D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20220823-5)
Convenio –  Convenio de 22 de junio de 2022, entre la Comunidad de Madrid a través de la Agencia de Vivienda Social y el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, para el realojo y la integración social de las familias del núcleo chabolista de la Cañada Real Galiana, Sectores 4 y 5 del término municipal de Rivas-Vaciamadrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE AGOSTO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 200

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
5

CONVENIO de 22 de junio de 2022, entre la Comunidad de Madrid a través de
la Agencia de Vivienda Social y el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, para el
realojo y la integración social de las familias del núcleo chabolista de la Cañada Real Galiana, Sectores 4 y 5 del término municipal de Rivas-Vaciamadrid.
En Madrid, a 22 de junio de 2022.
REUNIDOS

De una parte, D.a Paloma Martín Martín, Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura de la Comunidad de Madrid, nombrada por Decreto 45/2021, de 19 de junio,
de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 21 de junio de 2021), comparece y firma en calidad de Presidenta del Consejo
de Administración de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, por
Acuerdo de 15 de septiembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra al
Presidente y a los Vocales del Consejo de Administración de la Agencia de Vivienda Social
de la Comunidad de Madrid, (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de
septiembre de 2021), en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 1.2 y 5.1.a)
y f) del Decreto 244/2015, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la organización, estructura y régimen de funcionamiento de la Agencia de Vivienda
Social de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 3.2.b) del Decreto 48/2019,
de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de
la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Pedro del Cura Sánchez, Alcalde del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, en nombre y representación de dicho Ayuntamiento, nombrado en su sesión plenaria extraordinaria celebrada el día 15 de junio de 2019, y en ejercicio de las atribuciones
conferidas en el artículo 30.1.a) de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid en relación con el 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Las partes, en razón de sus respectivos cargos y de la representación que ostentan, tienen atribución suficiente para otorgar el presente Convenio y, a tal efecto,

I. Que la Ley 2/2011, de 15 de marzo, de la Cañada Real Galiana, desafectó la antigua vía pecuaria, a su paso por los términos municipales de Coslada, Madrid y Rivas-Vaciamadrid, pasando su territorio a ser un bien patrimonial de la Comunidad de Madrid.
Dicha Ley establecía que las Administraciones con competencia en la materia acordarían los mecanismos e instrumentos de colaboración y cooperación necesarios para llevar a
cabo un acuerdo marco a fin de resolver las cuestiones derivadas de la ocupación, desafectación y destino de los terrenos. Dentro del plazo establecido en la Disposición Transitoria
Primera, por parte de los Ayuntamientos de Madrid y de Rivas-Vaciamadrid se procedió a
realizar el censo de fincas y ocupantes de los tramos comprendidos dentro de sus respectivos términos municipales.
II. Mediante Decreto 243/2015, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, se
crea el Comisionado del Gobierno de la Comunidad de Madrid para la Cañada Real Galiana, adscrito en la actualidad a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, al
que se atribuyen las funciones para la interlocución entre las distintas Administraciones y
Entidades implicadas, así como la coordinación de todas las acciones y la puesta en marcha
de los planes de intervención en materia social, urbanística, de vivienda y jurídica que se
deberán llevar a cabo en la zona para normalizarla y reorganizarla.

BOCM-20220823-5

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