C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20220823-2)
Plan inspección medioambiental –  Orden 2033/2022, de 3 de agosto, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se aprueba el Plan de Inspección Medioambiental de la Comunidad de Madrid 2022-2026
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE AGOSTO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 200

seguimiento documental de la autorización ambiental integrada y la aplicación de las mejores técnicas disponibles en los correspondientes sectores de actividad industrial”.
Por su parte, a la Dirección General de Economía Circular (según el artículo 8.3.b) del
Decreto 237/2021) le corresponde, entre otras funciones, “la inspección y el seguimiento
ambiental de las autorizaciones ambientales integradas”.
De dicha Dirección General de Economía Circular dependen las siguientes Subdirecciones Generales:
— Subdirección General de Residuos y Calidad Hídrica.
— Subdirección General de Fomento de la Economía Circular.
— Subdirección General de Inspección y Disciplina Ambiental.
De acuerdo con esta relación, la Subdirección General de Inspección y Disciplina Ambiental tiene asignadas las siguientes labores:
— La inspección y el seguimiento ambiental de las actividades con Autorización
Ambiental Integrada en la Comunidad de Madrid.
— La recepción de las denuncias y la tramitación de los expedientes sancionadores
incoados por la infracción de la normativa relativa a la prevención y control integrados de la contaminación.
Las tareas que forman parte de los trabajos desarrollados son:
— La gestión y dirección de las funciones de prevención e inspección ambiental.
— La elaboración y el seguimiento de los planes y programas de inspección ambiental que cubren todo el territorio de la Comunidad de Madrid y las instalaciones
controladas que se encuentran en el mismo.
— La inspección de las actividades sometidas al procedimiento de Autorización Ambiental Integrada en la región.
5.2.5. Procedimientos de inspección ambiental.
El presente Plan de Inspección Medioambiental contempla cuatro procedimientos de
inspección ambiental:
1. Procedimiento ordinario de inspección ambiental.
2. Procedimiento ordinario de inspección ambiental con publicidad.
3. Procedimiento de inspección ambiental preventiva.
4. Procedimiento extraordinario de inspección.
1. El procedimiento ordinario de inspección ambiental representa la forma habitual
de trabajo, y se implementa conforme a la siguiente secuencia:
— Fase preparatoria: en esta primera fase se procede a la recopilación de toda la información de tipo administrativa en relación a la instalación a inspeccionar, así
como la relativa a los aspectos ambientales más relevantes que deberán tenerse en
consideración durante la fase ejecutiva.
— Recogida esta información, se procede a la Apertura del expediente de inspección
en la base de datos PCEA, asignándole un nivel de prioridad. Toda la información
recopilada, una vez escaneada, se incorpora al expediente de inspección.
— Fase ejecutiva: una vez abiertos los expedientes de inspección, la aplicación
PCEA confecciona, con una actualización semanal, un Plan de Inspección o de
trabajo que distribuye los expedientes según prioridades entre los diferentes equipos de inspección disponibles en cada Sede Ambiental o unidad de inspección.
Los equipos de inspección, asimismo, recaban y evalúan la documentación en la que
se establecen los condicionados ambientales que debe cumplir la instalación, planificando
la actuación en base a los medios disponibles.
Una vez in situ y con carácter general, los equipos de inspección levantan acta de inspección en la que recogen los aspectos constatados durante la visita, para lo que cuentan con
el apoyo de la herramienta informática AIAR (Actas de Inspección Ambiental Regladas).
Posteriormente se procede a la redacción del informe final de inspección en el que se
plasman los aspectos más relevantes constatados en el acta de inspección, así como las posibles no conformidades:
— Fase preparatoria: en esta primera fase se procede a la recopilación de toda la información de tipo administrativa en relación a la instalación a inspeccionar así
como la relativa a los aspectos ambientales más relevantes que deberán tenerse en
consideración durante la fase ejecutiva.

BOCM-20220823-2

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