B) Autoridades y Personal - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20220903-1)
Concurso de traslados – Resolución de 18 de agosto de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Justicia, por la que se convocan a concurso de traslado plazas vacantes entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
SÁBADO 3 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 210
Tendrán en cuenta básicamente lo siguiente:
— No se presentará ninguna instancia de participación en el concurso en formato
papel.
— El uso del Asistente de Inscripción ya no es solo para confeccionar la instancia,
sino que es un proceso de inscripción completo, es decir, que una vez grabada y
confirmada la instancia en dicho Asistente, dentro del plazo establecido, ya estará presentada en el Departamento correspondiente del Ministerio de Justicia.
— Si alguno de los solicitantes quisiera modificar una instancia ya confirmada,
dentro del plazo de presentación de solicitudes, podrá volver a generar y confirmar una nueva a través del Asistente de Inscripción.
— Dentro del período de inscripción, se pueden generar y confirmar tantas instancias como se desee, teniendo en cuenta que solo tendrá validez en el concurso
la última instancia presentada, es decir, que una vez grabada y confirmada la
primera instancia, cada nueva acción realizada (Nueva instancia grabada y
confirmada, o renuncia a la participación en el concurso), anulará la acción
realizada anteriormente, por lo que quedará activa únicamente la última.
— Se pueden presentar, junto con la instancia, los documentos necesarios en los
casos en los que se requiera.
— Serán rechazadas aquellas solicitudes que no se hayan confeccionado telemáticamente con dicho Asistente de Inscripción.
C) Renuncias:
Durante el plazo de presentación de instancias, los participantes podrán presentar cuantas instancias crean oportuno, así como renunciar a la participación en concurso, manteniéndose activa únicamente, como ya se ha indicado en el punto B, la última acción realizada.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, podrán renunciar a la participación en el concurso, según lo indicado en la base primera, punto 7, pero no se podrá realizar a
través del Asistente de Inscripción, pues ya estará cerrado a modificaciones, por lo que enviarán
firmado y escaneado el anexo IV (Modelo de alegaciones), junto con la documentación justificativa de dicha renuncia, a través del correo electrónico concursos.admonjusticia@mjusticia.es
Al enviar el correo electrónico, indicarán en el apartado “Asunto”: Renuncia, en un
único fichero, el cual tendrá la denominación del nombre, apellidos, NIF y modelo de instancia del interesado (ejemplo: “Luis Pérez Pérez 000000000k V-1”).
Quinta
Peticiones condicionadas
Caso de estar interesados en las vacantes que se anuncian para un mismo municipio, partido judicial o provincia dos funcionarios del mismo o distinto Cuerpo, podrán condicionar su
petición al hecho de que ambos obtengan destino en el mismo municipio, partido judicial o
provincia, entendiéndose en caso contrario desistidas las peticiones condicionadas efectuadas
por ambos. Los funcionarios que se acojan a esta petición condicionada, deberán concretarlo
en su instancia en el apartado C, especificando el nombre y apellidos y NIF de la persona con
quien condiciona y acompañar fotocopia de la solicitud del otro funcionario. Si alguno de los
concursantes no lo indicase en el apartado C quedarán anuladas ambas instancias.
Por el hecho de rellenar el apartado C de la instancia se entiende que se acogen a la petición condicionada prevista en el artículo 48.2 del Reglamento de Ingreso y Provisión de
Puestos de Trabajo en todos los números de orden solicitados.
Sexta
Tramitación
Por el Ministerio de Justicia se efectuará la baremación en función a las bases de datos de antigüedad e idioma obrantes en estas dependencias y a los datos que figuren en las
solicitudes, pudiendo solicitar información complementaria a las comunidades autónomas
con competencias transferidas, si fuera necesario.
Séptima
Adjudicaciones
1. El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado
por la puntuación total obtenida según los baremos establecidos en la base tercera de esta
convocatoria.
BOCM-20220903-1
Pág. 10
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 3 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 210
Tendrán en cuenta básicamente lo siguiente:
— No se presentará ninguna instancia de participación en el concurso en formato
papel.
— El uso del Asistente de Inscripción ya no es solo para confeccionar la instancia,
sino que es un proceso de inscripción completo, es decir, que una vez grabada y
confirmada la instancia en dicho Asistente, dentro del plazo establecido, ya estará presentada en el Departamento correspondiente del Ministerio de Justicia.
— Si alguno de los solicitantes quisiera modificar una instancia ya confirmada,
dentro del plazo de presentación de solicitudes, podrá volver a generar y confirmar una nueva a través del Asistente de Inscripción.
— Dentro del período de inscripción, se pueden generar y confirmar tantas instancias como se desee, teniendo en cuenta que solo tendrá validez en el concurso
la última instancia presentada, es decir, que una vez grabada y confirmada la
primera instancia, cada nueva acción realizada (Nueva instancia grabada y
confirmada, o renuncia a la participación en el concurso), anulará la acción
realizada anteriormente, por lo que quedará activa únicamente la última.
— Se pueden presentar, junto con la instancia, los documentos necesarios en los
casos en los que se requiera.
— Serán rechazadas aquellas solicitudes que no se hayan confeccionado telemáticamente con dicho Asistente de Inscripción.
C) Renuncias:
Durante el plazo de presentación de instancias, los participantes podrán presentar cuantas instancias crean oportuno, así como renunciar a la participación en concurso, manteniéndose activa únicamente, como ya se ha indicado en el punto B, la última acción realizada.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, podrán renunciar a la participación en el concurso, según lo indicado en la base primera, punto 7, pero no se podrá realizar a
través del Asistente de Inscripción, pues ya estará cerrado a modificaciones, por lo que enviarán
firmado y escaneado el anexo IV (Modelo de alegaciones), junto con la documentación justificativa de dicha renuncia, a través del correo electrónico concursos.admonjusticia@mjusticia.es
Al enviar el correo electrónico, indicarán en el apartado “Asunto”: Renuncia, en un
único fichero, el cual tendrá la denominación del nombre, apellidos, NIF y modelo de instancia del interesado (ejemplo: “Luis Pérez Pérez 000000000k V-1”).
Quinta
Peticiones condicionadas
Caso de estar interesados en las vacantes que se anuncian para un mismo municipio, partido judicial o provincia dos funcionarios del mismo o distinto Cuerpo, podrán condicionar su
petición al hecho de que ambos obtengan destino en el mismo municipio, partido judicial o
provincia, entendiéndose en caso contrario desistidas las peticiones condicionadas efectuadas
por ambos. Los funcionarios que se acojan a esta petición condicionada, deberán concretarlo
en su instancia en el apartado C, especificando el nombre y apellidos y NIF de la persona con
quien condiciona y acompañar fotocopia de la solicitud del otro funcionario. Si alguno de los
concursantes no lo indicase en el apartado C quedarán anuladas ambas instancias.
Por el hecho de rellenar el apartado C de la instancia se entiende que se acogen a la petición condicionada prevista en el artículo 48.2 del Reglamento de Ingreso y Provisión de
Puestos de Trabajo en todos los números de orden solicitados.
Sexta
Tramitación
Por el Ministerio de Justicia se efectuará la baremación en función a las bases de datos de antigüedad e idioma obrantes en estas dependencias y a los datos que figuren en las
solicitudes, pudiendo solicitar información complementaria a las comunidades autónomas
con competencias transferidas, si fuera necesario.
Séptima
Adjudicaciones
1. El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado
por la puntuación total obtenida según los baremos establecidos en la base tercera de esta
convocatoria.
BOCM-20220903-1
Pág. 10
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID