Fresnedillas de la Oliva (BOCM-20220906-42)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
MARTES 6 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 212
Los cursos en los que no se acredite el número de horas no serán valorados. No se
valorarán las titulaciones académicas exigidas por el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, para el acceso a los distintos Grupos de titulación, ni los cursos encaminados a la obtención de las mismas.
Puntuación máxima: 1,0 puntos.
2.d) Por estar en posesión del permiso de conducir clase B o superior. Se otorgarán
dos 2 puntos.
Puntuación máxima: 2,0 puntos.
La puntuación máxima, obtenida mediante la suma de todos los méritos académicos
será de 4 puntos.
La puntuación máxima en la fase de concurso será de diez (10) puntos.
Novena. Sistema de acreditación de los méritos
Los méritos señalados en la Base anterior, serán acreditados por los aspirantes mediante la presentación de los siguientes documentos:
1. Méritos profesionales:
1.a) Mediante la presentación de certificado de servicios prestados expedidos por la
Administración Pública, acompañada de vida laboral.
1.b) Mediante la presentación de certificado de servicios prestados expedidos por la
Administración Pública, acompañada de vida laboral.
1.c) Mediante la presentación de certificado de servicios prestados expedidos por la
Administración Pública, acompañada de vida laboral.
2. Méritos académicos:
2.a) Mediante la presentación de título académico o profesional oficial de nivel igual
o superior y distinto del requerido para el acceso al cuerpo, escala, categoría o
puesto.
2.b) Mediante la presentación de título, diploma o certificación que exprese la duración de los mismos.
2.c) Mediante la presentación de certificado de servicios prestados expedidos por la
Administración Pública correspondiente.
2.d) Mediante la presentación de copia del permiso de conducir clase B o superior.
Décima. Puntuaciones finales y lista de aprobados
La puntuación máxima de todos los méritos, académicos y profesionales, será
de 10 puntos, resultando eliminados los aspirantes que no lleguen a 5 puntos.
La calificación final de los procesos selectivos será la suma de los puntos obtenidos en
la única fase del proceso, siendo esta de concurso.
El tribunal de selección declarará superadas las pruebas selectivas a todos aquellos aspirantes que superen la puntuación mínima de cinco puntos, sin perjuicio de lo establecido
en el art. 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y, a estos efectos,
cuando haya propuesto igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, a fin de
asegurar su cobertura, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados antes de la formalización del contrato, el órgano convocante propondrá la contratación del siguiente aspirante que haya superado el proceso selectivo.
En caso de empate en la fase de concurso, se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que establece que en caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a la otorgada a los méritos enunciados en el apartado primero del referido artículo.
Se seguirá el siguiente orden:
a) Quien tenga más puntuación en servicios prestados, apartado 1.a) de méritos profesionales, de las presentes bases.
b) Quien tenga más puntuación en servicios prestados, apartado 2.b) de méritos profesionales, de las presentes bases.
c) Quien tenga más puntuación en servicios prestados en tramitación electrónica, establecidos en el apartado 2.c), de méritos académicos de las presentes bases.
d) En caso de persistir el empate se resolverá mediante sorteo.
BOCM-20220906-42
Pág. 146
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 212
Los cursos en los que no se acredite el número de horas no serán valorados. No se
valorarán las titulaciones académicas exigidas por el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, para el acceso a los distintos Grupos de titulación, ni los cursos encaminados a la obtención de las mismas.
Puntuación máxima: 1,0 puntos.
2.d) Por estar en posesión del permiso de conducir clase B o superior. Se otorgarán
dos 2 puntos.
Puntuación máxima: 2,0 puntos.
La puntuación máxima, obtenida mediante la suma de todos los méritos académicos
será de 4 puntos.
La puntuación máxima en la fase de concurso será de diez (10) puntos.
Novena. Sistema de acreditación de los méritos
Los méritos señalados en la Base anterior, serán acreditados por los aspirantes mediante la presentación de los siguientes documentos:
1. Méritos profesionales:
1.a) Mediante la presentación de certificado de servicios prestados expedidos por la
Administración Pública, acompañada de vida laboral.
1.b) Mediante la presentación de certificado de servicios prestados expedidos por la
Administración Pública, acompañada de vida laboral.
1.c) Mediante la presentación de certificado de servicios prestados expedidos por la
Administración Pública, acompañada de vida laboral.
2. Méritos académicos:
2.a) Mediante la presentación de título académico o profesional oficial de nivel igual
o superior y distinto del requerido para el acceso al cuerpo, escala, categoría o
puesto.
2.b) Mediante la presentación de título, diploma o certificación que exprese la duración de los mismos.
2.c) Mediante la presentación de certificado de servicios prestados expedidos por la
Administración Pública correspondiente.
2.d) Mediante la presentación de copia del permiso de conducir clase B o superior.
Décima. Puntuaciones finales y lista de aprobados
La puntuación máxima de todos los méritos, académicos y profesionales, será
de 10 puntos, resultando eliminados los aspirantes que no lleguen a 5 puntos.
La calificación final de los procesos selectivos será la suma de los puntos obtenidos en
la única fase del proceso, siendo esta de concurso.
El tribunal de selección declarará superadas las pruebas selectivas a todos aquellos aspirantes que superen la puntuación mínima de cinco puntos, sin perjuicio de lo establecido
en el art. 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y, a estos efectos,
cuando haya propuesto igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, a fin de
asegurar su cobertura, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados antes de la formalización del contrato, el órgano convocante propondrá la contratación del siguiente aspirante que haya superado el proceso selectivo.
En caso de empate en la fase de concurso, se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que establece que en caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a la otorgada a los méritos enunciados en el apartado primero del referido artículo.
Se seguirá el siguiente orden:
a) Quien tenga más puntuación en servicios prestados, apartado 1.a) de méritos profesionales, de las presentes bases.
b) Quien tenga más puntuación en servicios prestados, apartado 2.b) de méritos profesionales, de las presentes bases.
c) Quien tenga más puntuación en servicios prestados en tramitación electrónica, establecidos en el apartado 2.c), de méritos académicos de las presentes bases.
d) En caso de persistir el empate se resolverá mediante sorteo.
BOCM-20220906-42
Pág. 146
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID