Boadilla del Monte (BOCM-20220906-39)
Organización y funcionamiento. Ordenanza animales de compañía
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE SEPTIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 212

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
39

BOADILLA DEL MONTE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 15 de julio de 2022, aprobó definitivamente la modificación de la ordenanza municipal reguladora de tenencia de animales
de compañía de Boadilla del Monte.
Transcurrido el plazo señalado en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de
la misma se procede a la publicación del texto íntegro de la ordenanza aprobada, que entrará en vigor, de conformidad con lo dispuesto en su disposición final, al día siguiente de su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y cuyo texto es el siguiente:
«ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE TENENCIA
DE ANIMALES DE COMPAÑÍA DE BOADILLA DEL MONTE

La Comunidad de Madrid no ha sido ajena al movimiento de sensibilización a favor de
los animales y puede afirmarse que figura en la vanguardia del movimiento de protección
animal, siendo la pionera en regular esta materia con la promulgación de la Ley 1/1990,
de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos, cuando recogiendo el sentir
social de aquellos momentos por los derechos de los animales, el maltrato y el abandono,
supo trasladar este sentir a una norma con rango de ley.
Este municipio, siguiendo la estela marcada por la Comunidad de Madrid, aprobó su
ordenanza municipal de tenencia, control y protección de animales el 24 de febrero de 2012,
cuyo texto fue publicado íntegramente el en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 14 de julio de 2012.
Aunque fueron muchos los logros conseguidos, desde entonces, el giro en la actitud de
las personas hacia el trato que reciben los animales, el incremento en las actividades económicas y comerciales relacionadas con los mismos, el aumento en la tenencia doméstica
de especies distintas de las tradicionalmente consideradas como animales de compañía, y
el rechazo de la sociedad madrileña al sacrificio de animales de compañía, unido a la dispersión de normas sectoriales en la materia, hicieron imprescindible fijar, en el marco de
las competencia de protección animal de la Comunidad de Madrid, una regulación genérica de protección que recogiera los principios de respeto, defensa y prohibición del sacrificio de los animales de compañía, dando lugar a la Ley 4/2016, de Protección de los Animales de Compañía, que ha supuesto la derogación expresa de la Ley 1/1990, de Protección de
Animales Domésticos.
La presente ordenanza obedece a la necesidad de abordar la actualización de la normativa municipal en materia de protección de animales de compañía, estando justificada por
razón del interés general, que no es otro que el de garantizar los derechos establecidos en la
legislación general para los animales y para las personas.
La ordenanza se ajusta a los principios regulados en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en virtud del cual, éstas en el ejercicio de la potestad reglamentaria, “actuarán de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia”.
Los objetivos que persigue son mejorar la vigente regulación, adaptándola al marco legal actual sobre los animales de compañía: la tenencia, protección y defensa, venta de animales de compañía, silvestres y exóticos, incluyendo a los que, por su definición, son animales de explotación o de producción pero son utilizados como animales de compañía, y
los derechos y obligaciones que se desprenden de la misma armonizando éstos con la tranquilidad, seguridad, salud pública, salubridad pública de los espacios públicos y privados,

BOCM-20220906-39

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS