San Martín de Valdeiglesias (BOCM-20220824-30)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 88

MIÉRCOLES 24 DE AGOSTO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 201

b) Autorización para someterse a las pruebas médicas que sean necesarias para la
constatación del requisito establecido en el apartado 3.1.d) de las presentes bases.
c) Su compromiso de aportar al Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias la documentación acreditativa de cualquiera de los requisitos o méritos alegados cuando le
sean requeridos por la Administración en el plazo máximo de diez días hábiles desde el requerimiento.
d) Su compromiso de aportar previamente a su nombramiento como funcionario/a en
prácticas la declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en
los casos previstos en la Ley conforme al modelo recogido en el Anexo V.
5.2.

Plazo de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del
siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.
6. Admisión de aspirantes
Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Ayuntamiento, en el plazo de un
mes, dictará resolución la alcaldesa, que se publicará en el tablón de anuncios y en la sede
electrónica del Ayuntamiento ( https://sanmartindevaldeiglesias.sedelectronica.es ) declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En dicha Resolución deberá constar la identidad de los aspirantes excluidos, con indicación de
las causas de exclusión.
Los aspirantes excluidos expresamente, así como lo que no figuren en la relación de
admitidos ni en la excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución, para subsanar el defecto que haya
producido su exclusión o su no inclusión expresa. Una vez finalizado el plazo de subsanación, el concejal-delegado de Personal dictará resolución aprobatoria de la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que deberá publicarse en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, indicándose en la misma los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, que en todo caso deberán exponerse en la sede electrónica del Ayuntamiento,
https://sanmartindevaldeiglesias.sedelectronica.es , en la página web y tablón de anuncios
del Ayuntamiento, determinándose el lugar y fecha del comienzo de los ejercicios y la
composición del Tribunal. La publicación de la Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
7. Órganos de selección
7.1.

Composición.

El Tribunal Calificador de las pruebas selectivas será nombrado por la señora alcaldesapresidenta y estará constituido por un presidente/a, un secretario/a y cuatro vocales, entre los
que figurará un/a representante de la Comunidad de Madrid, así como sus correspondientes
suplentes.
Todos los miembros del Tribunal actuarán con voz y voto, a excepción del secretario que
solo tendrá voz. La designación de sus miembros será predominantemente técnica y los/as vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas. La designación de los/as miembros del Tribunal, incluirá la de
sus respectivos suplentes.
Abstención y recusación.

Deberán abstenerse de formar parte de los Tribunales Calificadores, notificándolo a la
autoridad convocante, aquellas personas en quienes concurra alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
No podrán formar parte de los Tribunales aquellos funcionarios que, en el ámbito de actividades privadas, hubiesen realizado tareas de formación o preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria.
Los aspirantes podrán promover recusación a cualquier miembro del Tribunal, en los
términos previstos en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, y artículo 13.4 del Real Decreto 364/1995.

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