D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20220808-30)
Convenio –  Convenio específico de 26 de julio de 2022, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Juegaterapia, para la remodelación de una sala de la planta tercera de pediatría del edificio materno infantil del Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 187

LUNES 8 DE AGOSTO DE 2022

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establecen los fines fundacionales, se elaborarán e implementarán las actuaciones de colaboración previstas en el anexo I adjunto.
En virtud de lo expuesto, las partes, en el ejercicio de sus respectivas funciones, acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto, la definición, desarrollo y ejecución de actuaciones dirigidas a la humanización de los entornos sanitarios que permitan mejorar la calidad
de vida de los pacientes pediátricos, mediante la remodelación de una sala del Servicio de
Pediatría de la planta tercera del Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”. El objetivo general prioritario es conseguir que los entornos hospitalarios sean más humanos y hagan que los pacientes y sus familias se sientan en un entorno más acogedor y familiar, de
acuerdo a las actuaciones que se especifican en el anexo I de este convenio específico.
Segunda
Compromisos de las partes
1.

La Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, se compromete a:

— Utilizar los circuitos de comunicación existentes para difundir las actividades que desarrolle la Fundación en el Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”.
— Difundir en la página web de la Consejería de Sanidad el enlace de acceso a la memoria anual de la Fundación detallando la actividad objeto del presente convenio,
al objeto de facilitar la información a ciudadanos y profesionales sanitarios.
2.

El Servicio Madrileño de Salud, se compromete a:

— Facilitar a la Fundación toda la información técnica y de cualquier otra naturaleza
o tipo que tenga a su disposición y sea necesaria para la ejecución de lo previsto
en el Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”.
— Coordinar junto con la Fundación las obras de ejecución a través de sus equipos
técnicos, de tal manera que todas las actuaciones a realizar por la Fundación en
este sentido, habrán de ser previamente consensuadas con el equipo técnico del
Hospital General Universitario “Gregorio Marañón” de acuerdo con los requisitos
técnicos y de seguridad que la intervención requiera.
— Validar y aprobar cada una de las fases del proyecto, así como la aprobación previa para cualesquiera cambios que pudieran producirse.
— Proceder, una vez concluida la reforma, a la recepción de la obra y a efectuar los
trámites oportunos para la inclusión y registro de los elementos que lo requieran
en el patrimonio de la Comunidad de Madrid.
La Fundación Juegaterapia, se compromete a:

— Invertir las cantidades necesarias para concluir la ejecución del proyecto, cuyo
presupuesto y plazos de ejecución figuran en el anexo I.
— Contratar los medios técnicos y humanos necesarios para la realización del proyecto, contratando directamente con las sociedades y entidades que considere
oportunas para su ejecución.
— Coordinar, junto con el Servicio Madrileño de Salud, las obras de ejecución a través de sus equipos técnicos, de tal manera que todas las actuaciones a realizar por
la Fundación, habrán de ser previamente consensuadas con el Servicio Madrileño
de Salud a través del equipo técnico del Hospital General Universitario “Gregorio
Marañón” de acuerdo con los requisitos técnicos y de seguridad que la intervención requiera.
— Hacerse cargo de todos los estudios, planos, proyecto de adecuación, presupuesto, etc.,
necesarios para la total ejecución del proyecto.
— Cumplir los requisitos y trámites administrativos pertinentes y asumir el coste total de la obra.

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