Madrid número 37 (BOCM-20220905-51)
Procedimiento 1847/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 211
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 299
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
51
MADRID NÚMERO 37
EDICTO
D./DÑA. AMELIA DEL VALLE ZAPICO LETRADO/A DE LA ADMINISTRACION
DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N° 37 DE MADRID
DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el juicio sobre delitos leves n° 1847/2021 se ha
dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
SENTENCIA N° 59/2022
En Madrid, a veintitrés de febrero de dos mil veintidós
Doña PURIFICACION ELISA ROMERO PAREDES, MAGISTRADA-JUEZ del
Juzgado de Instrucción n° 37 de Madrid, ha visto los presentes Autos de juicio por delito
leve N° 1847/2021, seguidos por delito leve de hurto, con intervención del Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción pública, siendo perjudicada la entidad Lefties España, S.A.,
y denunciados IBRAHIM EL MORABIT y ISMAIL LOUAD, constando en Autos, sus demás circunstancias personales.
Recayendo la presente Resolución en Base a los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por turno de reparto se tuvo noticia en este Juzgado de los hechos por los
que se siguieron las presentes actuaciones y, previos los trámites legales, se dictó resolución, señalándose para la celebración del juicio correspondiente, citando a los implicados
para el día fijado, llegando el cual se celebró el acto con el resultado que figura en autos.
SEGUNDO.- El Ministerio Fiscal a la vista de lo expuesto informó en el sentido de interesar la condena de IBRAHIM EL MORABIT, como autor responsable de un DelitoLeve de hurto en grado de tentativa, penado en el art. 234.2 en relación con los arts. 16 y 62
del Código Penal, a la pena de multa de veinticinco días, a razón de una cuota diaria de cuatro euros, con la responsabilidad personal subsidiaria del art. 53 del Código Penal, en caso
de impago de la multa.
Asimismo solicitó la libre absolución de ISMAIL LOUAD por falta de pruebas.
TERCERO.- La letrada Sra. Ortiz Hornos, en representación y defensa de Lefties España, S.A, interesó la condena de ambos denunciados como autores responsables de un delito leve de hurto en grado de tentativa, a la pena de multa de veinticinco días a razón de
una cuota diaria de cuatro euros, en relación con cada uno de ellos.
CUARTO.- El letrado Sr. Ruiz Lolo, en defensa de IBRAHIM EL MORABIT interesó a libre absolución de su patrocinado por falta de pruebas; y con carácter subsidiario, para
el caso de que se dictase una sentencia condenatoria, solicitó que la pena que se le impusiese fuese la de multa de quince días, a razón de una cuota diaria de dos euros.
PRIMERO.- El día 15 de septiembre de 2021, sobre las 16:45 horas, IBRAHIM EL
MORABIT e ISMAIL LOUAD, se encontraban en el establecimiento Lefties situado en la
Avenida Gran Vía, numero 32 de Madrid, y en la planta de caballero tomaron seis prendas,
subieron a la planta primera, se introdujeron en los probadores y cuando salieron de los mismos dejaron cinco prendas y se dirigieron a la salida de la tienda.
IBRAHIM EL MORABIT con el propósito de obtener un beneficio patrimonial ilícito, se había puesto un pantalón por debajo del pantalón que vestía; siendo interceptado y recuperada dicha prenda cuyo precio ascendía 19,99 euros, y que no había satisfecho; sin que
conste acreditado que ISMAIL LOUAD estuviese de común acuerdo con IBRAHIM EL
MORABIT para la realización de tal hecho, ni que hubiese participado y contribuido a tal
sustracción en ejecución de un plan preconcebido con IBRAHIM EL MORABIT.
BOCM-20220905-51
HECHOS PROBADOS
B.O.C.M. Núm. 211
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 299
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
51
MADRID NÚMERO 37
EDICTO
D./DÑA. AMELIA DEL VALLE ZAPICO LETRADO/A DE LA ADMINISTRACION
DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N° 37 DE MADRID
DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el juicio sobre delitos leves n° 1847/2021 se ha
dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
SENTENCIA N° 59/2022
En Madrid, a veintitrés de febrero de dos mil veintidós
Doña PURIFICACION ELISA ROMERO PAREDES, MAGISTRADA-JUEZ del
Juzgado de Instrucción n° 37 de Madrid, ha visto los presentes Autos de juicio por delito
leve N° 1847/2021, seguidos por delito leve de hurto, con intervención del Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción pública, siendo perjudicada la entidad Lefties España, S.A.,
y denunciados IBRAHIM EL MORABIT y ISMAIL LOUAD, constando en Autos, sus demás circunstancias personales.
Recayendo la presente Resolución en Base a los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por turno de reparto se tuvo noticia en este Juzgado de los hechos por los
que se siguieron las presentes actuaciones y, previos los trámites legales, se dictó resolución, señalándose para la celebración del juicio correspondiente, citando a los implicados
para el día fijado, llegando el cual se celebró el acto con el resultado que figura en autos.
SEGUNDO.- El Ministerio Fiscal a la vista de lo expuesto informó en el sentido de interesar la condena de IBRAHIM EL MORABIT, como autor responsable de un DelitoLeve de hurto en grado de tentativa, penado en el art. 234.2 en relación con los arts. 16 y 62
del Código Penal, a la pena de multa de veinticinco días, a razón de una cuota diaria de cuatro euros, con la responsabilidad personal subsidiaria del art. 53 del Código Penal, en caso
de impago de la multa.
Asimismo solicitó la libre absolución de ISMAIL LOUAD por falta de pruebas.
TERCERO.- La letrada Sra. Ortiz Hornos, en representación y defensa de Lefties España, S.A, interesó la condena de ambos denunciados como autores responsables de un delito leve de hurto en grado de tentativa, a la pena de multa de veinticinco días a razón de
una cuota diaria de cuatro euros, en relación con cada uno de ellos.
CUARTO.- El letrado Sr. Ruiz Lolo, en defensa de IBRAHIM EL MORABIT interesó a libre absolución de su patrocinado por falta de pruebas; y con carácter subsidiario, para
el caso de que se dictase una sentencia condenatoria, solicitó que la pena que se le impusiese fuese la de multa de quince días, a razón de una cuota diaria de dos euros.
PRIMERO.- El día 15 de septiembre de 2021, sobre las 16:45 horas, IBRAHIM EL
MORABIT e ISMAIL LOUAD, se encontraban en el establecimiento Lefties situado en la
Avenida Gran Vía, numero 32 de Madrid, y en la planta de caballero tomaron seis prendas,
subieron a la planta primera, se introdujeron en los probadores y cuando salieron de los mismos dejaron cinco prendas y se dirigieron a la salida de la tienda.
IBRAHIM EL MORABIT con el propósito de obtener un beneficio patrimonial ilícito, se había puesto un pantalón por debajo del pantalón que vestía; siendo interceptado y recuperada dicha prenda cuyo precio ascendía 19,99 euros, y que no había satisfecho; sin que
conste acreditado que ISMAIL LOUAD estuviese de común acuerdo con IBRAHIM EL
MORABIT para la realización de tal hecho, ni que hubiese participado y contribuido a tal
sustracción en ejecución de un plan preconcebido con IBRAHIM EL MORABIT.
BOCM-20220905-51
HECHOS PROBADOS