Fuenlabrada (BOCM-20220829-29)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 205
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE AGOSTO DE 2022
Pág. 61
prestados por los/las aspirantes en las situaciones equiparadas al servicio activo
por la legislación vigente.
C. Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se
deberá estar en posesión de la credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia conforme a la normativa que resulte de
aplicación a tal efecto.
D. Estar en posesión del permiso de conducir B.
E. No ostentar la condición de funcionario/a de carrera o personal laboral fijo/a del
Cuerpo Superior, sobre el que versa el presente proceso selectivo.
F. No haber sido separado/a del servicio, en virtud de expediente disciplinario, de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el
ejercicio de funciones públicas mediante sentencia judicial firme.
Todos los requisitos establecidos anteriormente deberán ser reunidos por el/la aspirante el día que finalice el plazo de presentación de instancias de la correspondiente convocatoria y mantenerse hasta la toma de posesión como funcionario/a de carrera del Cuerpo sobre el que versa el presente proceso selectivo.
3. Órgano de Selección
3.1. Composición: El Tribunal del proceso selectivo estará formado por un/a presidente/a, un/a secretario/a y tres vocales. Todas las personas, miembros del Tribunal, actuarán con voz y voto. La designación de las personas miembros del tribunal incluirá la de sus
respectivos suplentes. La designación de sus miembros será predominantemente técnica y
los/as vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
3.2. Asistencia técnica: El Tribunal podrá actuar asistido de asesores/as técnicos/as
con voz, pero sin voto.
3.3. Participación sindical: Actuarán como observadores/as, con voz, pero sin voto,
un representante por cada una de las secciones sindicales con representación en la Mesa General de Negociación de los empleados/as Públicos/as del Ayuntamiento de Fuenlabrada y
sus Organismos Autónomos, que designarán al titular y al suplente.
4.1. Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán a la
Alcaldía-Presidencia de esta Corporación, y se presentarán de forma electrónica en la sede
municipal www.ayto-fuenlabrada.es en la forma y plazos establecidos en la base 3.a de las
Bases Generales para los procesos selectivos de funcionarios/as de carrera del Ayuntamiento de Fuenlabrada, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47, de 25 de febrero de 2014.
4.2. Conforme establece el artículo 3 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por
expedición de documentos administrativos no estarán sujetas al pago de la Tasa por derechos de examen, las convocatorias de procesos.
4.3. Para ser admitido/a y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, los/las aspirantes deberán presentar la instancia y documento de autobaremación, en la forma y los términos que se desarrollan a continuación.
Se presentará instancia de participación, en la que el/la aspirante firmará la declaración
responsable solicitando formar parte en el proceso selectivo y declarando que:
1. Reúne todas y cada una de las condiciones exigidas tal y como se establece en la
base anterior, adjuntando un documento de autobaremación de méritos en el que
se detallen y numeren todos los méritos alegados, en el mismo orden que aparece
en las bases de convocatoria, primero de forma individual y posteriormente, computando el total, de acuerdo con los máximos establecidos en cada uno de los apartados. No será posible la alegación o presentación de méritos una vez finalizado
el plazo de presentación de instancias. Solo podrán valorarse aquellos méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de admisión de instancias. El documento de autobaremación lo encontrarán para su cumplimentación en la página
de tramitación, previo al acceso a la instancia de participación.
2. Su compromiso de aportar la documentación acreditativa de cualquiera de los requisitos o méritos alegados cuando le sean requeridos por la administración en el
plazo máximo de diez días desde el requerimiento.
BOCM-20220829-29
4. Solicitudes
B.O.C.M. Núm. 205
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE AGOSTO DE 2022
Pág. 61
prestados por los/las aspirantes en las situaciones equiparadas al servicio activo
por la legislación vigente.
C. Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se
deberá estar en posesión de la credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia conforme a la normativa que resulte de
aplicación a tal efecto.
D. Estar en posesión del permiso de conducir B.
E. No ostentar la condición de funcionario/a de carrera o personal laboral fijo/a del
Cuerpo Superior, sobre el que versa el presente proceso selectivo.
F. No haber sido separado/a del servicio, en virtud de expediente disciplinario, de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el
ejercicio de funciones públicas mediante sentencia judicial firme.
Todos los requisitos establecidos anteriormente deberán ser reunidos por el/la aspirante el día que finalice el plazo de presentación de instancias de la correspondiente convocatoria y mantenerse hasta la toma de posesión como funcionario/a de carrera del Cuerpo sobre el que versa el presente proceso selectivo.
3. Órgano de Selección
3.1. Composición: El Tribunal del proceso selectivo estará formado por un/a presidente/a, un/a secretario/a y tres vocales. Todas las personas, miembros del Tribunal, actuarán con voz y voto. La designación de las personas miembros del tribunal incluirá la de sus
respectivos suplentes. La designación de sus miembros será predominantemente técnica y
los/as vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
3.2. Asistencia técnica: El Tribunal podrá actuar asistido de asesores/as técnicos/as
con voz, pero sin voto.
3.3. Participación sindical: Actuarán como observadores/as, con voz, pero sin voto,
un representante por cada una de las secciones sindicales con representación en la Mesa General de Negociación de los empleados/as Públicos/as del Ayuntamiento de Fuenlabrada y
sus Organismos Autónomos, que designarán al titular y al suplente.
4.1. Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán a la
Alcaldía-Presidencia de esta Corporación, y se presentarán de forma electrónica en la sede
municipal www.ayto-fuenlabrada.es en la forma y plazos establecidos en la base 3.a de las
Bases Generales para los procesos selectivos de funcionarios/as de carrera del Ayuntamiento de Fuenlabrada, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47, de 25 de febrero de 2014.
4.2. Conforme establece el artículo 3 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por
expedición de documentos administrativos no estarán sujetas al pago de la Tasa por derechos de examen, las convocatorias de procesos.
4.3. Para ser admitido/a y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, los/las aspirantes deberán presentar la instancia y documento de autobaremación, en la forma y los términos que se desarrollan a continuación.
Se presentará instancia de participación, en la que el/la aspirante firmará la declaración
responsable solicitando formar parte en el proceso selectivo y declarando que:
1. Reúne todas y cada una de las condiciones exigidas tal y como se establece en la
base anterior, adjuntando un documento de autobaremación de méritos en el que
se detallen y numeren todos los méritos alegados, en el mismo orden que aparece
en las bases de convocatoria, primero de forma individual y posteriormente, computando el total, de acuerdo con los máximos establecidos en cada uno de los apartados. No será posible la alegación o presentación de méritos una vez finalizado
el plazo de presentación de instancias. Solo podrán valorarse aquellos méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de admisión de instancias. El documento de autobaremación lo encontrarán para su cumplimentación en la página
de tramitación, previo al acceso a la instancia de participación.
2. Su compromiso de aportar la documentación acreditativa de cualquiera de los requisitos o méritos alegados cuando le sean requeridos por la administración en el
plazo máximo de diez días desde el requerimiento.
BOCM-20220829-29
4. Solicitudes