C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20220906-14)
Concesión ayudas – Orden 2323/2022, de 23 de agosto, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se conceden ciento cincuenta ayudas para la realización de contratos para ayudantes de investigación y noventa y nueve ayudas para la realización de contratos para Técnicos de Laboratorio, correspondientes a la convocatoria 2021, por importe de 10.512.000 euros
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 212
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 51
cualquiera que sea su naturaleza, a la Asamblea de Madrid, al Tribunal de Cuentas y a la
Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 114 de la
Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid,
y 5 de la Ley 11/1999, de 29 de abril, de la Cámara de Cuentas.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde el día
siguiente al de la publicación de la presente orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o directamente el recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.
Madrid, a 23 de agosto de 2022.
BOCM-20220906-14
El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades,
ENRIQUE OSSORIO CRESPO
B.O.C.M. Núm. 212
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 51
cualquiera que sea su naturaleza, a la Asamblea de Madrid, al Tribunal de Cuentas y a la
Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 114 de la
Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid,
y 5 de la Ley 11/1999, de 29 de abril, de la Cámara de Cuentas.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde el día
siguiente al de la publicación de la presente orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o directamente el recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.
Madrid, a 23 de agosto de 2022.
BOCM-20220906-14
El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades,
ENRIQUE OSSORIO CRESPO