C) Otras Disposiciones - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20220822-7)
Bases becas – Orden de 6 de agosto de 2022, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir las convocatorias de concesión de becas de la Comunidad de Madrid para la realización de prácticas en la Dirección General competente en materia de cooperación con el Estado y asuntos relacionados con la Unión Europea
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BOCM
Pág. 20
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 199
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
ORDEN de 6 de agosto de 2022, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir las convocatorias de concesión de becas de la Comunidad de Madrid para la realización
de prácticas en la Dirección General competente en materia de cooperación con
el Estado y asuntos relacionados con la Unión Europea.
La Comunidad de Madrid, en virtud de lo establecido en el artículo 26.1.20 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, ostenta la competencia exclusiva en el fomento de la cultura y la investigación científica y técnica.
El Decreto 191/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, atribuye a la
Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea, en su artículo 11.2.c)
las funciones de seguimiento, estudio y divulgación del derecho y las políticas comunitarias y en el 11.2.e) la organización de actividades formativas referidas a la Unión Europea.
En el marco de esta competencia, la Comunidad de Madrid, a través de la Dirección
General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea, siendo consciente de la necesidad existente entre los ciudadanos madrileños y, en particular, de los jóvenes y estudiantes
universitarios, de un mayor conocimiento de la Unión Europea, lleva a cabo acciones de
formación sobre la Unión, sus instituciones, sus políticas, su funcionamiento y las formas
de participación en el modelo de construcción del futuro de la UE. Siendo además una necesidad real la empleabilidad de los jóvenes, la Dirección General, en el ámbito de sus competencias, ha venido en los últimos años convocando becas de desarrollo, perfeccionamiento y estudio vinculadas a la temática europea, sus políticas, normativa comunitaria y
financiación, así como cuestiones relativas a la emigración madrileña. Con ello, se persigue
el fomento de la empleabilidad de los jóvenes mediante la formación y la experiencia adquiridas durante las prácticas realizadas en la Dirección General, aportando a su vez, un enriquecimiento en el desarrollo de las funciones y tareas de aquella.
Mediante la Orden 2548/2018, de 13 de diciembre, de la Vicepresidencia, Consejería
de Presidencia y Portavocía del Gobierno, se aprobaron las bases reguladoras que han de
regir las convocatorias de concesión de becas de la Comunidad de Madrid para la realización de prácticas en la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado, y se convocaron las becas por Orden 402/2019, de 30 de abril, cuya ejecución fue iniciada en el ejercicio 2020. Esta orden previó una vigencia de las becas que para dicha
convocatoria supone la finalización el 31 de diciembre de 2022.
No obstante, y si bien hubiera sido posible convocar nuevamente las becas, se ha entendido preferible la aprobación de nuevas bases reguladoras en desarrollo del nuevo Plan
Estratégico de la Consejería, incluyendo modificaciones y nuevos aspectos esenciales respecto de las bases hasta ahora vigentes, tales como la disminución de la duración de las becas con el propósito de que el período formativo tenga un carácter de transición en el acceso al mercado laboral de los becarios, evitando que la larga duración les suponga un tiempo
de acomodación perjudicial para su avance hacia la inserción laboral, haciendo por tanto
que el período tenga una duración proporcionada al propio concepto de período de formación y de prácticas. Por otra parte, la experiencia de años anteriores denota que los becarios, en su mayoría, no han agotado la duración de su beca ya que han accedido al mercado
laboral antes de su finalización y por ello, proponemos la adaptación de la duración de las
becas a la duración real que, en la práctica, han tenido.
Asimismo, con la aprobación de unas nuevas bases reguladoras se pretende adaptar su
regulación a los trabajos de revisión normativa realizados en el seno de la Comisión Interdepartamental para la Reducción de Cargas administrativas y la Simplificación Normativa,
así como fomentar la digitalización de los procedimientos administrativos para que los ciudadanos puedan comunicarse con la Administración regional de forma más ágil, impulsando la simplificación administrativa, y la reducción de cargas burocráticas.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 199
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
ORDEN de 6 de agosto de 2022, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir las convocatorias de concesión de becas de la Comunidad de Madrid para la realización
de prácticas en la Dirección General competente en materia de cooperación con
el Estado y asuntos relacionados con la Unión Europea.
La Comunidad de Madrid, en virtud de lo establecido en el artículo 26.1.20 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, ostenta la competencia exclusiva en el fomento de la cultura y la investigación científica y técnica.
El Decreto 191/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, atribuye a la
Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea, en su artículo 11.2.c)
las funciones de seguimiento, estudio y divulgación del derecho y las políticas comunitarias y en el 11.2.e) la organización de actividades formativas referidas a la Unión Europea.
En el marco de esta competencia, la Comunidad de Madrid, a través de la Dirección
General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea, siendo consciente de la necesidad existente entre los ciudadanos madrileños y, en particular, de los jóvenes y estudiantes
universitarios, de un mayor conocimiento de la Unión Europea, lleva a cabo acciones de
formación sobre la Unión, sus instituciones, sus políticas, su funcionamiento y las formas
de participación en el modelo de construcción del futuro de la UE. Siendo además una necesidad real la empleabilidad de los jóvenes, la Dirección General, en el ámbito de sus competencias, ha venido en los últimos años convocando becas de desarrollo, perfeccionamiento y estudio vinculadas a la temática europea, sus políticas, normativa comunitaria y
financiación, así como cuestiones relativas a la emigración madrileña. Con ello, se persigue
el fomento de la empleabilidad de los jóvenes mediante la formación y la experiencia adquiridas durante las prácticas realizadas en la Dirección General, aportando a su vez, un enriquecimiento en el desarrollo de las funciones y tareas de aquella.
Mediante la Orden 2548/2018, de 13 de diciembre, de la Vicepresidencia, Consejería
de Presidencia y Portavocía del Gobierno, se aprobaron las bases reguladoras que han de
regir las convocatorias de concesión de becas de la Comunidad de Madrid para la realización de prácticas en la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado, y se convocaron las becas por Orden 402/2019, de 30 de abril, cuya ejecución fue iniciada en el ejercicio 2020. Esta orden previó una vigencia de las becas que para dicha
convocatoria supone la finalización el 31 de diciembre de 2022.
No obstante, y si bien hubiera sido posible convocar nuevamente las becas, se ha entendido preferible la aprobación de nuevas bases reguladoras en desarrollo del nuevo Plan
Estratégico de la Consejería, incluyendo modificaciones y nuevos aspectos esenciales respecto de las bases hasta ahora vigentes, tales como la disminución de la duración de las becas con el propósito de que el período formativo tenga un carácter de transición en el acceso al mercado laboral de los becarios, evitando que la larga duración les suponga un tiempo
de acomodación perjudicial para su avance hacia la inserción laboral, haciendo por tanto
que el período tenga una duración proporcionada al propio concepto de período de formación y de prácticas. Por otra parte, la experiencia de años anteriores denota que los becarios, en su mayoría, no han agotado la duración de su beca ya que han accedido al mercado
laboral antes de su finalización y por ello, proponemos la adaptación de la duración de las
becas a la duración real que, en la práctica, han tenido.
Asimismo, con la aprobación de unas nuevas bases reguladoras se pretende adaptar su
regulación a los trabajos de revisión normativa realizados en el seno de la Comisión Interdepartamental para la Reducción de Cargas administrativas y la Simplificación Normativa,
así como fomentar la digitalización de los procedimientos administrativos para que los ciudadanos puedan comunicarse con la Administración regional de forma más ágil, impulsando la simplificación administrativa, y la reducción de cargas burocráticas.
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