C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220816-10)
Consejo Regional de Mayores – Orden 1749/2022, de 10 de agosto, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se convoca el proceso selectivo para la renovación de los Vocales del Consejo Regional de Mayores en representación de las Asociaciones, Federaciones y demás Entidades sin ánimo de lucro de personas mayores, que desarrollen su labor en el territorio de la Comunidad de Madrid
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 194
MARTES 16 DE AGOSTO DE 2022
Pág. 45
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
10
ORDEN 1749/2022, de 10 de agosto, de la Consejería de Familia, Juventud y
Política Social, por la que se convoca el proceso selectivo para la renovación de
los Vocales del Consejo Regional de Mayores en representación de las Asociaciones, Federaciones y demás Entidades sin ánimo de lucro de personas mayores, que desarrollen su labor en el territorio de la Comunidad de Madrid.
El Decreto 65/1998, de 23 de abril, por el que se crea el Consejo Regional de Mayores, dispone en su artículo 3.d) que formarán parte como Vocales de dicho Consejo 12 representantes de Asociaciones, Federaciones y demás Entidades sin ánimo de lucro de personas mayores inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Acción Social,
que acrediten debidamente su representatividad en las áreas de cultura, sanidad y servicios
sociales, a propuesta de las Asociaciones, Federaciones, Entidades y Centros, designados
mediante convocatoria pública. Este artículo, igualmente, dispone que estos Vocales, como
el resto de Vocales, serán nombrados por Orden del titular de la hoy Consejería Familia, Juventud y Política Social. El artículo 4 del citado Decreto establece que el mandato de los
representantes de las Asociaciones, Federaciones y demás Entidades sin fin de lucro será
de cuatro años.
Por Orden 1266/2014, de 20 de mayo, de la entonces Consejería de Asuntos Sociales,
se procedió a la convocatoria del proceso selectivo para la última renovación de estos Vocales, cuyo nombramiento se efectuó por Resolución de 24 de julio de 2014, de la Dirección General del Mayor.
Una vez transcurrido el plazo establecido, se hace necesario proceder a la renovación
de los Vocales representantes de las entidades representativas de las personas mayores en
el Consejo Regional de Mayores.
En atención a lo expuesto, y en virtud de las atribuciones que me confiere la disposición final primera del Decreto 65/1998, de 23 de abril, de Creación del Consejo Regional
de Mayores,
DISPONGO
Artículo 1
Objeto
Constituye el objeto de la presente convocatoria regular el proceso para la selección
de 12 Vocales en representación de las Asociaciones, Federaciones, Entidades y Centros
sin ánimo de lucro de personas mayores de la Comunidad de Madrid, en el Consejo Regional de Mayores.
Artículo 2
1. Podrán participar en esta convocatoria todas las Asociaciones, Federaciones Entidades y Centros sin fin de lucro de personas mayores, inscritas en el Registro de entidades, centros y servicios de acción social de la Comunidad de Madrid, regulado por el Decreto 21/2015,
de 16 de abril, del Consejo de Gobierno, que acrediten debidamente su representatividad en
las áreas de cultura, sanidad, o servicios sociales.
2. Cuando una asociación, entidad o centro sin fin de lucro esté representada por una
Federación no podrá presentar su candidatura de forma independiente, salvo que justifique
debidamente los motivos que le llevan a rechazar la representación de la Federación. La Comisión de Valoración considerará los motivos expuestos y decidirá sobre su inclusión en la
lista de candidaturas.
BOCM-20220816-10
Solicitantes
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 194
MARTES 16 DE AGOSTO DE 2022
Pág. 45
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
10
ORDEN 1749/2022, de 10 de agosto, de la Consejería de Familia, Juventud y
Política Social, por la que se convoca el proceso selectivo para la renovación de
los Vocales del Consejo Regional de Mayores en representación de las Asociaciones, Federaciones y demás Entidades sin ánimo de lucro de personas mayores, que desarrollen su labor en el territorio de la Comunidad de Madrid.
El Decreto 65/1998, de 23 de abril, por el que se crea el Consejo Regional de Mayores, dispone en su artículo 3.d) que formarán parte como Vocales de dicho Consejo 12 representantes de Asociaciones, Federaciones y demás Entidades sin ánimo de lucro de personas mayores inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Acción Social,
que acrediten debidamente su representatividad en las áreas de cultura, sanidad y servicios
sociales, a propuesta de las Asociaciones, Federaciones, Entidades y Centros, designados
mediante convocatoria pública. Este artículo, igualmente, dispone que estos Vocales, como
el resto de Vocales, serán nombrados por Orden del titular de la hoy Consejería Familia, Juventud y Política Social. El artículo 4 del citado Decreto establece que el mandato de los
representantes de las Asociaciones, Federaciones y demás Entidades sin fin de lucro será
de cuatro años.
Por Orden 1266/2014, de 20 de mayo, de la entonces Consejería de Asuntos Sociales,
se procedió a la convocatoria del proceso selectivo para la última renovación de estos Vocales, cuyo nombramiento se efectuó por Resolución de 24 de julio de 2014, de la Dirección General del Mayor.
Una vez transcurrido el plazo establecido, se hace necesario proceder a la renovación
de los Vocales representantes de las entidades representativas de las personas mayores en
el Consejo Regional de Mayores.
En atención a lo expuesto, y en virtud de las atribuciones que me confiere la disposición final primera del Decreto 65/1998, de 23 de abril, de Creación del Consejo Regional
de Mayores,
DISPONGO
Artículo 1
Objeto
Constituye el objeto de la presente convocatoria regular el proceso para la selección
de 12 Vocales en representación de las Asociaciones, Federaciones, Entidades y Centros
sin ánimo de lucro de personas mayores de la Comunidad de Madrid, en el Consejo Regional de Mayores.
Artículo 2
1. Podrán participar en esta convocatoria todas las Asociaciones, Federaciones Entidades y Centros sin fin de lucro de personas mayores, inscritas en el Registro de entidades, centros y servicios de acción social de la Comunidad de Madrid, regulado por el Decreto 21/2015,
de 16 de abril, del Consejo de Gobierno, que acrediten debidamente su representatividad en
las áreas de cultura, sanidad, o servicios sociales.
2. Cuando una asociación, entidad o centro sin fin de lucro esté representada por una
Federación no podrá presentar su candidatura de forma independiente, salvo que justifique
debidamente los motivos que le llevan a rechazar la representación de la Federación. La Comisión de Valoración considerará los motivos expuestos y decidirá sobre su inclusión en la
lista de candidaturas.
BOCM-20220816-10
Solicitantes