Madrid (BOCM-20220825-19)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan especial
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 118
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 202
BOCM-20220825-19
En el capítulo 14 del Documento Ambiental Estratégico se incluyen medidas para el
seguimiento y programa de vigilancia ambiental. A estos efectos, el promotor remitirá al
órgano sustantivo un informe de seguimiento sobre el cumplimiento de dicho plan.
Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66.1 de la
Ley 9/2001 de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido
remitido un ejemplar del Plan Especial al Registro Administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística y que el transcrito acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo Recurso Contencioso Administrativo ante
la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de
la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
todo ello sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos.
Madrid, a 27 de julio de 2022.—El director general de Planeamiento, P. S. (Decreto
del delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano de 15 de julio de 2022), el director general de Gestión Urbanística, Jesús Ignacio Pascual Martín.—El secretario general de
Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
(03/16.500/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 118
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 202
BOCM-20220825-19
En el capítulo 14 del Documento Ambiental Estratégico se incluyen medidas para el
seguimiento y programa de vigilancia ambiental. A estos efectos, el promotor remitirá al
órgano sustantivo un informe de seguimiento sobre el cumplimiento de dicho plan.
Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66.1 de la
Ley 9/2001 de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido
remitido un ejemplar del Plan Especial al Registro Administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística y que el transcrito acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo Recurso Contencioso Administrativo ante
la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de
la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
todo ello sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos.
Madrid, a 27 de julio de 2022.—El director general de Planeamiento, P. S. (Decreto
del delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano de 15 de julio de 2022), el director general de Gestión Urbanística, Jesús Ignacio Pascual Martín.—El secretario general de
Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
(03/16.500/22)
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ISSN 1989-4791