Alcorcón (BOCM-20220817-38)
Organización y funcionamiento. Delegación de funciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 17 DE AGOSTO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 195

BOCM-20220817-38

Vigésimo sexto.—La conformación de los documentos justificativos relacionados con
el gasto de la Concejalía, acreditando que la obra el servicio o suministro se ha efectuado
de conformidad con las condiciones contractuales, para su posterior aprobación por el Órgano competente de la Corporación.
Vigésimo séptimo.—La gestión de los servicios administrativos integrados en la Concejalía, ejerciendo la superior autoridad sobre el personal de dicha Concejalía, sin perjuicio
de las competencias delegadas en el concejal-delegado de Recursos Humanos y las que correspondan a la Alcaldía, respecto a todo el personal del Ayuntamiento y por tanto, proponer a la Concejalía-Delegada referida, la imposición de sanciones y/o incoación de expedientes disciplinarios que sean procedentes, el otorgamiento de menciones honoríficas o
premios cuando correspondan y las solicitudes de trabajos extraordinarios o especiales.
Vigésimo octavo.—Se delega en esta Concejalía las actuaciones relativas al Registro
de Entidades de Participación ciudadana: altas, bajas, certificaciones, etc., y Registro de
Asociaciones.
Vigésimo noveno.—La facultad de suscribir edictos y anuncios en los diferentes boletines oficiales, de las actuaciones realizadas en los expedientes tramitados por la Concejalía a la que este Decreto se refiere. Igualmente, cuando se trate de anuncios en periódicos,
que son obligados por norma legal o reglamentaria en el expediente en cuestión. Se exceptúa de esta delegación, cuando los edictos o deriven directamente de Acuerdos adoptados
por el Pleno de la Corporación o por la Junta de Gobierno Local.
Trigésimo.—La justificación, con la suscripción de cuantas resoluciones sean precisas, de las subvenciones recibidas de terceros por el Ayuntamiento, en materias propias de
esta Concejalía. Igualmente, cuando se trate de convenios que afecten a las materias propias de la Concejalía y que hayan sido tramitados por la misma y requieran justificación del
cumplimiento del convenio, ante el tercero firmante del mismo con este Ayuntamiento.
El ejercicio de todas las competencias anteriormente delegadas se hará de conformidad con la distribución de competencias establecidas por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, y normativa autonómica o estatal de desarrollo.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente.
En Alcorcón, a 5 de agosto de 2022.—El titular de la Oficina de Apoyo a la Junta de
Gobierno Local, Emilio Larrosa Hergueta.
(03/16.213/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791