Móstoles (BOCM-20220819-30)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 104
VIERNES 19 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 197
rior, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, debiendo ir acompañadas en su presentación, por los siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor.
b) Recibo de haber abonado los Derechos de Examen correspondientes según lo dispuesto en el la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Derechos de Examen
del Ayuntamiento de Móstoles, que se hará efectivo mediante autoliquidación, por
las siguientes cantidades:
— Subgrupo A1: 30,43 euros.
— Subgrupo A2: 24,34 euros.
— Subgrupo C1: 18,26 euros.
— Subgrupo C2: 12,17 euros.
— Otras Agrupaciones Profesionales: 12.17 euros.
El cumplimiento de este requisito deberá realizarse inexcusablemente dentro del
plazo de presentación de instancias, no siendo posible la subsanación, ni total ni
parcial del mismo, fuera de dicho plazo, admitiéndose exclusivamente en fase de
subsanación la acreditación de su realización en el plazo indicado.
De conformidad con la Ordenanza Fiscal Reguladora de dicha Tasa, se aplicará
una reducción sobre las tarifas del cien por cien en los siguientes casos:
— Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100.
— Aquellas personas que figurasen como demandantes de empleo en la fecha de
solicitud de admisión a pruebas.
— Los miembros de las familias numerosas que tengan reconocida tal condición.
Estas situaciones deberán documentarse debidamente, de la siguiente forma:
— Las personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, deberán presentar certificado acreditativo de tal condición.
— Los sujetos pasivos que hayan alegado figurar como demandantes de empleo,
deberán presentar certificación relativa a esta circunstancia, que podrá expedir la oficina de los servicios públicos de empleo; además deberán presentar
una declaración jurada alegando carecer de rentas superiores, en cómputo
mensual, al salario mínimo interprofesional.
— Los miembros de familias numerosas, deberán presentar documento acreditativo de reconocimiento de dicha condición.
c) Fotocopia de la titulación exigida en las bases o justificante de haber abonado la
tasa por los derechos para su expedición junto con el certificado acreditativo de
haber finalizado los estudios correspondientes. Si estos documentos fuesen expedidos con posterioridad a la fecha en que finalizó el plazo de admisión de solicitudes, deberá justificarse el momento en que concluyeron los estudios. En caso de
titulaciones que hayan sido obtenidas en el extranjero, deberá aportarse la credencial acreditativa de su correspondiente homologación.
d) Documento de autovaloración del concurso. Dicho documento deberá ser cumplimentado por los aspirantes de conformidad con el baremo y criterios que se detallan
en la base sexta de las presentes bases.
4.1. Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los aspirantes manifiesten en sus solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases de
la convocatoria, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes
de participación. El cumplimiento de estos requisitos será acreditado mediante la presentación de los documentos correspondientes en la forma que se prevista en las presentes bases.
4.2. Relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos: transcurrido el plazo
de presentación de solicitudes, se dictará resolución, declarando aprobada la relación provisional de admitidos y excluidos. Dicha resolución, contendrá, la relación nominal de aspirantes excluidos provisionalmente, con su correspondiente documento nacional de identidad o análogo para los de nacionalidad extranjera, y con indicación de las causas de
inadmisión. Las relaciones provisionales completas, de aspirantes admitidos y excluidos, se
harán públicas mediante su exposición en el tablón de anuncios y apartado de empleo público de la web municipal del Ayuntamiento de Móstoles.
Asimismo, en la citada resolución, se hará pública la designación de los miembros titulares y suplentes que componen el Tribunal Calificador.
BOCM-20220819-30
4. Admisión de aspirantes
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VIERNES 19 DE AGOSTO DE 2022
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rior, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, debiendo ir acompañadas en su presentación, por los siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor.
b) Recibo de haber abonado los Derechos de Examen correspondientes según lo dispuesto en el la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Derechos de Examen
del Ayuntamiento de Móstoles, que se hará efectivo mediante autoliquidación, por
las siguientes cantidades:
— Subgrupo A1: 30,43 euros.
— Subgrupo A2: 24,34 euros.
— Subgrupo C1: 18,26 euros.
— Subgrupo C2: 12,17 euros.
— Otras Agrupaciones Profesionales: 12.17 euros.
El cumplimiento de este requisito deberá realizarse inexcusablemente dentro del
plazo de presentación de instancias, no siendo posible la subsanación, ni total ni
parcial del mismo, fuera de dicho plazo, admitiéndose exclusivamente en fase de
subsanación la acreditación de su realización en el plazo indicado.
De conformidad con la Ordenanza Fiscal Reguladora de dicha Tasa, se aplicará
una reducción sobre las tarifas del cien por cien en los siguientes casos:
— Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100.
— Aquellas personas que figurasen como demandantes de empleo en la fecha de
solicitud de admisión a pruebas.
— Los miembros de las familias numerosas que tengan reconocida tal condición.
Estas situaciones deberán documentarse debidamente, de la siguiente forma:
— Las personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, deberán presentar certificado acreditativo de tal condición.
— Los sujetos pasivos que hayan alegado figurar como demandantes de empleo,
deberán presentar certificación relativa a esta circunstancia, que podrá expedir la oficina de los servicios públicos de empleo; además deberán presentar
una declaración jurada alegando carecer de rentas superiores, en cómputo
mensual, al salario mínimo interprofesional.
— Los miembros de familias numerosas, deberán presentar documento acreditativo de reconocimiento de dicha condición.
c) Fotocopia de la titulación exigida en las bases o justificante de haber abonado la
tasa por los derechos para su expedición junto con el certificado acreditativo de
haber finalizado los estudios correspondientes. Si estos documentos fuesen expedidos con posterioridad a la fecha en que finalizó el plazo de admisión de solicitudes, deberá justificarse el momento en que concluyeron los estudios. En caso de
titulaciones que hayan sido obtenidas en el extranjero, deberá aportarse la credencial acreditativa de su correspondiente homologación.
d) Documento de autovaloración del concurso. Dicho documento deberá ser cumplimentado por los aspirantes de conformidad con el baremo y criterios que se detallan
en la base sexta de las presentes bases.
4.1. Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los aspirantes manifiesten en sus solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases de
la convocatoria, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes
de participación. El cumplimiento de estos requisitos será acreditado mediante la presentación de los documentos correspondientes en la forma que se prevista en las presentes bases.
4.2. Relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos: transcurrido el plazo
de presentación de solicitudes, se dictará resolución, declarando aprobada la relación provisional de admitidos y excluidos. Dicha resolución, contendrá, la relación nominal de aspirantes excluidos provisionalmente, con su correspondiente documento nacional de identidad o análogo para los de nacionalidad extranjera, y con indicación de las causas de
inadmisión. Las relaciones provisionales completas, de aspirantes admitidos y excluidos, se
harán públicas mediante su exposición en el tablón de anuncios y apartado de empleo público de la web municipal del Ayuntamiento de Móstoles.
Asimismo, en la citada resolución, se hará pública la designación de los miembros titulares y suplentes que componen el Tribunal Calificador.
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4. Admisión de aspirantes