C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220903-3)
Convenio colectivo – Resolución de 21 de agosto de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Gategourmet Spain, S. L. (código número 28002182011986)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 210
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 3 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 57
De esta forma quedaría eliminado el antiguo plus de contratación/retención para aquellos
conductores que lo estuvieran percibiendo, llevando el importe de este plus a otro de mejora
voluntaria.
2- Normalización estructura retributiva niveles salariales IVA y IVB. Se acuerda dotar un
complemento de puesto para las siguientes posiciones de los niveles salariales IVA y IVB:
— Jefe de partida (nivel IVA): se establece un complemento de puesto que, junto a los actuales
conceptos de salario base y plus vestuario/uniformidad, totalice la cantidad de 23.000 euros
brutos anuales para 2023.
— Supervisor (nivel IVA): se acuerda establecer un complemento de puesto que complemente a
los actuales conceptos de salario base, plus vestuario/uniformidad y PTHF, hasta la cantidad de
23.000 euros brutos anuales desde el mes de octubre de 2022.
— Encargado (nivel IVB): se acuerda establecer un complemento de puesto que complemente a
los actuales conceptos de salario base, plus vestuario/uniformidad hasta la cantidad de 21.000
euros brutos anuales desde el mes de octubre de 2022.
El importe del complemento de puesto será calculado conforme las tablas de aplicación para el
ejercicio 2023 (desde el mes de octubre de 2022 para los Supervisores y Encargados), por tanto,
los citados importes en las tres posiciones, indicará la totalidad del salario bruto a percibir para dicho
ejercicio.
Sexta
Solución Extrajudicial de Conflictos
Los firmantes acuerdan adherirse íntegramente y sin condicionamiento alguno al acuerdo sobre
Sistema de Soluciones Extrajudiciales de Conflictos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de
Madrid.
Séptima
Plan de igualdad
Las partes están satisfechas con el Plan de igualdad aprobado, adhiriéndose al mismo de acuerdo
con la norma legal vigente, reconociendo el mismo rango en cuanto a negociación colectiva.
DISPOSICIONES FINALES
Primera
a) El presente convenio se registrará y publicará de acuerdo con las prescripciones legales.
b) La empresa entregará a los trabajadores solicitantes una copia del convenio colectivo vigente.
c) Del mismo modo, las partes firmantes se comprometen a que periódicamente y en todo caso al
personal de nuevo ingreso se le facilite información sobre las condiciones laborales y de
seguridad de la empresa y de su puesto.
Segunda
BOCM-20220903-3
En lo no previsto en este convenio, se estará a la legislación vigente.
B.O.C.M. Núm. 210
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 3 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 57
De esta forma quedaría eliminado el antiguo plus de contratación/retención para aquellos
conductores que lo estuvieran percibiendo, llevando el importe de este plus a otro de mejora
voluntaria.
2- Normalización estructura retributiva niveles salariales IVA y IVB. Se acuerda dotar un
complemento de puesto para las siguientes posiciones de los niveles salariales IVA y IVB:
— Jefe de partida (nivel IVA): se establece un complemento de puesto que, junto a los actuales
conceptos de salario base y plus vestuario/uniformidad, totalice la cantidad de 23.000 euros
brutos anuales para 2023.
— Supervisor (nivel IVA): se acuerda establecer un complemento de puesto que complemente a
los actuales conceptos de salario base, plus vestuario/uniformidad y PTHF, hasta la cantidad de
23.000 euros brutos anuales desde el mes de octubre de 2022.
— Encargado (nivel IVB): se acuerda establecer un complemento de puesto que complemente a
los actuales conceptos de salario base, plus vestuario/uniformidad hasta la cantidad de 21.000
euros brutos anuales desde el mes de octubre de 2022.
El importe del complemento de puesto será calculado conforme las tablas de aplicación para el
ejercicio 2023 (desde el mes de octubre de 2022 para los Supervisores y Encargados), por tanto,
los citados importes en las tres posiciones, indicará la totalidad del salario bruto a percibir para dicho
ejercicio.
Sexta
Solución Extrajudicial de Conflictos
Los firmantes acuerdan adherirse íntegramente y sin condicionamiento alguno al acuerdo sobre
Sistema de Soluciones Extrajudiciales de Conflictos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de
Madrid.
Séptima
Plan de igualdad
Las partes están satisfechas con el Plan de igualdad aprobado, adhiriéndose al mismo de acuerdo
con la norma legal vigente, reconociendo el mismo rango en cuanto a negociación colectiva.
DISPOSICIONES FINALES
Primera
a) El presente convenio se registrará y publicará de acuerdo con las prescripciones legales.
b) La empresa entregará a los trabajadores solicitantes una copia del convenio colectivo vigente.
c) Del mismo modo, las partes firmantes se comprometen a que periódicamente y en todo caso al
personal de nuevo ingreso se le facilite información sobre las condiciones laborales y de
seguridad de la empresa y de su puesto.
Segunda
BOCM-20220903-3
En lo no previsto en este convenio, se estará a la legislación vigente.