San Martín de Valdeiglesias (BOCM-20220824-30)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 201
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE AGOSTO DE 2022
Pág. 87
pados, subgrupo de clasificación profesional y fecha de toma de posesión
como funcionario de carrera en las categorías ostentadas.
2. Titulaciones oficiales: Títulos expedidos u homologados por el ministerio competente en materia de Educación o resguardo acreditativo de haber abonado el
correspondiente derecho de expedición, indicando, en caso de títulos universitarios y de postgrado, el número de créditos ECTS obtenidos con cada título.
3. Conocimiento de idiomas extranjeros: Títulos oficiales que acrediten estar en
posesión de los correspondientes niveles, conforme al Marco Común Europeo
de Referencia.
4. Cursos de interés policial: Diplomas, títulos o certificados expedidos por los
organismos a los que se refiere el apartado 4.3.d.
4.4. Curso selectivo de formación.
Los aspirantes deberán superar, en una única convocatoria, un curso selectivo en el
Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid, cuya duración no
será inferior a un período lectivo de 625 horas o su equivalente en créditos ECTS.
La calificación del curso selectivo de formación será de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos en cada una de las asignaturas a superar. La nota final
será la media aritmética correspondiente al conjunto de las mismas, siendo la calificación
otorgada por el centro docente vinculante para el Tribunal Calificador.
Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo de formación, siempre que
se deba a causas de fuerza mayor o derivadas de embarazo o maternidad, debidamente justificadas y apreciadas por el Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad
de Madrid, tendrán opción, por una sola vez, a realizarlo en la siguiente convocatoria del
curso que efectúe dicho centro.
En estos casos, para la calificación definitiva del proceso selectivo se mantendrá la calificación final obtenida en las pruebas de oposición y en el concurso, computándose la obtenida en el curso selectivo de formación. El aspirante será ordenado en el escalafón de la
promoción en que supere el correspondiente curso selectivo.
Todo ello, sin perjuicio de la necesidad de superar el período de prácticas municipal.
4.5. Período de prácticas.
Los aspirantes que hayan aprobado el curso selectivo de formación deberán superar,
en una única convocatoria, un período de prácticas en el municipio respectivo cuya duración será de 6 meses.
La calificación del período de prácticas será otorgada por el Tribunal Calificador como
“apto” o “no apto”, en base al informe razonado que sobre el mismo sea realizado por el
funcionario que determine el Tribunal Calificador.
Los criterios para la valoración objetiva de superación del período de prácticas serán
los siguientes: habilidades generales y destrezas profesionales requeridas para el correcto
desempeño de la actividad policial, así como otros factores de desempeño; en especial la
disciplina, la responsabilidad, el interés y la dedicación, la corrección en el trato con los ciudadanos, superiores y compañeros, y el cumplimiento de órdenes.
Para aprobar las pruebas selectivas y obtener, en consecuencia, el nombramiento como
funcionario/a de carrera, será necesario superar tanto el Curso Selectivo de Formación
como el período de prácticas.
5.1. Forma.
Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán a la AlcaldíaPresidencia de esta Corporación, y se presentarán de forma electrónica en la sede municipal
( https://sanmartindevaldeiglesias.sedelectronica.es ).
En su caso, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Ley 11/2007, de 22 de
junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, podrán realizar dicha presentación electrónica a través de las Oficinas de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento, sin perjuicio de optar por alguno de los medios señalados en la Ley 39/2015, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, los/as aspirantes deberán manifestar mediante declaración responsable que:
a) Reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas tal y como se establece en las
presentes bases.
BOCM-20220824-30
5. Solicitudes
B.O.C.M. Núm. 201
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE AGOSTO DE 2022
Pág. 87
pados, subgrupo de clasificación profesional y fecha de toma de posesión
como funcionario de carrera en las categorías ostentadas.
2. Titulaciones oficiales: Títulos expedidos u homologados por el ministerio competente en materia de Educación o resguardo acreditativo de haber abonado el
correspondiente derecho de expedición, indicando, en caso de títulos universitarios y de postgrado, el número de créditos ECTS obtenidos con cada título.
3. Conocimiento de idiomas extranjeros: Títulos oficiales que acrediten estar en
posesión de los correspondientes niveles, conforme al Marco Común Europeo
de Referencia.
4. Cursos de interés policial: Diplomas, títulos o certificados expedidos por los
organismos a los que se refiere el apartado 4.3.d.
4.4. Curso selectivo de formación.
Los aspirantes deberán superar, en una única convocatoria, un curso selectivo en el
Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid, cuya duración no
será inferior a un período lectivo de 625 horas o su equivalente en créditos ECTS.
La calificación del curso selectivo de formación será de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos en cada una de las asignaturas a superar. La nota final
será la media aritmética correspondiente al conjunto de las mismas, siendo la calificación
otorgada por el centro docente vinculante para el Tribunal Calificador.
Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo de formación, siempre que
se deba a causas de fuerza mayor o derivadas de embarazo o maternidad, debidamente justificadas y apreciadas por el Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad
de Madrid, tendrán opción, por una sola vez, a realizarlo en la siguiente convocatoria del
curso que efectúe dicho centro.
En estos casos, para la calificación definitiva del proceso selectivo se mantendrá la calificación final obtenida en las pruebas de oposición y en el concurso, computándose la obtenida en el curso selectivo de formación. El aspirante será ordenado en el escalafón de la
promoción en que supere el correspondiente curso selectivo.
Todo ello, sin perjuicio de la necesidad de superar el período de prácticas municipal.
4.5. Período de prácticas.
Los aspirantes que hayan aprobado el curso selectivo de formación deberán superar,
en una única convocatoria, un período de prácticas en el municipio respectivo cuya duración será de 6 meses.
La calificación del período de prácticas será otorgada por el Tribunal Calificador como
“apto” o “no apto”, en base al informe razonado que sobre el mismo sea realizado por el
funcionario que determine el Tribunal Calificador.
Los criterios para la valoración objetiva de superación del período de prácticas serán
los siguientes: habilidades generales y destrezas profesionales requeridas para el correcto
desempeño de la actividad policial, así como otros factores de desempeño; en especial la
disciplina, la responsabilidad, el interés y la dedicación, la corrección en el trato con los ciudadanos, superiores y compañeros, y el cumplimiento de órdenes.
Para aprobar las pruebas selectivas y obtener, en consecuencia, el nombramiento como
funcionario/a de carrera, será necesario superar tanto el Curso Selectivo de Formación
como el período de prácticas.
5.1. Forma.
Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán a la AlcaldíaPresidencia de esta Corporación, y se presentarán de forma electrónica en la sede municipal
( https://sanmartindevaldeiglesias.sedelectronica.es ).
En su caso, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Ley 11/2007, de 22 de
junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, podrán realizar dicha presentación electrónica a través de las Oficinas de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento, sin perjuicio de optar por alguno de los medios señalados en la Ley 39/2015, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, los/as aspirantes deberán manifestar mediante declaración responsable que:
a) Reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas tal y como se establece en las
presentes bases.
BOCM-20220824-30
5. Solicitudes