Alcobendas (BOCM-20220816-49)
Organización y funcionamiento. Estructura Áreas Gobierno
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 194

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE AGOSTO DE 2022

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n) Elaboración, impulso y tramitación de los proyectos de ordenanzas y, en su caso,
reglamentos relacionados con materia objeto de esta Delegación, con la Coordinación Institucional del Equipo de Gobierno.
ñ) Tramitar y resolver licencias y otras autorizaciones que por legislación sectorial
estén atribuidas al alcalde en el ámbito de su Delegación.
o) Dirección e inspección inmediata de la actuación del personal de la Delegación,
sin perjuicio de las competencias delegadas en el concejal-delegado de RRHH y
las que correspondan a la Alcaldía.
p) La aprobación de las memorias que puedan ser efectuadas por todos los servicios
adscritos a la Delegación y la formulación de la memoria global de la misma.
q) Solicitud de subvenciones a otras Administraciones u organismos públicos.
r) Orden de expedición y visto bueno de certificaciones de los acuerdos de órganos
unipersonales y documentación obrante en la Delegación.
s) Ejercitar la potestad sancionadora cuando por ley esté atribuida al alcalde.
t) Resolución de recursos de reposición en el ámbito de la Delegación.
Infancia:
a) Ordenar la ejecución y cumplimiento de los acuerdos de los órganos ejecutivos del
Ayuntamiento en el ámbito de los asuntos de Infancia.
b) Gestión, incluida la emisión de actos o resoluciones administrativas que afecten a terceros, así como la revisión de dichos actos, en el ámbito de los asuntos de Infancia.
c) Desarrollar y dirigir la política municipal en materia de Infancia.
d) Incoar, tramitar y formular propuesta de resolución de las reclamaciones patrimoniales por daños o lesiones dentro de su marco competencial.
e) Elaboración, impulso y tramitación de los proyectos de ordenanzas y, en su caso,
reglamentos relacionados con materia objeto de esta Delegación, con la Coordinación Institucional del equipo de Gobierno, para su presentación ante el Pleno o
la Junta de Gobierno Local.
f) Dirección e inspección inmediata de la actuación del personal de la Delegación,
sin perjuicio de las competencias delegadas en el concejal-delegado de RRHH y
las que correspondan a la Alcaldía.
g) La aprobación de las memorias que puedan ser efectuadas por todos los servicios
adscritos a la Delegación y la formulación de la memoria global de la misma.
h) Solicitud de subvenciones a otras Administraciones u organismos públicos.
i) Orden de expedición y visto bueno de certificaciones de los acuerdos de órganos
unipersonales y documentación obrante en la Delegación.
j) Ejercitar la potestad sancionadora cuando por ley esté atribuida al alcalde.
k) Resolución de recursos de reposición en el ámbito de la Delegación.
a) Ordenar la ejecución y cumplimiento de los acuerdos de los órganos ejecutivos del
Ayuntamiento en el ámbito de los asuntos de Adolescencia.
b) Gestión, incluida la emisión de actos o resoluciones administrativas que afecten a
terceros, así como la revisión de dichos actos, en el ámbito de los asuntos de Adolescencia.
c) Desarrollar y dirigir la política municipal en materia de Adolescencia.
d) Incoar, tramitar y formular propuesta de resolución de las reclamaciones patrimoniales por daños o lesiones dentro de su marco competencial.
e) Elaboración, impulso y tramitación de los proyectos de ordenanzas y, en su caso,
reglamentos relacionados con materia objeto de esta Delegación, con la Coordinación Institucional del Equipo de Gobierno.
f) Dirección e inspección inmediata de la actuación del personal de la Delegación,
sin perjuicio de las competencias delegadas en el concejal-delegado de RRHH y
las que correspondan a la Alcaldía.
g) La aprobación de las memorias que puedan ser efectuadas por todos los servicios
adscritos a la delegación y la formulación de la memoria global de la misma.
h) Solicitud de subvenciones a otras Administraciones u organismos públicos.
i) Orden de expedición y visto bueno de certificaciones de los acuerdos de órganos
unipersonales y documentación obrante en la Delegación.
j) Ejercitar la potestad sancionadora cuando por ley esté atribuida al alcalde.
k) Resolución de recursos de reposición en el ámbito de la Delegación.

BOCM-20220816-49

Adolescencia: