Mancomunidad 2016 (BOCM-20220816-91)
Ofertas de empleo. Convocatoria procesos selectivos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
MARTES 16 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 194
5.5. Revisión de las Resoluciones del Tribunal Calificador:
Las resoluciones del Tribunal Calificador podrán ser revisadas de oficio, en virtud de
lo preceptuado en los artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, o a instancia del interesado/a por la interposición de los
recursos administrativos que correspondan conforme a los artículos 112 y siguientes del
mismo cuerpo legal.
Con el fin de poder resolver las cuestiones que susciten, el Tribunal quedará constituido hasta que se agoten los plazos legales de interposición de recursos, pudiendo ser convocados en cualquier momento.
5.6. Clasificación del Tribunal Calificador:
La Clasificación del Tribunal Calificador en las pruebas selectivas, así como el número máximos de sesiones a devengar, se ajustará a lo establecido en el Real Decreto 462/2002,
de 24 de mayo, sobre las indemnizaciones por razón de servicio.
Devengarán dietas las personas que actúen como asesores/as especialistas o miembros
auxiliares del tribunal.
Sexta. Sistema de selección: concurso
De conformidad con la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público las Administraciones Públicas convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto
en el artículo 61.6 y 7 del TREBEP, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter
temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.
6.1. Méritos computables:
La puntuación máxima de la fase de concurso será de 10 puntos. La valoración del concurso se realizará atendiendo al siguiente baremo:
6.1.1. Experiencia (máximo 9 puntos):
6.1.1.1. Experiencia en la Mancomunidad de Servicios Sociales 2016: se valorará el
tiempo de servicio prestado como empleado/a público en el desempeño del
puesto de trabajo objeto de la convocatoria en la Mancomunidad.
Puntuación.—Se valorará a razón de 0,04 por mes completo de servicios.
6.1.1.2. Experiencia en servicios prestados en otra categoría profesional en la Mancomunidad 2016.
Puntuación.—Se valorará a razón de 0,02 por mes completo de servicios.
6.1.1.3. Experiencia en otras Mancomunidades de Servicios Sociales: se valorará el
tiempo de servicio prestado como empleado/a público, funcionario o personal laboral, en plazas o puestos de trabajo iguales al ofertado, en otras Mancomunidades de Servicios Sociales.
Puntuación.—Se valorará a razón de 0,01 por mes completo de servicios.
Acreditación de la experiencia:
— Certificado de la administración pública para la que se prestaron los servicios en el
que figure la denominación del puesto o categoría de la plaza, jornada, grupo al
que pertenece, así como el período de duración de la prestación del servicio.
— La acreditación del tiempo de servicio prestado en la Mancomunidad de Servicios
Sociales 2016 se aportará de oficio.
— Se acompañará en cualquier caso de Certificado de vida laboral actualizado.
6.1.2. Formación y perfeccionamiento (máximo 1 puntos):
Formación general:
— Curso de la aplicación GERES (Gestión de expedientes y Registro).
— Curso de SIUSS (Sistema de Información de Usuarios/as de Servicios Sociales,
gestión de cita previa).
— Curso de Interconexión de Registros (REC, SIR, ORVE).
Puntuación.—Se valorará a razón de 0,01 por curso realizado.
BOCM-20220816-91
Pág. 458
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 194
5.5. Revisión de las Resoluciones del Tribunal Calificador:
Las resoluciones del Tribunal Calificador podrán ser revisadas de oficio, en virtud de
lo preceptuado en los artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, o a instancia del interesado/a por la interposición de los
recursos administrativos que correspondan conforme a los artículos 112 y siguientes del
mismo cuerpo legal.
Con el fin de poder resolver las cuestiones que susciten, el Tribunal quedará constituido hasta que se agoten los plazos legales de interposición de recursos, pudiendo ser convocados en cualquier momento.
5.6. Clasificación del Tribunal Calificador:
La Clasificación del Tribunal Calificador en las pruebas selectivas, así como el número máximos de sesiones a devengar, se ajustará a lo establecido en el Real Decreto 462/2002,
de 24 de mayo, sobre las indemnizaciones por razón de servicio.
Devengarán dietas las personas que actúen como asesores/as especialistas o miembros
auxiliares del tribunal.
Sexta. Sistema de selección: concurso
De conformidad con la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público las Administraciones Públicas convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto
en el artículo 61.6 y 7 del TREBEP, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter
temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.
6.1. Méritos computables:
La puntuación máxima de la fase de concurso será de 10 puntos. La valoración del concurso se realizará atendiendo al siguiente baremo:
6.1.1. Experiencia (máximo 9 puntos):
6.1.1.1. Experiencia en la Mancomunidad de Servicios Sociales 2016: se valorará el
tiempo de servicio prestado como empleado/a público en el desempeño del
puesto de trabajo objeto de la convocatoria en la Mancomunidad.
Puntuación.—Se valorará a razón de 0,04 por mes completo de servicios.
6.1.1.2. Experiencia en servicios prestados en otra categoría profesional en la Mancomunidad 2016.
Puntuación.—Se valorará a razón de 0,02 por mes completo de servicios.
6.1.1.3. Experiencia en otras Mancomunidades de Servicios Sociales: se valorará el
tiempo de servicio prestado como empleado/a público, funcionario o personal laboral, en plazas o puestos de trabajo iguales al ofertado, en otras Mancomunidades de Servicios Sociales.
Puntuación.—Se valorará a razón de 0,01 por mes completo de servicios.
Acreditación de la experiencia:
— Certificado de la administración pública para la que se prestaron los servicios en el
que figure la denominación del puesto o categoría de la plaza, jornada, grupo al
que pertenece, así como el período de duración de la prestación del servicio.
— La acreditación del tiempo de servicio prestado en la Mancomunidad de Servicios
Sociales 2016 se aportará de oficio.
— Se acompañará en cualquier caso de Certificado de vida laboral actualizado.
6.1.2. Formación y perfeccionamiento (máximo 1 puntos):
Formación general:
— Curso de la aplicación GERES (Gestión de expedientes y Registro).
— Curso de SIUSS (Sistema de Información de Usuarios/as de Servicios Sociales,
gestión de cita previa).
— Curso de Interconexión de Registros (REC, SIR, ORVE).
Puntuación.—Se valorará a razón de 0,01 por curso realizado.
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