cada caso pudieran corresponder de acuerdo con lo previsto por el instructor o responsable de la actividad.
— Cumplir las normas de comportamiento y funcionamiento de aquellas instalaciones donde se realicen las actividades formativas. A tal efecto debe entenderse
prohibido:
a) Fumar en las aulas y vestuarios, observándose en todo caso las prohibiciones
específicas al respecto que haya en las diferentes dependencias de cada centro en donde se desarrolle la acción formativa.
b) El consumo de alcohol y otras drogas que puedan ser dañinas para la salud del
alumno y afectar al buen funcionamiento y desarrollo del curso.
c) Comer dentro de las aulas y zonas de maniobras salvo autorización. Estará
permitido beber agua y/o líquido isotónico.
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DEBERES Y OBLIGACIONES
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de equipo, que será la misma para cada uno de los componentes del mismo, salvo manifiesta incapacidad de alguno de sus miembros.
La nota de una recuperación superada será de 5 puntos o del mínimo establecido para
el aprobado.
La nota final del curso selectivo podrá verse afectada por la reducción porcentual que
pudiera corresponder, en aplicación del régimen de sanciones previsto en la presente resolución. Si, por aplicación de las reducciones que correspondan, el aspirante obtiene una nota
inferior al aprobado, el Servicio de Formación emitirá a esta Dirección General informe inmediato en el que se constate la no superación del curso selectivo y se obre de acuerdo a lo
previsto en la base 8.3 de la Orden 1515/2018, de 16 de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno.
Sin perjuicio de las normas establecidas en el punto 8.3 de la Orden 1515/2019, de 16
de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, se
aplicarán las siguientes normas de obligado cumplimiento:
1. La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del curso
selectivo es obligatoria:
— Cualquier ausencia deberá estar justificada, preavisada y autorizada por el coordinador del curso o persona/s en quien/es este hubiera podido delegar.
— Todas las causas justificadas serán documentadas y remitidas al Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid para su valoración.
— El retraso a la incorporación a una clase teórica supondrá la ausencia completa a
dicha clase, y se deberá esperar a que comience la clase siguiente, para no interrumpir su desarrollo. Si se trata de una clase práctica, deberá esperar en las proximidades a la autorización del instructor para incorporarse a la misma.
— Sobrepasar el 20 por 100 del tiempo de un módulo formativo en ausencias, aunque estuvieran debidamente justificadas, supondrá la emisión inmediata de informe de no superación del curso por parte del Servicio de Formación a esta Dirección General.
— La ausencia a una prueba de evaluación, examen o recuperación, ya fuera ordinario o extraordinario, supondrá el suspenso del mismo, siempre que no se haya previsto alternativa por parte del Servicio de Formación.
2. El perfecto comportamiento del aspirante es una cuestión capital de cara a la superación del curso selectivo. A tal efecto, deben considerarse como deberes y obligaciones,
entre otros, los siguientes:
— Mostrar la debida consideración y respeto tanto a los superiores, instructores,
compañeros como al personal de las instalaciones.
— Mantener en todo momento una compostura digna y apropiada con el régimen docente, debiendo evitar el inicio o participación en altercados, riñas, etcétera.
— Cuidar el material, instalaciones, uniforme, etc., evitando que se deteriore o dañe
de forma innecesaria.
— Acatar las medidas colectivas de prevención de riesgos laborales establecidas para
el ejercicio de las diferentes actividades prácticas y de los espacios en los que se
desarrollen.
— Hacer uso puntual y al inicio de cada actividad de la uniformidad y EPI que en
cada caso pudieran corresponder de acuerdo con lo previsto por el instructor o responsable de la actividad.
— Cumplir las normas de comportamiento y funcionamiento de aquellas instalaciones donde se realicen las actividades formativas. A tal efecto debe entenderse
prohibido:
a) Fumar en las aulas y vestuarios, observándose en todo caso las prohibiciones
específicas al respecto que haya en las diferentes dependencias de cada centro en donde se desarrolle la acción formativa.
b) El consumo de alcohol y otras drogas que puedan ser dañinas para la salud del
alumno y afectar al buen funcionamiento y desarrollo del curso.
c) Comer dentro de las aulas y zonas de maniobras salvo autorización. Estará
permitido beber agua y/o líquido isotónico.
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DEBERES Y OBLIGACIONES