D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20220816-29)
Convenio – Convenio de 20 de julio de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, la Universidad Complutense de Madrid, la Universidad Politécnica de Madrid y la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario Clínico “San Carlos”, para el mantenimiento y desarrollo del Instituto de Investigación Sanitaria del Hospital Universitario Clínico “San Carlos” (IdISSC)
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 194
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE AGOSTO DE 2022
Pág. 249
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Sanidad
29
CONVENIO de 20 de julio de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de
la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, la Universidad Complutense de Madrid, la Universidad Politécnica de Madrid y la Fundación para
la Investigación Biomédica del Hospital Universitario Clínico “San Carlos”,
para el mantenimiento y desarrollo del Instituto de Investigación Sanitaria del
Hospital Universitario Clínico “San Carlos” (IdISSC).
En Madrid, a 20 de julio de 2022.
De una parte, la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, (en adelante, Consejería) representada por D. Enrique Ruiz Escudero, Consejero de Sanidad de la
Comunidad de Madrid, nombrado por Decreto 49/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de
la Comunidad de Madrid y, en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.a) de la
Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación a la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley
Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, según la redacción dada por la Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos, y el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, el Servicio Madrileño de Salud (en adelante, SERMAS), representado
por D. Antonio Zapatero Gaviria, Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud Pública y
Director General del Servicio Madrileño de Salud, nombrado por Decreto 170/2021, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud,
en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 23.2 del Decreto 24/2008, de 3 de abril,
por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de
Salud, y en uso de la facultad establecida en el artículo 4.3.b) de la Ley 8/1999, de 9 de abril,
de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de
enero, en la redacción dada por la Ley 1/2001, de 29 de marzo, y el Acuerdo del Consejo
de Administración del Servicio Madrileño de Salud de 9 de mayo de 2008, ratificado en su
reunión de 17 de junio de 2020, por el que se delega en el titular de la Viceconsejería, la
competencia en materia de convenios.
De otra parte, la Universidad Complutense de Madrid (en adelante UCM) representada
por el Rector Magnífico, D. Joaquín Goyache Goñi, nombrado por Decreto 46/2019, de 21 de
mayo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en nombre y representación de la
misma, en virtud de las atribuciones que le han sido conferidas en el artículo 20 de la Ley
Orgánica 6/2001 de Universidades, y en el Decreto 32/2017, de 21 de marzo, del Consejo
de Gobierno, por el que se aprueban los Estatutos de la UCM.
De otra parte, la Universidad Politécnica de Madrid (en lo sucesivo UPM), y en nombre y representación de ésta D. Guillermo Cisneros Pérez, Rector Magnífico, nombrado por
Decreto 109/2020, de 25 de noviembre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid, en virtud de las facultades que le confieren los estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid, aprobados por Decreto 74/2010, de 21 de octubre.
De otra parte, la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario Clínico “San Carlos” (en adelante Fundación), representada por D. José Francisco Soto
Bonel, en su condición de Presidente del Patronato, de acuerdo con lo previsto en los artículos 18.3 y 20 de los Estatutos de la Fundación, cuya constitución fue autorizada mediante Decreto 191/2003, de 24 de julio.
Reconociéndose todas las partes mutuamente la capacidad legal necesaria para formalizar el presente convenio, a tal efecto,
BOCM-20220816-29
REUNIDOS
B.O.C.M. Núm. 194
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE AGOSTO DE 2022
Pág. 249
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Sanidad
29
CONVENIO de 20 de julio de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de
la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, la Universidad Complutense de Madrid, la Universidad Politécnica de Madrid y la Fundación para
la Investigación Biomédica del Hospital Universitario Clínico “San Carlos”,
para el mantenimiento y desarrollo del Instituto de Investigación Sanitaria del
Hospital Universitario Clínico “San Carlos” (IdISSC).
En Madrid, a 20 de julio de 2022.
De una parte, la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, (en adelante, Consejería) representada por D. Enrique Ruiz Escudero, Consejero de Sanidad de la
Comunidad de Madrid, nombrado por Decreto 49/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de
la Comunidad de Madrid y, en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.a) de la
Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación a la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley
Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, según la redacción dada por la Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos, y el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, el Servicio Madrileño de Salud (en adelante, SERMAS), representado
por D. Antonio Zapatero Gaviria, Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud Pública y
Director General del Servicio Madrileño de Salud, nombrado por Decreto 170/2021, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud,
en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 23.2 del Decreto 24/2008, de 3 de abril,
por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de
Salud, y en uso de la facultad establecida en el artículo 4.3.b) de la Ley 8/1999, de 9 de abril,
de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de
enero, en la redacción dada por la Ley 1/2001, de 29 de marzo, y el Acuerdo del Consejo
de Administración del Servicio Madrileño de Salud de 9 de mayo de 2008, ratificado en su
reunión de 17 de junio de 2020, por el que se delega en el titular de la Viceconsejería, la
competencia en materia de convenios.
De otra parte, la Universidad Complutense de Madrid (en adelante UCM) representada
por el Rector Magnífico, D. Joaquín Goyache Goñi, nombrado por Decreto 46/2019, de 21 de
mayo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en nombre y representación de la
misma, en virtud de las atribuciones que le han sido conferidas en el artículo 20 de la Ley
Orgánica 6/2001 de Universidades, y en el Decreto 32/2017, de 21 de marzo, del Consejo
de Gobierno, por el que se aprueban los Estatutos de la UCM.
De otra parte, la Universidad Politécnica de Madrid (en lo sucesivo UPM), y en nombre y representación de ésta D. Guillermo Cisneros Pérez, Rector Magnífico, nombrado por
Decreto 109/2020, de 25 de noviembre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid, en virtud de las facultades que le confieren los estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid, aprobados por Decreto 74/2010, de 21 de octubre.
De otra parte, la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario Clínico “San Carlos” (en adelante Fundación), representada por D. José Francisco Soto
Bonel, en su condición de Presidente del Patronato, de acuerdo con lo previsto en los artículos 18.3 y 20 de los Estatutos de la Fundación, cuya constitución fue autorizada mediante Decreto 191/2003, de 24 de julio.
Reconociéndose todas las partes mutuamente la capacidad legal necesaria para formalizar el presente convenio, a tal efecto,
BOCM-20220816-29
REUNIDOS