Alcalá de Henares (BOCM-20220810-41)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE AGOSTO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 189

BOCM-20220810-41

Según la categoría del evento, se subvencionará la participación en:
— Nivel autonómico: Campeonatos de Madrid y fases finales de Liga Regular.
— Nivel nacional: fases previas de Campeonato de España y Campeonatos de España.
— Nivel internacional: clasificatorios para Campeonato de Europa, Campeonato de
Europa, clasificatorios para Mundiales, Mundiales y Juegos Olímpicos.
En ningún caso será objeto de esta subvención la participación en partidos amistosos
ni encuentros de liga regular.
Tercero. Bases reguladoras.—Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 24 de junio
de 2022, publicadas en la página web del excelentísimo Ayuntamiento de Alcalá de Henares
http://www.ayto-alcaladehenares.es , en el área de Deportes y Ciudad Deportiva.
Cuarto. Importe.—Importe máximo de la convocatoria: 4.000 euros.
El importe de esta subvención se entregará de manera prorrateada entre todos los
beneficiarios de las ayudas, no adjudicándose más de 1.800 euros de la cuantía total de
la subvención a una sola asociación deportiva o deportista individual.
El importe total de la ayuda concedida, no podrá superar en ningún caso, el 65 por 100
del coste total de la actividad subvencionada o de los gastos totales subvencionados asumidos por el deportista individual (gastos totales relacionados en la tabla del Anexo V).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Será de diez días hábiles, comprendiendo desde el día siguiente a la publicación de las bases reguladoras en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ambos incluidos.
Las solicitudes se podrán presentar con el modelo de solicitud y anexos incorporados
a las bases:
— A través de la sede electrónica del Ayuntamiento, hasta las 23:59 horas del último
día de finalización del plazo, de manera obligatoria las entidades deportivas y
aquellos deportistas individuales que dispongan de certificado digital que así lo
deseen.
— De manera presencial, en la Oficina de Asistencia en materia de Registro, sita en la
Ciudad Deportiva Municipal del Val, hasta el día de finalización del plazo, en los
horarios establecidos (lunes a jueves de 10.00 a 13:30 y 17:30 a 19:30 y viernes
de 9:30 a 13:30 horas), siempre con cita previa, que se deberá solicitar a través de la
página web del Ayuntamiento, cuando el solicitante sea persona física y no disponga de firma digital o no desee realizar la solicitud a través de la sede electrónica.
Sexto. Otros datos.—Estas subvenciones serán compatibles con otras ayudas o subvenciones recibidas de otras administraciones públicas para el mismo fin u objeto. En ningún
caso, el importe de las subvenciones obtenidas (tanto de manera aislada como de manera conjunta con otras subvenciones), superará el coste de la actividad subvencionada. En dicho caso,
la subvención otorgada será reducida hasta el coste total de la actividad deportiva.
Serán gastos subvencionables, los asumidos y realizados entre los días 1 de septiembre de 2020 y el 31 de agosto de 2021, ambos inclusive, especificados en el apartado 10 de
las bases reguladoras.
En la solicitud genérica se hará referencia expresa al expediente administrativo correspondiente a esta subvención. Expediente TAO 17128/2022.
La concesión de las subvenciones se realizará mediante la evaluación de las solicitudes presentadas de acuerdo a los criterios de valoración, especificados en el apartado 11 de
las bases reguladoras y hasta un máximo de 100 puntos.
Alcalá de Henares, a 3 de agosto de 2022.—El concejal-delegado de Deportes, Julián
Cubilla Bolívar.
(03/16.031/22)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791