Madrid (BOCM-20220811-24)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía. Delegación funciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 190

JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022

Pág. 179

en la Dirección General de Innovación y Emprendimiento, según el apartado 11.o1.2.d) del
Acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, y que
tal competencia sea posteriormente delegada en la Dirección General de Planificación Estratégica del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, única y exclusivamente en lo relativo a la creación y gestión de la futura red de viveros de emprendimiento agrícola, en el marco del programa “Barrios Productores”, respecto a las parcelas que figuran en el anexo que
se adjunta al presente acuerdo.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.e) y 17.2 de la Ley 22/2006,
de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta del titular del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano y del titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, que eleva la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía,
previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 28 de
julio de 2022,
ACUERDA
Primero.—Avocar las competencias delegadas en la Dirección General de Innovación
y Emprendimiento conforme al apartado 11.o1.2.d) del Acuerdo de 27 de junio de 2019, de
la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de
Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, única y exclusivamente en lo relativo a la
creación y gestión de la futura red de viveros de emprendimiento agrícola, en el marco del
programa “Barrios Productores”, respecto a las parcelas que figuran en el anexo que se adjunta al presente acuerdo.
Segundo.—Delegar en la Dirección General de Planificación Estratégica la competencia avocada en el apartado primero.
Las competencias en materia de contratación y gastos que pudieran derivarse de dichas
actuaciones se ejercerán de conformidad con el Acuerdo de 11 de julio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano.
Tercero.—Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente Acuerdo.
Cuarto.—Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver
las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.
Quinto.—Se faculta al titular del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano a dictar los
decretos precisos para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.
Sexto.—El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.
Séptimo.—Del presente Acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.
ANEXO
SUPERFICIE
TOTAL m2

LOCALIZACIÓN

DISTRITO

20898

4.024

Avda. del Euro c/v C/ Corona c/v C/ Dinero

Carabanchel

29594-29595

4.431

C/ Menchu Ajalmir c/v C/ Madre Teresa de Calcuta

Fuencarral - El Pardo

25110-28280

5.749

C/ Bacares y Pucherna c/v a Vélez Rubio

Hortaleza

12903

5.819

C/ Tumaco c/v C/ Alegría de Oria

San Blas - Canillejas

17162

6.516

C/ Valcarlos, Pº Tierra de Mélide, C/ Furelos

Fuencarral - El Pardo

20878

7.979

C/ de la Maquinilla 28

Puente de Vallecas

16557

11.241

C/ Maria Tubau

Fuencarral - El Pardo

28407

15.000

C/ del Alcalde Pedro Gutiérrez c/v C/ Luis Ocaña

Vicálvaro

24132

27.295

C/ Evangelina Sobredo Galanes

Moncloa Aravaca

Madrid, a 28 de julio de 2022.—La directora de la Oficina del Secretario de la Junta
de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(03/15.949/22)

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ISSN 1989-4791

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