Madrid (BOCM-20220825-19)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan especial
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 116
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 202
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
19
MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano
Expediente: 135-2021-00571.
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 20 de julio de 2022, adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Estimar parcialmente la alegación presentada durante el trámite de información pública, por las razones y en los términos señalados en el informe técnico-jurídico
de la Dirección General de Planeamiento de 5 de julio de 2022. Dicho informe estará a disposición del alegante y de los ciudadanos en general, formando parte de la documentación
que se publique en la página de transparencia del Ayuntamiento de Madrid, una vez que el
planeamiento se apruebe definitivamente.
Segundo.—Aprobar definitivamente el Plan Especial de mejora de las redes públicas
y ordenación pormenorizada en el ámbito de las dotaciones públicas de la avenida de Daroca, números 104-106, distrito de Ciudad Lineal, de iniciativa pública, de conformidad con
lo establecido en el artículo 59.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57 y 62.2 de la citada Ley.
Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, con indicación
de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística”.
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de Bases de Régimen Local, a continuación se publica los documentos con contenido normativo:
6.3. Normas de aplicación:
En este Plan Especial serán de aplicación las disposiciones incluidas en las Normas
Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de 1997, en particular, los capítulos
relativos a las condiciones particulares de los usos incluidos en el ámbito del mismo:
— Capítulo 7.8. Condiciones Particulares del Uso Dotacional Zona Verde.
— Capítulo 7.11. Condiciones Particulares del Uso Dotacional de Servicios Públicos.
— Capítulo 7.14. Condiciones Particulares del Uso Dotacional para la Vía Pública.
ANEXO DE CONSIDERACIONES AMBIENTALES PARA EL DESARROLLO
DEL PLAN ESPECIAL DE MEJORA DE LAS REDES PÚBLICAS
Y ORDENACIÓN PORMENORIZADA EN EL ÁMBITO DE LAS DOTACIONES
PÚBLICAS DE LA AVENIDA DE DAROCA, NÚMEROS 104-106.
DISTRITO DE CIUDAD LINEAL
De conformidad con lo señalado en el apartado 4.1 del informe ambiental estratégico
de 30 de junio de 2022 de la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de
Madrid se recogen en la documentación del Plan Especial las siguientes consideraciones
para el desarrollo de este.
2. Consideraciones a tener en cuenta para el desarrollo del Plan Especial
2.1. En relación con el cumplimiento de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del
Ruido, y los Reales Decretos 1513/2005, de 16 de diciembre; 1367/2007, de 19 de octubre,
y 1038/2012, de 6 de julio.
BOCM-20220825-19
1. Objeto
Pág. 116
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 202
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
19
MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano
Expediente: 135-2021-00571.
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 20 de julio de 2022, adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Estimar parcialmente la alegación presentada durante el trámite de información pública, por las razones y en los términos señalados en el informe técnico-jurídico
de la Dirección General de Planeamiento de 5 de julio de 2022. Dicho informe estará a disposición del alegante y de los ciudadanos en general, formando parte de la documentación
que se publique en la página de transparencia del Ayuntamiento de Madrid, una vez que el
planeamiento se apruebe definitivamente.
Segundo.—Aprobar definitivamente el Plan Especial de mejora de las redes públicas
y ordenación pormenorizada en el ámbito de las dotaciones públicas de la avenida de Daroca, números 104-106, distrito de Ciudad Lineal, de iniciativa pública, de conformidad con
lo establecido en el artículo 59.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57 y 62.2 de la citada Ley.
Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, con indicación
de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística”.
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de Bases de Régimen Local, a continuación se publica los documentos con contenido normativo:
6.3. Normas de aplicación:
En este Plan Especial serán de aplicación las disposiciones incluidas en las Normas
Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de 1997, en particular, los capítulos
relativos a las condiciones particulares de los usos incluidos en el ámbito del mismo:
— Capítulo 7.8. Condiciones Particulares del Uso Dotacional Zona Verde.
— Capítulo 7.11. Condiciones Particulares del Uso Dotacional de Servicios Públicos.
— Capítulo 7.14. Condiciones Particulares del Uso Dotacional para la Vía Pública.
ANEXO DE CONSIDERACIONES AMBIENTALES PARA EL DESARROLLO
DEL PLAN ESPECIAL DE MEJORA DE LAS REDES PÚBLICAS
Y ORDENACIÓN PORMENORIZADA EN EL ÁMBITO DE LAS DOTACIONES
PÚBLICAS DE LA AVENIDA DE DAROCA, NÚMEROS 104-106.
DISTRITO DE CIUDAD LINEAL
De conformidad con lo señalado en el apartado 4.1 del informe ambiental estratégico
de 30 de junio de 2022 de la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de
Madrid se recogen en la documentación del Plan Especial las siguientes consideraciones
para el desarrollo de este.
2. Consideraciones a tener en cuenta para el desarrollo del Plan Especial
2.1. En relación con el cumplimiento de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del
Ruido, y los Reales Decretos 1513/2005, de 16 de diciembre; 1367/2007, de 19 de octubre,
y 1038/2012, de 6 de julio.
BOCM-20220825-19
1. Objeto