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Convenio –  Convenio de 26 de julio de 2022, entre la Comunidad de Madrid y la Entidad Educativa Concertada Colegio de Educación Especial Leo Kanner, perteneciente a APNA-Asociación de Padres de Personas con Autismo, para fomentar el uso y los recursos que ofrecen las bibliotecas públicas
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 187

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE AGOSTO DE 2022

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(Asociación de Padres de Personas con Autismo), respectivamente, como responsables del
tratamiento, con la única finalidad de gestionar la relación del presente convenio.
Por lo que respecta a los datos personales tratados por la Comunidad de Madrid serán
tratados e incorporados a la actividad de tratamiento “Convenios”, cuya finalidad es la tramitación de convenios administrativos y cuya base legal es la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público. Los datos de contacto del Delegado de Protección
de datos es: protecciondatoscultura@madrid.org
Los datos de carácter personal no serán comunicados a terceros, salvo cuando se cedan a encargados de tratamiento autorizados o a otros organismos o Administraciones Públicas conforme a lo previsto legalmente.
Por lo que respecta a los datos personales tratados por el colegio concertado CEE Leo
Kanner-APNA (Asociación de Padres de Personas con Autismo), estos no serán comunicados a terceros, salvo cuando se cedan a encargados de tratamiento autorizados o a otros organismos o Administraciones Públicas conforme a lo previsto legalmente.
En ambos casos, la intervención de encargados de tratamiento requerirá el consentimiento de ambas partes y la suscripción del correspondiente acuerdo de encargo conforme
a lo previsto en el artículo 28 del RGPD.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para la
que han sido recabados y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran
derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Cada parte será responsable de atender las solicitudes de ejercicio de derechos establecidos en los artículos 15 a 22, ambos inclusive, del RGPD, y las reclamaciones, en su caso,
a las mismas, que correspondan a tratamientos en los que ostenten la consideración de responsable del tratamiento, debiendo colaborar entre sí para la adecuada atención y satisfacción de los derechos de los interesados.
Las partes mantendrán la confidencialidad en el tratamiento de todos los datos personales facilitados por cada una de ellas y de la información, de cualquier clase o naturaleza,
resultante de la ejecución del presente convenio.
Las partes firmantes están obligadas a implantar medidas técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal y eviten
su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Séptima
Vigencia
El convenio entrará en vigor en la fecha de su firma y tendrá una duración de cuatro
años. En cualquier momento anterior a la finalización de este período, los firmantes podrán
acordar la prórroga de otros cuatro años adicionales.
Octava
El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que pudieran
surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del mismo se resolverán
en el seno de la Comisión de Seguimiento.
En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos del
orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo de Madrid.
Y en prueba de conformidad con lo que antecede, firman por duplicado el presente
convenio en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento
Madrid, a 26 de julio de 2022.—Por la Comunidad de Madrid, La Consejera de Cultura,
Turismo y Deporte, P. D. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre), la Directora General de
Patrimonio Cultural, doña Elena Hernando Gonzalo.—Por la Entidad Educativa Concertada
Colegio de Educación Especial Leo Kanner-APNA, doña Hajar Tougui El Amrani y doña
María José Martínez Arraco, representando en calidad de Presidenta del colegio concertado.
(03/15.619/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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Régimen jurídico y jurisdicción