C) Otras Disposiciones - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20220812-12)
Marco general de colaboración – Orden conjunta de 29 de julio de 2022, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior y de la Consejería de Sanidad por la que se establece el marco general de colaboración para la incorporación de personal sanitario enfermero/a del SUMMA 112 Servicio de Urgencia Médica en las intervenciones en helicóptero en el Grupo Especial de Rescate en Altura del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 38
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 191
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
ORDEN conjunta de 29 de julio de 2022, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior y de la Consejería de Sanidad por la que se establece el marco general de colaboración para la incorporación de personal sanitario enfermero/a
del SUMMA 112 Servicio de Urgencia Médica en las intervenciones en helicóptero en el Grupo Especial de Rescate en Altura del Cuerpo de Bomberos de la
Comunidad de Madrid.
La Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de conformidad con el artículo 1.3.c)6.o
del Decreto 191/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su
estructura orgánica, tiene atribuida la competencia de coordinación de emergencias y gestiona la misma a través de la Viceconsejería de Interior y Dirección de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 de la Comunidad de Madrid, a quién según lo dispuesto
en el artículo 21 letras a), c), g), m) y n) le corresponde el impulso, coordinación, apoyo y
supervisión de las actividades que competen a la Consejería en las materias que se detallan
a continuación: a) coordinación de los servicios operativos pertenecientes a la Comunidad
de Madrid con competencias en materia de seguridad, atención y gestión de emergencias;
c) prevención y extinción de incendios y salvamentos; g) formación y calidad en materia de
seguridad; m) colaboración con SUMMA 112, organismo gestor y coordinador de las urgencias/emergencias sanitarias, para la elaboración de los procedimientos de activación de
los recursos sanitarios en emergencias en la Comunidad de Madrid, en esta colaboración se
contará igualmente con otros servicios de emergencias y organismos de seguridad y salud
en el trabajo existentes en la Comunidad de Madrid y n) impulso y seguimiento de los procedimientos de actuación conjunta de los diferentes servicios de emergencia que actúan en
la Comunidad de Madrid.
La Consejería de Sanidad, de conformidad con el artículo 1, del Decreto 1/2022, de 19 de
enero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad tiene atribuida de la propuesta, el desarrollo, la coordinación y el control de la
ejecución de las políticas del gobierno de la Comunidad de Madrid en materia de gestión y
asistencia sanitaria. En la disposición adicional primera se regula la Administración Institucional haciéndose referencia en la letra a), al Ente Público Servicio Madrileño de Salud.
Conforme a lo previsto en el artículo 59 de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, el Servicio Madrileño de Salud, es un Ente
de derecho público, de los previstos en el artículo 6 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre,
reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, dotado de personalidad jurídica
propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, adscrito a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid; asimismo y en virtud de lo previsto en el artículo 4 del Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del mismo, es el organismo encargado de la
atención integral de la salud en todos los ámbitos asistenciales.
De conformidad con el Decreto 2/2022, de 26 de enero, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, la Gerencia del SUMMA 112 está integrada en este ente.
El SUMMA 112 presta la asistencia sanitaria urgente y emergente en todo el territorio
de la Comunidad de Madrid, aborda la coordinación funcional de los servicios de urgencia
hospitalaria y extrahospitalaria, la adecuación del transporte sanitario urgente, la adecuación de la atención a la urgencia de alta complejidad y la mejora del funcionamiento de los
dispositivos asistenciales. El Plan Integral de Urgencias y Emergencias de la Comunidad
de Madrid, recoge la estrategia destinada a conseguir un modelo de excelencia en las urgencias y emergencias de la Comunidad de Madrid y entre sus objetivos se encuentra fortalecer las alianzas estratégicas con el resto de instituciones que intervienen en la urgencia y la
emergencia en la Comunidad de Madrid.
La Comunidad de Madrid como Administración Pública debe prestar la mejor atención a los ciudadanos, con el objetivo de poder aportar una respuesta más eficaz en cuanto
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 191
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
ORDEN conjunta de 29 de julio de 2022, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior y de la Consejería de Sanidad por la que se establece el marco general de colaboración para la incorporación de personal sanitario enfermero/a
del SUMMA 112 Servicio de Urgencia Médica en las intervenciones en helicóptero en el Grupo Especial de Rescate en Altura del Cuerpo de Bomberos de la
Comunidad de Madrid.
La Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de conformidad con el artículo 1.3.c)6.o
del Decreto 191/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su
estructura orgánica, tiene atribuida la competencia de coordinación de emergencias y gestiona la misma a través de la Viceconsejería de Interior y Dirección de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 de la Comunidad de Madrid, a quién según lo dispuesto
en el artículo 21 letras a), c), g), m) y n) le corresponde el impulso, coordinación, apoyo y
supervisión de las actividades que competen a la Consejería en las materias que se detallan
a continuación: a) coordinación de los servicios operativos pertenecientes a la Comunidad
de Madrid con competencias en materia de seguridad, atención y gestión de emergencias;
c) prevención y extinción de incendios y salvamentos; g) formación y calidad en materia de
seguridad; m) colaboración con SUMMA 112, organismo gestor y coordinador de las urgencias/emergencias sanitarias, para la elaboración de los procedimientos de activación de
los recursos sanitarios en emergencias en la Comunidad de Madrid, en esta colaboración se
contará igualmente con otros servicios de emergencias y organismos de seguridad y salud
en el trabajo existentes en la Comunidad de Madrid y n) impulso y seguimiento de los procedimientos de actuación conjunta de los diferentes servicios de emergencia que actúan en
la Comunidad de Madrid.
La Consejería de Sanidad, de conformidad con el artículo 1, del Decreto 1/2022, de 19 de
enero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad tiene atribuida de la propuesta, el desarrollo, la coordinación y el control de la
ejecución de las políticas del gobierno de la Comunidad de Madrid en materia de gestión y
asistencia sanitaria. En la disposición adicional primera se regula la Administración Institucional haciéndose referencia en la letra a), al Ente Público Servicio Madrileño de Salud.
Conforme a lo previsto en el artículo 59 de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, el Servicio Madrileño de Salud, es un Ente
de derecho público, de los previstos en el artículo 6 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre,
reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, dotado de personalidad jurídica
propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, adscrito a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid; asimismo y en virtud de lo previsto en el artículo 4 del Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del mismo, es el organismo encargado de la
atención integral de la salud en todos los ámbitos asistenciales.
De conformidad con el Decreto 2/2022, de 26 de enero, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, la Gerencia del SUMMA 112 está integrada en este ente.
El SUMMA 112 presta la asistencia sanitaria urgente y emergente en todo el territorio
de la Comunidad de Madrid, aborda la coordinación funcional de los servicios de urgencia
hospitalaria y extrahospitalaria, la adecuación del transporte sanitario urgente, la adecuación de la atención a la urgencia de alta complejidad y la mejora del funcionamiento de los
dispositivos asistenciales. El Plan Integral de Urgencias y Emergencias de la Comunidad
de Madrid, recoge la estrategia destinada a conseguir un modelo de excelencia en las urgencias y emergencias de la Comunidad de Madrid y entre sus objetivos se encuentra fortalecer las alianzas estratégicas con el resto de instituciones que intervienen en la urgencia y la
emergencia en la Comunidad de Madrid.
La Comunidad de Madrid como Administración Pública debe prestar la mejor atención a los ciudadanos, con el objetivo de poder aportar una respuesta más eficaz en cuanto
BOCM-20220812-12
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