Alcobendas (BOCM-20220816-49)
Organización y funcionamiento. Estructura Áreas Gobierno
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BOCM

MARTES 16 DE AGOSTO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 194

h) Orden de expedición y visto bueno de certificaciones de los acuerdos de órganos
unipersonales y documentación obrante en la Delegación.
i) Ejercer la potestad sancionadora cuando por Ley esté atribuida al alcalde.
j) Resolución de recursos de reposición en el ámbito de la Delegación.
Protección Social:
a) Detección y estudio de las necesidades sociales en el término municipal.
b) Promoción, impulso y ejercicio de acciones destinadas a ciudadanos en situación
de riesgo social y con carencia de recursos económicos para cubrir las necesidades básicas de los mismos, proporcionando apoyo temporal hasta que desaparezca la situación de riesgo.
c) La dirección, planificación y programación de la red de atención de servicios sociales generales en el ámbito del municipio de Alcobendas, de acuerdo con lo establecido en la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, Ley de Adaptación del
Régimen Local de la Comunidad de Madrid a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre,
de racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local (disposición adicional primera) y en la Ley de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.
d) Coordinar todas las actuaciones que en materia de servicios sociales generales se
gestionen en el municipio, con facultad de dictar instrucciones, circulares y normas
de cualquier tipo, incluso para regular la actividad de estos servicios y sus instalaciones en cualquiera de los ámbitos territoriales que por razón de descentralización
existan actualmente o puedan crearse en lo sucesivo.
e) Llevar a efecto cuantas actuaciones sean precisas a fin de procurar el equilibrio de
las dotaciones y servicios sociales generales en los Distritos, así como la igualdad
en las condiciones de acceso a los mismos.
f) Garantizar la prestación de los servicios sociales generales dentro del marco de la
legislación vigente en la materia, así como atención específica a aquellos sectores
de población en situaciones de desprotección social o exclusión a través de medidas adecuadas a la problemática de cada colectivo.
g) Promover e impulsar cuantas actividades sean necesarias para una mayor participación
y colaboración de la sociedad ante los problemas de exclusión y desprotección social.
h) Formular conjuntamente con la Concejalía competente en materia de personal, la
programación y gestión de los planes de formación específica del personal de
Servicios Sociales.
i) Dirección e inspección inmediata de la actuación del personal de la Delegación,
sin perjuicio de las competencias delegadas en el concejal-delegado de RRHH y
las que correspondan a la Alcaldía.
j) Diseño, planificación y ejecución de todos los programas que tengan como objetivo el incremento de la protección y el bienestar de las personas y que amplíen la
oferta de recursos para su cuidado.
k) Incoar, tramitar y formular propuesta de resolución de las reclamaciones patrimoniales por daños o lesiones producidos dentro del ámbito de su Delegación.
l) Elaboración, impulso y tramitación de los proyectos de ordenanzas y, en su caso,
reglamentos relacionados con materia objeto de esta Delegación, con la Coordinación Institucional del equipo de Gobierno, para su presentación ante el Pleno o
la Junta de Gobierno Local.
m) La evaluación de la ejecución de los planes de actuación de la Delegación, por parte de los servicios adscritos a la misma, ejerciendo el control de eficacia de estos.
n) La aprobación de las memorias que puedan ser efectuadas por todos los servicios
adscritos a la Delegación y la formulación de la memoria de la misma.
ñ) Solicitud de subvenciones a otras Administraciones u organismos públicos.
o) Orden de expedición y visto bueno de certificaciones de los acuerdos de órganos
unipersonales y documentación obrante en la Delegación.
p) Ejercer la potestad sancionadora cuando por ley esté atribuida al alcalde.
q) Resolución de recursos de reposición en el ámbito de la Delegación.
Mayores:
Sin perjuicio de las competencias señaladas en las Delegaciones de Protección Social
y Familia que afecten y beneficien al colectivo de Mayores del municipio, se delegan las siguientes facultades y funciones:
a) Protección de las prioridades y especial protección de las personas mayores antes
situaciones o riesgos en que puedan verse afectados.

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