Fuenlabrada (BOCM-20220829-29)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

LUNES 29 DE AGOSTO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 205

De acuerdo con la base 14 de las Bases para los procesos selectivos de funcionarios/as
de carrera del Ayuntamiento de Fuenlabrada, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47, de 25 de febrero de 2014, la Administración podrá requerir en cualquier momento del procedimiento a cualquiera de las personas aspirantes la
documentación acreditativa de los requisitos para su participación en el proceso selectivo,
o de los méritos alegados. La persona aspirante deberá aportar dicha documentación en el
plazo máximo de diez días desde la notificación del requerimiento.
La falta de presentación de la documentación en el plazo señalado, o la imposibilidad
de acreditar los requisitos o méritos alegados determinará, según el caso, la exclusión del
procedimiento selectivo o la subsanación de errores en la valoración de los méritos para
adecuarla a los méritos finalmente acreditados.
5. Procedimiento de selección
El procedimiento de selección será el de concurso-oposición, y constará de las siguientes fases de carácter sucesivo:
— Concurso.
— Oposición.
6. Desarrollo de la fase de concurso
La fase de concurso será previa a la de oposición y no tendrá carácter eliminatorio. La
puntuación máxima de la fase de concurso no podrá ser superior a 8 puntos. Consistirá en
la calificación de los méritos alegados en el documento de autobaremación y la instancia de
participación y debidamente acreditados por los/las aspirantes, cuando le sean requeridos
por el Tribunal Calificador, y que en todo caso deberán estar debidamente compulsados o
cotejados de forma acreditada por funcionario/a público/a. Solo podrán valorarse aquellos
méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de admisión de instancias de la
correspondiente convocatoria.
Se valorará la experiencia profesional y la formación, según lo que los/las aspirantes
hayan declarado en el documento de autobaremación y la instancia de participación, de
acuerdo con los siguientes baremos:
A. Experiencia Profesional.
i. Por cada año o fracción superior a seis meses en la categoría de ayudante de
fontanería, como funcionario/a de carrera o personal laboral fijo/a, a partir de
dos años de antigüedad en la categoría: 0,15 puntos.
ii. Se valorará la experiencia por la realización de las funciones de la plaza convocada en comisión de servicios o habilitación provisional, únicamente cuando aquella se ha desempeñado en virtud de acuerdo adoptado por el órgano
competente en resolución administrativa firme de nombramiento de comisión
de servicios del artículo 64 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por
el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio
de la Administración general del Estado o de habilitación provisional del artículo 31 del vigente Acuerdo Colectivo de condiciones comunes de las/os
empleadas/os públicas/os del Ayuntamiento de Fuenlabrada y sus organismos
autónomos, y únicamente por una duración máxima de dos años. Por cada año
o fracción superior a seis meses, como funcionario/a de carrera o personal laboral fijo/a, 0,30 puntos.
Las valoraciones anteriores se incrementarán en un 25 por 100 cuando la experiencia profesional en el puesto o categoría se haya desempeñado en municipios
incluidos en el régimen de municipios de gran población.
La puntuación del apartado “Experiencia profesional” no podrá ser superior a 5
puntos.
B. Formación y perfeccionamiento.
B1) Formación Profesional: Por haber participado en cursos de formación y perfeccionamiento directamente relacionados con las funciones de la plaza a la
que se concurre y con el temario objeto de la convocatoria, organizados por
centros de formación universitaria debidamente acreditados, por las Administraciones Públicas o por organismos colaboradores de las mismas, o en
el marco de acciones formativas propias de planes de formación continua

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID